RESOLUCION N� 139-2013-SUNARP/SN - Norma Legal Diario Oficial El Peruano
El Peruano
Viernes 14 de junio de 2013
497118
en la que el Presidente del INDECOPI present� y sustent�
las razones de la participaci�n del Per�, siendo que como
consecuencia de ello se ha obtenido la sede del pr�ximo
Foro Latinoamericano de Competencia OCDE-BID (FLC),
que se llevar� a cabo los d�as 3 y 4 de septiembre de
2013, en la ciudad de Lima, Rep�blica del Per�;
Que, dada la estructura y funciones del Comit� de
Competencia de la OCDE, la participaci�n del INDECOPI
en los referidos eventos le permitir� intercambiar
experiencias y discutir los casos de mayor relevancia
jur�dica en temas de competencia en el pa�s, con las
principales autoridades mundiales en la materia, adem�s
de acceder al apoyo t�cnico que el referido Comit� ofrece
a los gobiernos, as� como a los documentos de an�lisis,
estudios sectoriales y recomendaciones de pol�ticas de
competencia elaborados por el mismo;
Que, resulta importante para el Per�, en su condici�n
de Observador Regular del Comit� de Competencia de
la OCDE, participar activamente y cooperar con las
funciones del mismo;
Que, atendiendo a lo expuesto, se considera necesaria
la participaci�n de la se�orita Joselyn Hilda Olaechea
Flores, Asesora de la Gerencia General del INDECOPI, en
los eventos a realizarse en junio en la Rep�blica Francesa,
dado que ser� la encargada de elaborar la informaci�n
requerida para las reuniones de los Grupos de Trabajo y
el Comit� de Competencia de la OCDE, adem�s de ser la
responsable de realizar las coordinaciones y atender los
compromisos que se deriven de su participaci�n en las
mencionadas reuniones;
Que, del mismo modo, es oportuno precisar que resulta
importante la participaci�n de la referida funcionaria en
las reuniones de Comit� de Competencia de la OCDE
dado que su asistencia le permitir� determinar los temas
y contribuciones necesarias para el desarrollo del Foro
Latinoamericano de Competencia OCDE-BID (FLC)
que tendr� a su cargo la Rep�blica del Per� en el mes
de setiembre del presente a�o, teniendo en cuenta que
el INDECOPI tiene entre sus principales funciones, la
promoci�n del mercado y el fomento de una cultura de
leal y honesta competencia;
Que, en atenci�n a las consideraciones expresadas, el
viaje de representaci�n de la citada funcionaria resulta de
inter�s nacional para la promoci�n de las actividades del
Per� en materia de pol�tica de competencia, por lo cual se
estima necesario autorizar su participaci�n en el evento
a realizarse en la Rep�blica Francesa, disponi�ndose,
para tal efecto, que los gastos por concepto de pasajes y
vi�ticos en los que incurra el participante, sean asumidos
�ntegramente por el Instituto Nacional de Defensa de la
Competencia y de la Protecci�n de la Propiedad Intelectual
- INDECOPI;
De conformidad con lo establecido en el Decreto
Legislativo N� 1033, Ley de Organizaci�n y Funciones del
INDECOPI; Ley N� 27619, Ley que Regula la Autorizaci�n
de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios P�blicos;
Ley N� 29951, Ley de Presupuesto del Sector P�blico
para el A�o Fiscal 2013; y, el inciso g) del Art�culo 7� del
Reglamento de Organizaci�n y Funciones del INDECOPI,
aprobado por el Decreto Supremo N� 009-2009-PCM y
modificado por Decreto Supremo N� 107-2012-PCM;
RESUELVE:
Art�culo 1�.- Autorizar el viaje de la se�orita Joselyn
Hilda Olaechea Flores, Asesora de la Gerencia General
del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de
la Protecci�n de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, del
15 al 21 de junio de 2013, a la ciudad de Par�s, Rep�blica
Francesa.
Art�culo 2�.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resoluci�n ser�n cubiertos por el Instituto
Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protecci�n
de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, de acuerdo al
siguiente detalle:
Nombre y
Apellidos
Pasajes
US$
Vi�ticos
por d�a
US$
N�mero
de d�as
Total de
vi�ticos
Total
US$
Joselyn Hilda
Olaechea
Flores
3500
540
4+1
2700
6200
Art�culo 3�.- Dentro de los quince (15) d�as calendario
siguientes de efectuado el viaje, la participante deber�
presentar ante el Instituto Nacional de Defensa de la
Competencia y de la Protecci�n de la Propiedad Intelectual
� INDECOPI, un informe detallado describiendo las
acciones realizadas y los resultados obtenidos.
