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Fecha de publicación: 13/04/2013
RESOLUCION N� 124-2013/SUNAT - Norma Legal Diario Oficial El Peruano
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NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, s�bado 13 de abril de 2013
492715
los cargos de confianza que a continuaci�n se se�alan,
d�ndoseles las gracias por su desempe�o en la labor
realizada:
SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE
ADMINISTRACI�N INTERNA
- Intendente Nacional de Asesor�a Legal Interna (e)
Carlo Erich Cabos Villa
- Gerente Jur�dico Administrativo (e)
Edgar Roney Cuadros Ochoa
Art�culo 2�.- Designar o en su caso encargar, a partir
del 15 de abril de 2013, a las siguientes personas en los
cargos que a continuaci�n se se�alan:
SUPERINTENDENCIA NACIONAL ADJUNTA DE
ADMINISTRACI�N INTERNA
- Intendente Nacional de Asesor�a Legal Interna
F�lix Roberto Jim�nez Murillo
- Gerente Jur�dico Administrativo
Carlo Erich Cabos Villa (e)
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
TANIA QUISPE MANSILLA
Superintendente Nacional
924651-1
Excluyen
temporalmente
a
las
operaciones que se realicen con los
productos primarios derivados de la
actividad agropecuaria de la aplicaci�n
del R�gimen de Retenci�n del Impuesto
a la Renta, aprobado por Resoluci�n de
Superintendencia N� 234-2005/SUNAT
resoluci�n de superintendenciA
N� 124-2013/SUNAT
Lima, 12 de abril de 2013
CONSIDERANDO:
Que el art�culo 10� del Texto �nico Ordenado (TUO)
del C�digo Tributario, aprobado por Decreto Supremo
N.� 135-99-EF y normas modificatorias, establece que la
Administraci�n Tributaria podr� designar como agentes de
retenci�n a los sujetos que considere que se encuentran
en disposici�n para efectuar la retenci�n de tributos;
Que el inciso f) del art�culo 71� del TUO de la Ley
del Impuesto a la Renta, aprobado mediante Decreto
Supremo N.� 179-2004-EF y normas modificatorias,
otorga la calidad de agente de retenci�n a las personas,
empresas o entidades que paguen o acrediten rentas de
tercera categor�a a sujetos domiciliados, designadas por
la SUNAT mediante resoluci�n de superintendencia, as�
como establece que las retenciones se efectuar�n por el
monto, en la oportunidad, forma, plazos y condiciones que
establezca dicha entidad;
Que mediante Resoluci�n de Superintendencia N.�
234-2005/SUNAT y normas modificatorias, se aprueba
el r�gimen de retenciones del Impuesto a la Renta sobre
operaciones por las cuales se emitan liquidaciones de
compra, comprendi�ndose en su �mbito de aplicaci�n,
entre otros, a las operaciones que se realicen respecto
de los productos primarios derivados de la actividad
agropecuaria;
Que resulta conveniente excluir temporalmente de los
alcances del r�gimen de retenciones del Impuesto a la
Renta a dichas operaciones;
En uso de las facultades conferidas por el art�culo 10�
del TUO del C�digo Tributario, el inciso f) del art�culo 71�
del TUO de la Ley del Impuesto a la Renta, el art�culo 11�
del Decreto Legislativo N.� 501 y normas modificatorias,
el art�culo 5� de la Ley N.� 29816, Ley de Fortalecimiento
de la SUNAT y el inciso q) del art�culo 19� del Reglamento
de Organizaci�n y Funciones de la SUNAT, aprobado
por el Decreto Supremo N.� 115-2002-PCM y normas
modificatorias;
SE RESUELVE:
Art�culo �nico.- �MBito de AplicAci�n
Sustit�yase el art�culo 2� de la Resoluci�n de
Superintendencia N.� 234-2005/SUNAT y normas
modificatorias, por el siguiente texto:
"Art�culo 2.- �MBito de AplicAci�n
La presente resoluci�n regula el R�gimen de
Retenciones del Impuesto a la Renta aplicable a las
operaciones por las cuales el adquirente est� obligado a
emitir liquidaciones de compra o que, sin estarlo, emita
documentos como liquidaciones de compra.
No se encuentran comprendidos dentro de los alcances
del presente R�gimen de Retenciones, las operaciones
que se realicen respecto de productos primarios derivados
de la actividad agropecuaria."
disposiciones coMpleMentAriAs FinAles
primera.- ViGenciA
La presente resoluci�n entrar� en vigencia a partir
del d�a siguiente de su publicaci�n en el Diario Oficial El
Peruano.
segunda.- AplicAci�n de lo dispuesto
en el Art�culo 2� de lA resoluci�n de
superintendenciA n.� 234-2005/sunAt
Lo dispuesto en el segundo p�rrafo del art�culo 2� de
la Resoluci�n de Superintendencia N.� 234-2005/SUNAT,
modificado por las Resoluciones de Superintendencia
N�s. 028-2013/SUNAT, 069-2013/SUNAT y la presente
resoluci�n, se encontrar� vigente hasta el 31 de diciembre
de 2013.
A partir del 1 de enero de 2014, el R�gimen de
Retenciones del Impuesto a la Renta, aprobado por la
Resoluci�n de Superintendencia N.� 234-2005/SUNAT
y normas modificatorias, ser� de aplicaci�n respecto
de los productos primarios derivados de la actividad
agropecuaria.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
TANIA QUISPE MANSILLA
Superintendente Nacional
924649-1
Aceptan renuncia y dejan sin efecto
designaci�n y encargatura en la
SUNAT
resoluci�n de superintendenciA
n� 126-2013/sunAt
Lima, 12 de abril de 2013
CONSIDERANDO:
Que el art�culo 3� de la Ley N� 27594, Ley que regula
la participaci�n del Poder Ejecutivo en el nombramiento
y designaci�n de funcionarios p�blicos, establece que
la designaci�n de funcionarios en cargos de confianza
distintos a los comprendidos en el art�culo 1� de la citada
Ley, se efect�a mediante Resoluci�n del Titular de la
Entidad;
Que por su parte, el art�culo 6� de la referida Ley
establece que la resoluci�n de designaci�n de funcionarios
en cargos de confianza, surte efecto a partir del d�a de su
publicaci�n en el Diario Oficial El Peruano, salvo disposici�n
en contrario de la misma que postergue su vigencia;
Que asimismo, el art�culo 7� de la indicada Ley dispone
que mediante Resoluci�n Ministerial o Resoluci�n del
Titular en la Entidad que corresponda, se acepta la renuncia
o se dispone una nueva designaci�n o nombramiento
de los actuales funcionarios con cargo de confianza no
contemplados en el se�alado art�culo 1�;
Que mediante Resoluci�n de Superintendencia N�
109-2012/SUNAT se design� a la se�ora Mar�a Antonieta
Canales Moscoso en el cargo de confianza de Gerente
de Comunicaciones e Imagen Institucional; asimismo, por