RESOLUCION ADMINISTRATIVA N� 009-2013-CE-PJ - Norma Legal Diario Oficial El Peruano
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, martes 29 de enero de 2013
487046
interesados en SUNAT Virtual a partir del 31 de enero de
2013 y ser� de uso obligatorio a partir del 1 de febrero
de 2013.
Art�culo 2�.- DE LA FORMA, PLAZO Y CONDICIONES
PARA LA PRESENTACI�N DE LA DECLARACI�N Y
EL PAGO DE LOS APORTES AL SEGURO SOCIAL
DE SALUD DE LOS SOCIOS DE LAS COOPERATIVAS
AGRARIAS
La presentaci�n de la declaraci�n y el pago de los
aportes al Seguro Social de Salud (EsSalud) de los socios
de las cooperativas agrarias por parte de �stas como
responsables a que se refiere el art�culo 12� de la Ley N.�
29972, Ley que promueve la inclusi�n de los productores
agrarios a trav�s de las cooperativas, se realiza de acuerdo
a lo dispuesto en la Resoluci�n de Superintendencia N.�
183-2011/SUNAT y normas modificatorias, utilizando el
PDT Planilla Electr�nica � PLAME, Formulario Virtual N.�
0601.
Art�culo 3�.- DEL REGISTRO DE LAS
COOPERATIVAS AGRARIAS, DE SUS SOCIOS Y
DE LOS DERECHOHABIENTES DE ESTOS EN EL T-
REGISTRO
Las cooperativas agrarias a que se refiere el art�culo
12� de la Ley N.� 29972, Ley que promueve la inclusi�n de
los productores agrarios a trav�s de las cooperativas:
a) Deben registrarse en el T-REGISTRO como
Empleadores y registrar en �l a sus socios comprendidos
en el citado art�culo como Prestadores de Servicios, en el
plazo establecido en el art�culo 4�-A del Decreto Supremo
N.� 018-2007-TR, para lo cual utilizar�n los formularios
virtuales Nos. 1603 � Informaci�n del Empleador y 1604
� Informaci�n del Trabajador, Pensionista, Personal
en formaci�n � Modalidad Formativa Laboral y otros y
Personal de Terceros, aprobados mediante la Resoluci�n
de Superintendencia Nos. 183-2011/SUNAT, debiendo
seguir el procedimiento regulado en la citada resoluci�n
para el alta, modificaci�n y/o actualizaci�n de datos y la
baja de sus socios en el citado registro.
b) Deben registrar a los derechohabientes de los socios
de las cooperativas agrarias comprendidos en el art�culo 12�
de la Ley N.� 29972, utilizando el Formulario Virtual N.� 1602 �
Informaci�n del derechohabiente, aprobado por la Resoluci�n
de Superintendencia N.� 010-2011/SUNAT, de acuerdo a lo
se�alado en la citada resoluci�n.
La inscripci�n de las cooperativas agrarias a que se
refiere el art�culo 12� de la Ley N� 29972, Ley que promueve
la inclusi�n de los productores agrarios a trav�s de las
cooperativas, en el Registro de Entidades Empleadoras,
Contribuyentes y/o Responsables de las aportaciones a la
seguridad social y la inscripci�n de sus socios as� como de
los derechohabientes de estos en el Registro de Asegurados
Titulares y Derechohabientes ante el EsSalud, se rige por lo
dispuesto en las Segundas Disposiciones Complementarias
Finales de las Resoluciones de Superintendencia Nos. 183-
2011/SUNAT y 010-2011/SUNAT;
DISPOSICI�N COMPLEMENTARIA FINAL
�nica.- VIGENCIA
La presente resoluci�n entrar� en vigencia a partir del
d�a siguiente al de su publicaci�n.
DISPOSICI�N COMPLEMENTARIA TRANSITORIA
�nica.- DE LA DECLARACI�N Y PAGO DEL
APORTE A QUE SE REFIERE EL ART�CULO 12� DE
LA LEY N.� 29972 EN AQUELLOS CASOS EN QUE
EL SOCIO DE LA COOPERATIVA NO SE DEDIQUE
EXCLUSIVAMENTE A ACTIVIDADES DE CULTIVO
En el caso de aquellos socios de cooperativas que
realicen principalmente actividades de cultivo, excepto
la actividad agroforestal, lo dispuesto en los art�culos 2�
y 3� de la presente resoluci�n, ser� de aplicaci�n para
la declaraci�n y pago de los aportes al EsSalud a que
se refiere el art�culo 12� de la Ley N.� 29972, Ley que
promueve la inclusi�n de los productores agrarios a trav�s
de las cooperativas, por parte de las cooperativas agrarias,
a partir del per�odo correspondiente a aqu�l en que entre
en vigencia la definici�n que establezca el reglamento
de lo que debe entenderse por realizar principalmente
actividades de cultivo y se cumplan los dem�s requisitos
indicados en el mencionado art�culo 12�.