Art�culo 4�.- El cumplimiento de la presente Resoluci�n
no dar� derecho a exoneraci�n o liberaci�n de impuestos
aduaneros de ninguna clase o denominaci�n.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
HEBERT TASSANO VELAOCHAGA
Presidente del Consejo Directivo
949237-1
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Modifican la Res. N� 191-2012-SUNARP/
SN, incorporando tres nuevos actos
registrales en el Registro de Bienes
Muebles vinculados a la Peque�a
Miner�a y Miner�a Artesanal
RESOLUCI�N DEL SUPERINTENDENTE
NACIONAL DE LOS REGISTROS P�BLICOS
N� 139-2013-SUNARP/SN
Lima, 13 de junio de 2013
VISTOS, el Memor�ndum N� 396-2013-SUNARP/GPD
de fecha 30 de mayo de 2013, emitido por la Gerencia
de Presupuesto y Desarrollo; y, el Memor�ndum N� 270-
2013-SUNARP-GR de fecha 03 de junio de 2013;
CONSIDERANDO;
Que, mediante Resoluci�n N� 106-2012-SUNARP/SN
de fecha 08 de mayo de 2012, se aprob� el Reglamento de
Inscripciones de Bienes vinculados a la Peque�a Miner�a
y Miner�a Artesanal en el Registro de Bienes Muebles;
Que, mediante Decreto Supremo N� 037-94-JUS
de fecha 07 de julio de 1994, se aprob� las tasas por
derechos registrales aplicables a los diferentes actos de
los Registros que conforman la SUNARP;
Que, mediante Resoluci�n N� 191-2012-SUNARP/SN
de fecha 20 de julio de 2012, se adecu� la tasa registral
aplicable a los actos registrales que corresponden a la
Peque�a Miner�a y Miner�a Artesanal en el Registro de
Bienes Muebles;
Que, mediante Resoluci�n N� 091-2013-SUNARP/
SN de fecha 30 de abril de 2013, se aprob� el nuevo
Reglamento de Inscripciones de Bienes vinculados a
la Peque�a Miner�a y Miner�a Artesanal en el Registro
de Bienes Muebles, incorpor�ndose el T�tulo IX, sobre
Contratos de Derecho de Uso sobre Bienes Muebles
destinados a la Peque�a Miner�a y Miner�a Artesanal
no Inmatriculados en el Registro de Bienes Muebles; y,
nuevos actos registrales;
Que, mediante los documentos de Vistos, la Gerencia
Registral y la Gerencia de Presupuesto y Desarrollo
opinan que resulta necesaria la actualizaci�n de los actos
registrales relacionados a la Peque�a Miner�a y Miner�a
Artesanal conforme al reciente Reglamento citado en el
considerando que antecede;
Estando a lo dispuesto en el literal v) del art�culo 7� del
Estatuto de la Superintendencia Nacional de los Registros
P�blicos aprobado por Resoluci�n Suprema N� 135-
2002-JUS; con la visaci�n de la Gerencia Legal, Gerencia
Registral; y, la Gerencia de Presupuesto y Desarrollo;
SE RESUELVE:
Art�culo Primero.- Modificar la Resoluci�n N� 191-2012-
SUNARP/SN de fecha 20 de julio de 2012, incorporando
tres nuevos actos registrales en el Registro de Bienes
Muebles vinculados a la Peque�a Miner�a y Miner�a
Artesanal, seg�n el siguiente cuadro:
El Peruano
Viernes 14 de junio de 2013
497119
ACTOS REGISTRALES EN EL REGISTRO DE BIENES MUEBLES VINCULADOS A LA PEQUE�A MINER�A Y
MINER�A ARTESANAL
SERVICIOS REGISTRALES
ANTES DE LA INMATRICULACI�N
ANOTACI�N PREVENTIVA ANTES DE LA
INMATRICULACI�N
0.24% de la U.I.T por Derecho de Calificaci�n y 0.24 % de la U.I.T. por Derecho de inscripci�n Seg�n
D.S. 037-94 Acto No valorizable
INMATRICULACI�N O CONVERSI�N
DE LA ANOTACI�N PREVENTIVA EN
INSCRIPCI�N DEFINITIVA
