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Fecha de publicación: 29/01/2021
Decreto Supremo que declara el Estado de Emergencia en los distritos de San Gabán, Ayapata e Ituata de la provincia de Carabaya y en los distritos de Sandia, San Pedro de Putina Punco y Alto Inambari de la provincia de Sandia, del departamento de Puno, por impacto de daños a consecuencia de intensas precipitaciones pluviales

Acreditan representantes titular y alterno de la Confederación de Trabajadores del Perú - CTP, ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 025-2021-TR

Lima, 28 de enero de 2021

VISTOS: El Oficio Nº 354-CEN-CTP-2020, de la Confederación de Trabajadores del Perú-CTP; la Hoja de Elevación N° 0037-2020-MTPE/1/27, de la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo; y el Informe N° 0087-2020-MTPE/4/8, de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el artículo 10 de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, se crea el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo, como instancia máxima de concertación en materia de seguridad y salud en el trabajo, de naturaleza tripartita y adscrita al Sector Trabajo y Promoción del Empleo, que está integrado entre otros, por cuatro (04) representantes de los gremios de empleadores a propuesta de la Confederación Nacional de Instituciones Empresariales Privadas (CONFIEP) y por cuatro (04) representantes de las centrales sindicales a propuesta de la Confederación General de Trabajadores del Perú (CGTP), la Central Unitaria de Trabajadores del Perú (CUT), la Confederación de Trabajadores del Perú (CTP) y la Central Autónoma de Trabajadores del Perú (CATP);

Que, el citado artículo dispone que la acreditación de la designación de los representantes de los gremios de empleadores y de las centrales sindicales es efectuada por resolución ministerial del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a propuesta de las referidas organizaciones, siendo el plazo de la designación por dos años, pudiendo ser renovable;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 229-2018-TR, de fecha 14 de setiembre de 2018, se renueva la acreditación de la señora HERMENEGILDA BUENO LUNA como representante titular de la Confederación de Trabajadores del Perú - CTP;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 088-2019-TR, de fecha 20 de marzo de 2019, se renueva la acreditación de la señora GLADYS BEATRIZ ANGULO SÁNCHEZ como representante alterna de la Confederación de Trabajadores del Perú - CTP;

Que, mediante Oficio Nº 354-CEN-CTP-2020, la Confederación de Trabajadores del Perú-CTP, remite las propuestas de sus representantes titular y alterno ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo;

Que, mediante Hoja de Elevación N° 0037-2020-MTPE/1/27, la Secretaría Técnica del Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo solicita la emisión de la resolución ministerial que formalice la solicitud de representación efectuada por la Confederación de Trabajadores del Perú - CTP;

Que, en atención a los documentos de vistos y acorde con el contexto normativo enunciado, corresponde designar a los nuevos integrantes ante el referido Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo;

Con las visaciones del Despacho Viceministerial de Trabajo, de la Secretaría General, de la Dirección General de Derechos Fundamentales y Seguridad y Salud en el Trabajo, y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley N° 29783, Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo; el numeral 8) del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 29381, Ley de Organización y Funciones de Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Resolución Ministerial N° 308-2019-TR;

SE RESUELVE:

Artículo 1. ACREDITAR al señor JOSÉ ALEJANDRO ESTUPIÑÁN VIGIL como representante titular; y al señor ROGELIO FERDINAD ROSSELL MUJICA como representante alterno de la Confederación de Trabajadores del Perú - CTP, ante el Consejo Nacional de Seguridad y Salud en el Trabajo.

Artículo 2. DISPONER la publicación de la presente resolución ministerial en el Portal Institucional del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www.gob.pe/mtpe), en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”, siendo responsable de dicha acción la Oficina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JAVIER EDUARDO PALACIOS GALLEGOS

Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo

1923666-1