DISPOSICI�N COMPLEMENTARIA MODIFICATORIA
�nica.- MODIFICACI�N DE LA RESOLUCI�N DE
SUPERINTENDENCIA N.� 183-2011/SUNAT Y NORMAS
MODIFICATORIAS
Modif�quese el inciso f) del art�culo 7� de la Resoluci�n
de Superintendencia N.� 183-2011/SUNAT y normas
modificatorias, por el siguiente texto:
"Art�culo 7�.- UTILIZACI�N DEL PDT PLANILLA
ELECTR�NICA � PLAME
(...)
f) Contribuciones al EsSalud respecto de las
remuneraciones de los trabajadores o aportes de los
asegurados regulares incorporados al EsSalud por
mandato de una ley especial, respectivamente.
(...)
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
DANIEL ROMERO S�NCHEZ
Superintendenta Nacional (e)
894987-1
PODER JUDICIAL
CONSEJO EJECUTIVO
DEL PODER JUDICIAL
Designan magistradas como integrantes
de la Sala Penal Nacional
RESOLUCI�N ADMINISTRATIVA
N� 009-2013-CE-PJ
Lima, 23 de enero de 2013
CONSIDERANDO:
Primero. Que la Sala Penal Nacional y los Juzgados
Penales Nacionales, en m�rito a lo dispuesto mediante
Resoluci�n Administrativa N� 074-2007-CE-PJ, de fecha
4 de abril de 2007, dependen administrativamente del
Consejo Ejecutivo del Poder Judicial y, por tanto, la
designaci�n de los jueces y conclusi�n de sus funciones;
as� como la conformaci�n de los colegiados corresponde
a este �rgano de Gobierno.
Segundo. Que, en ese contexto, se expidi� la
Resoluci�n Administrativa N� 003-2013-CE-PJ, de fecha
9 de enero del a�o en curso, por la cual se dispuso, entre
otros aspectos, el t�rmino de funciones, aceptaci�n de
renuncia y designaci�n de Jueces Superiores de la Sala
Penal Nacional. Asimismo, se estableci� que los Jueces
Superiores que completar�n los Colegiados E y F -
Transitorio de la Sala Penal Nacional, ser�an designados
oportunamente.
Tercero. Que, teniendo en cuenta la necesidad de
completar la Sala Penal Nacional, de conformidad con
lo se�alado precedentemente, en consonancia con sus
antecedentes, desempe�o en la funci�n jurisdiccional y
m�ritos profesionales, es menester designar a las doctoras
Mar�a Luisa Apaza Panuera y Olga Lidia Inga Michue, Juezas
Superiores Titulares de las Cortes Superiores de Justicia de
Santa y Jun�n, respectivamente, quienes asumir�n funciones
como integrantes de los mencionados colegiados.
Por estos fundamentos; en m�rito al Acuerdo N� 024-
2013 de la tercera sesi�n del Consejo Ejecutivo del Poder
Judicial de la fecha, adoptado con la intervenci�n de los
se�ores Mendoza Ram�rez, Walde J�uregui, Meneses
Gonzales, Palacios Dextre y Chaparro Guerra, en uso
de las atribuciones conferidas en el art�culo 82� del Texto
�nico Ordenado de la Ley Org�nica del Poder Judicial.
Por unanimidad.
SE RESUELVE:
Art�culo Primero.- Designar a las siguientes Juezas
Superiores Titulares como integrantes de la Sala Penal
Nacional:
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, martes 29 de enero de 2013
487047
� Mar�a Luisa Apaza Panuera, Jueza Superior Titular
de la Corte Superior de Justicia de Santa, como integrante
del Colegiado E.
� Olga Lidia Inga Michue, Jueza Superior Titular de la
Corte Superior de Justicia de Jun�n, como integrante del
Colegiado F - Transitorio.
Art�culo Segundo.- Disponer que la citada designaci�n
se efectivizar� a partir del d�a siguiente de publicada la
presente resoluci�n en el Diario Oficial El Peruano.
Art�culo Tercero.- La presente resoluci�n no deber�
generar el quiebre de las audiencias en giro ante los
�rganos jurisdiccionales de origen. En consecuencia,
conforme a lo establecido precedentemente, las
mencionadas juezas superiores deber�n asistir a las
audiencias programadas con sus intervenciones a fin de
evitar el quiebre de juicios orales.