1 BIENES IMPORTADOS
0.24% de la U.I.T por Derecho de Calificaci�n y 3/1000 del monto del acto valorizable por Derecho de
Inscripci�n. Seg�n D.S.037-94-JUS
2 BIENES ADQUIRIDOS POR DECLARACION
JUDICIAL DE PROPIEDAD
0.24% de la U.I.T por Derecho de Calificaci�n y 3/1000 del monto del acto valorizable por Derecho de
Inscripci�n. Seg�n D.S.037-94-JUS
3 BIENES ADQUIRIDOS POR RESOLUCION
ADMINISTRATIVA
0.24% de la U.I.T por Derecho de Calificaci�n y 3/1000 del monto del acto valorizable por Derecho de
Inscripci�n. Seg�n D.S.037-94-JUS
4 BIENES ADJUDICADOS POR REMATE JUDICIAL
0.24% de la U.I.T por Derecho de Calificaci�n y 3/1000 del monto del acto valorizable por Derecho de
Inscripci�n. Seg�n D.S.037-94-JUS
5 BIENES ADJUDICADOS POR REMATE
EN PROCEDIMIENTO DE EJECUCION COACTIVA
0.24% de la U.I.T por Derecho de Calificaci�n y 3/1000 del monto del acto valorizable por Derecho de
Inscripci�n. Seg�n D.S.037-94-JUS
6 BIENES ADJUDICADOS POR SUNAT
0.24% de la U.I.T por Derecho de Calificaci�n y 3/1000 del monto del acto valorizable por Derecho de
Inscripci�n. Seg�nD.S.037-94-JUS
7 BIENES ADJUDICADOS POR REGIMEN DE
ALMACENES GENERALES DE DEPOSITO
0.24% de la U.I.T por Derecho de Calificaci�n y 3/1000 del monto del acto valorizable por Derecho de
Inscripci�n. Seg�n D.S.037-94-JUS
8 BIENES DE FABRICACION NACIONAL
0.24% de la U.I.T por Derecho de Calificaci�n y 3/1000 del monto del acto valorizable por Derecho de
Inscripci�n. Seg�n D.S.037-94-JUS
TRANSFERENCIAS
1 TRANSFERENCIA DE PROPIEDAD POR ACTO
ENTRE VIVOS
0.24% de la U.I.T por Derecho de Calificaci�n y 3/1000 del monto del acto valorizable por Derecho de
Inscripci�n. Seg�n D.S.037-94-JUS
2 TRANSFERENCIA DE PROPIEDAD POR EJECUCION
DE CLAUSULA RESOLUTORIA EXPRESA
0.24% de la U.I.T por Derecho de Calificaci�n y 3/1000 del monto del acto valorizable por Derecho de
Inscripci�n. Seg�n D.S.037-94-JUS
3 TRANSFERENCIA
DE
PROPIEDAD
POR
DONACION
0.24% de la U.I.T por Derecho de Calificaci�n y 3/1000 del monto del acto valorizable por Derecho de
Inscripci�n. Seg�n D.S.037-94-JUS
4 TRANSFERENCIA DE PROPIEDAD POR ANTICIPO
DE LEGITIMA
0.24% de la U.I.T por Derecho de Calificaci�n y 3/1000 del monto del acto valorizable por Derecho de
Inscripci�n. Seg�n D.S.037-94-JUS
5 TRANSFERENCIA DE PROPIEDAD POR APORTE
SOCIAL
0.24% de la U.I.T por Derecho de Calificaci�n y 3/1000 del monto del acto valorizable por Derecho de
Inscripci�n. Seg�n D.S.037-94-JUS
6 TRANSFERENCIA
DE
PROPIEDAD
POR
SUCESION
0.24% de la U.I.T por Derecho de Calificaci�n y 0.24 % de la U.I.T. por Derecho de Inscripci�n Seg�n
D.S. 037-94 Acto No valorizable
7 TRANSFERENCIA
DE
PROPIEDAD
POR
FENECIMIENTO DE LA SOCIEDAD DE
GANANCIALES
0.24% de la U.I.T por Derecho de Calificaci�n y 0.24 % de la U.I.T. por Derecho de Inscripci�n Seg�n
D.S. 037-94 Acto No valorizable
8 TRANSFERENCIA DE PROPIEDAD EN BASE A
LAUDO ARBITRAL
0.24% de la U.I.T por Derecho de Calificaci�n y 3/1000 del monto del acto valorizable por Derecho de
Inscripci�n. Seg�n D.S.037-94-JUS
9 TRANSFERENCIA DE PROPIEDAD EN BASE ACTO
ADMINISTRATIVO
0.24% de la U.I.T por Derecho de Calificaci�n y 3/1000 del monto del acto valorizable por Derecho de
Inscripci�n. Seg�n D.S.037-94-JUS
10 TRANSFERENCIA
POR
SENTENCIA
CONSENTIDA O EJECUTORIADA QUE A
