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Fecha de publicación: 20/09/2013
LEY N� 30081 - Norma Legal Diario Oficial El Peruano
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El Peruano
Viernes 20 de setiembre de 2013
503237
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
resoluci�n legislativa
n� 30080
EL CONGRESO DE LA REP�BLICA;
Ha dado la Resoluci�n Legislativa siguiente:
resoluci�n legislativa Que autoriZa al
se�or PresiDente De la reP�Blica a salir
Del territorio nacional Del 22 al 27 De
setieMBre De 2013
El Congreso de la Rep�blica, de conformidad con lo
prescrito en los art�culos 102, inciso 9), y 113, inciso 4), de
la Constituci�n Pol�tica del Per�, en el art�culo 76, inciso 1,
literal j), del Reglamento del Congreso de la Rep�blica; y en
la Ley 28344, ha resuelto acceder a la petici�n formulada
por el se�or Presidente Constitucional de la Rep�blica del
Per� y, en consecuencia, autorizarlo para salir del territorio
nacional del 22 al 27 de setiembre de 2013, con el objeto
de asistir al Debate General del 68� per�odo de sesiones
de la Asamblea General de las Naciones Unidas, que se
realizar� en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de
Am�rica, del 23 al 27 de setiembre de 2013.
La presente Resoluci�n Legislativa entra en vigencia
el d�a siguiente de su publicaci�n.
Comun�quese al se�or Presidente Constitucional de la
Rep�blica para su promulgaci�n.
En Lima, a los diecinueve d�as del mes de setiembre
de dos mil trece.
FREDY OT�ROLA PE�ARANDA
Presidente del Congreso de la Rep�blica
MAR�A DEL CARMEN OMONTE DURAND
Primera Vicepresidenta del Congreso de la Rep�blica
AL SE�OR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
DE LA REP�BLICA
Lima, 19 de setiembre de 2013.
C�mplase, reg�strese, comun�quese, publ�quese y
arch�vese
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la Rep�blica
JUAN F. JIM�NEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
990682-1
leY n� 30081
EL PRESIDENTE DE LA REP�BLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la Rep�blica
Ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REP�BLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
leY Que estaBlece la uBicaci�n
geogr�Fica Y la seDe De la caPital
Del Distrito De MorococHa en la Provincia
De Yauli, DePartaMento De Jun�n
Art�culo 1. Objeto de la Ley
La presente Ley establece en el distrito de
Morococha, provincia de Yauli, departamento de Jun�n,
la ubicaci�n geogr�fica de la ciudad Nueva Morococha
en las coordenadas geogr�ficas: 384 054 m Este, 8
718 813 m Norte, Proyecci�n UTM, Datum WGS 1984,
Z18.
Art�culo 2. Modificaci�n del art�culo 1 de la Ley
682
Modif�case el art�culo 1 de la Ley 682, Ley de
creaci�n del distrito de Morococha, en los t�rminos
siguientes:
"
Art�culo 1.
o
.� Cr�ase en la provincia de Yauli, del
departamento de Jun�n, el distrito de Morococha, con
capital en la ciudad de Nueva Morococha."
Art�culo 3. Saneamiento f�sico-legal
Enc�rgase al Organismo de Formalizaci�n de la
Propiedad Informal (Cofopri), el saneamiento f�sico-legal
y la titulaci�n de la ciudad Nueva Morococha, capital del
distrito de Morococha, provincia de Yauli, departamento
de Jun�n.
Asimismo, las diversas entidades estatales que
correspondan, en el �mbito de sus competencias,
dictan las disposiciones respectivas y adoptan las
acciones necesarias para el cumplimiento de la
presente Ley.
Art�culo 4. Reglamentaci�n
El Poder Ejecutivo dicta las disposiciones respectivas
y adopta las acciones necesarias para el cumplimiento de
la presente Ley.
Comun�quese al se�or Presidente Constitucional de la
Rep�blica para su promulgaci�n.
MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
D.A. N� 009-2013-ALC/MSI.- Modifican el TUPA de la
Municipalidad
503290
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE BARRANCA
Ordenanza N�0032-2013-AL/CPB.- Modifican el
Reglamento de Inspector Municipal de Transporte de la
Municipalidad Provincial de Barranca
503291
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE CA�ETE
Ordenanza N� 024-2013-MPC.- Aprueban la modificaci�n
del Plan Urbano del Distrito de Imperial, por anexi�n de
predio al �rea urbana
503292
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE HUAMANGA
Ordenanza N� 04-2013-MPH/A.- Aprueban el Texto
�nico de Procedimientos Administrativos (TUPA 2013) de
la Municipalidad Provincial de Huamanga
503293
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El Peruano
Viernes 20 de setiembre de 2013
503238
En Lima, a los doce d�as del mes de setiembre de dos
mil trece.