CRITERIO DEL JUEZ SE REFIERA A ACTOS O
CONTRATOS INSCRIBIBLES
0.24% de la U.I.T por Derecho de Calificaci�n y 3/1000 del monto del acto valorizable por Derecho de
Inscripci�n. Seg�n D.S.037-94-JUS
CODIGO ALFANUMERICO
1 MODIFICACI�N DE CODIGO ALFANUM�RICO
POR CAMBIO DE DESTINO DEL BIEN INMUEBLE
0.24% de la U.I.T por Derecho de Calificaci�n y 0.24 % DE LA U.I.T. por Derecho de Inscripci�n. Seg�n
D.S.037-94-JUS. Acto No valorizable
2 BAJA TEMPORAL DEL C�DIGO ALFANUM�RICO
POR CAMBIO DE DESTINO DE ACTIVIDAD
0.24% de la U.I.T por Derecho de Calificaci�n y 0.24 % DE LA U.I.T. por Derecho de Inscripci�n. Seg�n
D.S.037-94-JUS. Acto No valorizable
3 ALTA DEL C�DIGO ALFANUM�RICO
0.24% de la U.I.T por Derecho de Calificaci�n y 0.24 % DE LA U.I.T. por Derecho de Inscripci�n. Seg�n
D.S.037-94-JUS. Acto No valorizable
MODIFICACI�N DE CARACTER�STICAS DEL BIEN
MUEBLE
1 CAMBIO DE MOTOR
0.24% de la U.I.T por Derecho de Calificaci�n y 3/1000 del monto del acto valorizable por Derecho de
Inscripci�n. Seg�n D.S.037-94-JUS
GARANT�AS Y OTROS ACTOS
1 MEDIDA CAUTELAR ORDENADA POR JUEZ
COMPETENTE
Aplicar la tasa de Valorado, no valorado o inafecto, depende de la naturaleza del proceso judicial y lo
resuelto por el Juez. De ser valorado se aplicar� el 0.24 % de la U.I.T. por Derecho de Calificaci�n y
1.5/1000 del valor del acto valorizable por Derecho de Inscripci�n, y de ser Acto No Valorable 0.24 % de
la U.I.T. por Derecho de Calificaci�n y 0.24 % de la UIT por Derecho de Inscripci�n. Seg�n D.S. 037-94-
JUS. Embargo Penal inafecto del pago de derechos registrales seg�n dispone el Art. 97 D.Leg. 983 que
modifica el Decreto Legislativo 957 C�digo Procesal penal.
2 MEDIDA CAUTELAR ORDENADA POR
AUTORIDAD ADMINISTRATIVA
0.24% de la U.I.T por Derecho de Calificaci�n y 1.5/1000 del monto del acto valorizable por Derecho de
Inscripci�n. Seg�n D.S.037-94-JUS
3 MEDIDA DE INCAUTACI�N DE BIEN MUEBLE
REGISTRADO
Gratuito. Acto inafecto del pago de derechos registrales seg�n dispone Art. 97 D.Leg. 983 que modifica
D. Legislativo 957 C�digo procesal Penal
El Peruano
Viernes 14 de junio de 2013
497120
PODER JUDICIAL
CORTES SUPERIORES
DE JUSTICIA
Designan
Juez
Supernumeraria
del Quincu�gesimo Sexto Juzgado
Especializado en lo Penal de Lima
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA
Presidencia
RESOLUCI�N ADMINISTRATIVA
N� 646-2013-P-CSJLI/PJ
Lima, 13 de Junio del 2013
VISTOS Y CONSIDERANDOS:
Que, mediante el ingreso n�mero 48303-2013, el
doctor Luis Alberto Mera Casas remite el Oficio N� 4601-
2013-CE-PJ, por el cual remiten fotocopia certificada de la
Resoluci�n expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial en la Investigaci�n N� 407-2010-LIMA.
Que, Mediante la Resoluci�n reca�da en la
Investigaci�n N� 407-2010-LIMA de fecha seis de junio
del presente a�o se confirma la resoluci�n n�mero
diecisiete de fecha veintiocho de diciembre del dos mil
doce, expedida por el Jefe de la Oficina de Control de la
Magistratura, en el que se le impuso medida disciplinaria
de suspensi�n de un mes sin goce de haber al doctor
Malzon Ricardo Urbina La Torre, en su actuaci�n como
Juez Superior de la Tercera Sala Penal para Procesos
con Reos Libres de la Corte Superior de Justicia de
Lima.
Que, con el ingreso de la referencia, y habiendo
comunicado v�a telef�nica el se�or doctor Malzon Ricardo
Urbina La Torre a las diez con treinta y cinco minutos
de la ma�ana que se le hab�a notificado en la fecha la
Resoluci�n de la referencia, proced�a a retirarse de su
despacho.
Que, estando a lo expuesto en el considerandos
anteriores, esta Presidencia considera pertinente emitir
el pronunciamiento respectivo, a fin de no afectar el
normal desarrollo de las actividades jurisdiccionales del
Quincuag�simo Sexto Juzgado Especializado en lo Penal
de Lima.
Que, el Presidente de la Corte Superior de Justicia, es
la m�xima autoridad administrativa de la sede judicial a su
cargo y dirige la pol�tica interna de su Distrito Judicial, con
el objeto de brindar un eficiente servicio de administraci�n
de justicia en beneficio de los justiciables y, en virtud a
dicha atribuci�n, se encuentra facultado para designar
y dejar sin efecto la designaci�n de los Magistrados
Provisionales y Supernumerarios que est�n en el ejercicio
del cargo jurisdiccional.
Y, en uso de las facultades conferidas en los incisos 3�
y 9� del art�culo 90� del Texto �nico Ordenado de la Ley
Org�nica del Poder Judicial,
SE RESUELVE:
Art�culo Primero.- DESIGNAR a la se�ora doctora TANIA
YN�S HUANCAHUIRE D�AZ como Juez Supernumeraria
del Quincuag�simo Sexto Juzgado Especializado en lo
Penal de Lima, a partir del 13 junio al 12 de julio del presente
a�o, en reemplazo del se�or doctor Urbina La Torre.
Articulo Segundo.- PONER la presente Resoluci�n
en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial,
del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la Oficina de
Control de la Magistratura, Gerencia General del Poder
Judicial, de la Oficina de Administraci�n Distrital, Oficina
de Personal de la Corte Superior de Justicia de Lima y de
los Magistrados para los fines pertinentes.
Publ�quese, reg�strese, c�mplase y arch�vese.
IVAN ALBERTO SEQUEIROS VARGAS
Presidente
Corte Superior de Justicia de Lima
950214-1
Convocan a Proceso de Selecci�n y
Proceso Especial de Elecci�n de los
Jueces de Paz en las provincias de
Huaura, Barranca, Huaral, Cajatambo
y Oy�n
RESOLUCI�N ADMINISTRATIVA
N� 240-2013-P-CSJHA-PJ
Huacho, 25 de abril de 2013
4 MEDIDA DE DECOMISO DE BIEN MUEBLE
REGISTRADO
0.24% de la U.I.T por Derecho de Calificaci�n y 0.24 % de la U.I.T. por Derecho de inscripci�n Seg�n
D.S. 037-94-JUS
5 GARANT�A MOBILIARIA, ARRENDAMIENTO Y
OTRAS AFECTACIONES CONFORME A LO
PREVISTO EN LA LEY 28677
0.24% de la U.I.T por Derecho de Calificaci�n y 1.5/1000 del monto del acto valorizable por Derecho de
Inscripci�n. Seg�n D.S.037-94-JUS
6 PACTO DE RESERVA DE PROPIEDAD
0.24% de la U.I.T por Derecho de Calificaci�n y 0.24 % de la U.I.T. por Derecho de Inscripci�n Seg�n
D.S. 037-94 Acto No valorizable
7 BAJA DEFINITIVA POR DESTRUCCI�N
O SINIESTRO TOTAL DEL BIEN
MUEBLE
0.24%de la U.I.T por Derecho de Calificaci�n y 0.24 % de la U.I.T. por Derecho de Inscripci�n Seg�n D.S.
037-94. Acto No Valorizable
PUBLICIDAD
1 CERTIFICADO DE GRAVAMEN
0.60 % de la U.I.T. por derecho de expedici�n de Certificado de Gravamen por cada bien.
Seg�n D.S. 037-94-JUS
2 MANIFESTACI�N
MEDIANTE
BOLETA
INFORMATIVA
0.21 % de la U.I.T. por derecho de expedici�n de copias simples de ficha de
inscripci�n (cada una) Seg�n D.S. 037-94-JUS
3 DUPLICADO DE TARJETA DE IDENTIFICACI�N DEL
BIEN MUEBLE
0.60 % de la U.I.T. por expedici�n de tarjeta (cada una).
Seg�n D.S. 037-94-JUS
Art�culo Segundo.- Disponer que la presente Resoluci�n entre en vigencia a partir del d�a siguiente de su
publicaci�n.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
MARIO SOLARI ZERPA
Superintendente Nacional de los Registros P�blicos
SUNARP
950184-1