FREDY OT�ROLA PE�ARANDA
Presidente del Congreso de la Rep�blica
MAR�A DEL CARMEN OMONTE DURAND
Primera Vicepresidenta del Congreso de la Rep�blica
AL SE�OR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE
LA REP�BLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve
d�as del mes de setiembre del a�o dos mil trece.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la Rep�blica
JUAN F. JIM�NEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
990683-1
PODER EJECUTIVO
PRESIDENCIA DEL
CONSEJO DE MINISTROS
Decreto Supremo que aprueba el
Reglamento de la Ley N� 30008,
Ley que crea la distinci�n al m�rito
Santiago Ant�nez de Mayolo Gomero
de reconocimiento al investigador que
contribuye al desarrollo de la ciencia, la
tecnolog�a y la innovaci�n tecnol�gica
DECRETO SUPREMO
N� 107-2013-PCM
EL PRESIDENTE DE LA REP�BLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N� 30008, se crea la distinci�n
al m�rito Santiago Ant�nez de Mayolo Gomero de
reconocimiento al investigador que contribuye al
desarrollo de la ciencia, la tecnolog�a y la innovaci�n
tecnol�gica;
Que, conforme a lo dispuesto en la �nica
Disposici�n Complementaria del citado dispositivo, el
Poder Ejecutivo dictar� el Reglamento de la presente
Ley;
De conformidad con lo establecido en el inciso
8) del art�culo 118� de la Constituci�n Pol�tica
del Per�, Ley N� 29158, Ley Org�nica del Poder
Ejecutivo y el Decreto Supremo N� 063-2007-PCM y
modificatorias;
DECRETA:
Art�culo 1.- Aprobaci�n.
Apru�bese el Reglamento de la Ley N� 30008, Ley
que crea la distinci�n al m�rito Santiago Ant�nez de
Mayolo Gomero de reconocimiento al investigador que
contribuye al desarrollo de la ciencia, la tecnolog�a y
la innovaci�n tecnol�gica, el cual consta de 05 (cinco)
T�tulos, 21 (veintiuno) Art�culos y 01 (una) Disposici�n
Complementaria Final.
Art�culo 2�.- Publicaci�n
Publ�quese el presente Decreto Supremo y el
Reglamento aprobado por el art�culo anterior, en el Diario
Oficial El Peruano, en el Portal Institucional de la Presidencia
del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.pe); y en el Portal
Web institucional del CONCYTEC (www.concytec.gob.pe).
Art�culo 3.- Vigencia
El presente Decreto Supremo entrar� en vigencia
el d�a siguiente de su publicaci�n en el Diario Oficial El
Peruano.
Art�culo 4.- Refrendo.
El presente Decreto Supremo ser� refrendado por el
Presidente del Consejo de Ministros.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los diecinueve
d�as del mes de setiembre del a�o dos mil trece.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la Rep�blica
JUAN F. JIM�NEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
FE DE ERRATAS
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos
constitucionales aut�nomos, Organismos P�blicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme
a la Ley N� 26889 y el Decreto Supremo N� 025-99-PCM, para efecto de la publicaci�n de Fe de Erratas de las
Normas Legales, deber�n tener en cuenta lo siguiente:
1. La solicitud de publicaci�n de Fe de Erratas deber� presentarse dentro de los 8 (ocho) d�as �tiles siguientes
a la publicaci�n original. En caso contrario, la rectificaci�n s�lo proceder� mediante la expedici�n de otra
norma de rango equivalente o superior.
2. S�lo podr� publicarse una �nica Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar
debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicaci�n de Fe de Erratas.
3. La Fe de Erratas se�alar� con precisi�n el fragmento pertinente de la versi�n publicada bajo el t�tulo "Dice"
y a continuaci�n la versi�n rectificada del mismo fragmento bajo el t�tulo "Debe Decir"; en tal sentido, de
existir m�s de un error material, cada uno deber� seguir este orden antes de consignar el siguiente error a
rectificarse.
4. El archivo se adjuntar� en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o �ste podr� ser
remitido al correo electr�nico
normaslegales@editoraperu.com.pe
LA DIRECCI�N