Art�culo Cuarto.- Transcribir la presente resoluci�n a
la Presidencia del Poder Judicial, Fiscal�a de la Naci�n,
Ministerio del Interior, Ministerio de Justicia, Oficina de
Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencias
de las Cortes Superiores de Justicia del pa�s, Magistrada
Coordinadora de la Sala Penal Nacional y Juzgados
Penales Nacionales, Gerencia General del Poder Judicial
y a las juezas designadas, para su conocimiento y fines
consiguientes.
Reg�strese, publ�quese, comun�quese y c�mplase.
S.
ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAM�REZ
Presidente
894760-1
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Ratifican miembros titulares y alternos
de la Comisi�n de Levantamiento de
Inmunidad Parlamentaria para el A�o
Judicial 2013
RESOLUCI�N ADMINISTRATIVA
DE SALA PLENA DE LA CORTE SUPREMA
DE JUSTICIA DE LA REP�BLICA
R.A. N� 001-2013-SP-CS-PJ
Lima, 24 de enero de 2013
VISTA:
La Resoluci�n Administrativa n�mero cero cero tres
gui�n dos mil doce gui�n SP gui�n CS gui�n PJ, mediante
la cual se design� como miembros titulares de la Comisi�n
de Levantamiento de Inmunidad Parlamentaria, para el
A�o Judicial dos mil doce, a los se�ores Jueces Supremos
Titulares, doctores Jos� Luis Lecaros Cornejo, V�ctor
Roberto Prado Saldarriaga y Duberli Apolinar Rodr�guez
Tineo, y como Miembros Alternos a los se�ores Jueces
Supremos Titulares, doctores Josue Pariona Pastrana y
Elvia Barrios Alvarado;
CONSIDERANDO:
Primero. Que, con fecha veintitr�s de octubre de dos
mil cuatro, se public� en el Diario Oficial "El Peruano" la
Resoluci�n Legislativa n�mero cero once gui�n dos mil
cuatro gui�n CR, mediante la cual se modific� el art�culo
16� del Reglamento del Congreso de la Rep�blica,
simplificando el Procedimiento de Levantamiento de la
Inmunidad Parlamentaria.
Segundo. Que, por Acuerdo de Sala Plena de la
Corte Suprema de Justicia de la Rep�blica del veintiocho
de diciembre de dos mil cuatro, se aprob� el Reglamento
que regula el Procedimiento Judicial para requerir el
Levantamiento de Inmunidad Parlamentaria, el mismo
que en su art�culo 4� inciso segundo establece que dicha
Comisi�n estar� integrada por tres Vocales Supremos
Titulares, la misma que ser� anual; y, en ese mismo acto
se elegir�n dos Vocales Supremos Titulares alternos;
Tercero. Que, habiendo vencido el periodo de
designaci�n de los se�ores Jueces Supremos designados
como miembros de la citada Comisi�n, resulta necesario
designar a los integrantes.
Por tales fundamentos, estando al Acuerdo n�mero
dos gui�n dos mil trece de la primera Sesi�n Extraordinaria
de Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia de la
Rep�blica de la fecha, de conformidad con lo dispuesto
en el inciso 8 art�culo 80� del Texto �nico Ordenado de
la Ley Org�nica del Poder Judicial, modificado por la Ley
N� 27465.
SE RESUELVE:
Art�culo Primero.- Ratificar como miembros
titulares de la Comisi�n de Levantamiento de Inmunidad
Parlamentaria para el A�o Judicial dos mil trece, a los
se�ores Jueces Supremos Titulares doctores Jos� Luis
Lecaros Cornejo, V�ctor Roberto Prado Saldarriaga y
Duberli Apolinar Rodr�guez Tineo; y como miembros
alternos a los se�ores Jueces Supremos Titulares doctores
Josue Pariona Pastrana y Elvia Barrios Alvarado.
Art�culo Segundo.- Transcribir la presente Resoluci�n
Administrativa al se�or Presidente del Congreso de la
Rep�blica, as� como a los Magistrados designados.
Reg�strese, comun�quese y publ�quese.
ENRIQUE JAVIER MENDOZA RAM�REZ
Presidente
894535-1
Disponen la conformaci�n de la
Comisi�n Permanente de Selecci�n
para la cobertura de plazas vacantes de
la Oficina de Control de la Magistratura
- OCMA
OFICINA DE CONTROL DE LA MAGISTRATURA
DEL PODER JUDICIAL
Jefatura Suprema
RESOLUCI�N DE JEFATURA
N� 023-2013-J-OCMA/PJ
Lima, 28 de enero de 2013
VISTAS:
Las Resoluciones Administrativas N� 038-2012-
CE-PJ de fecha 02 de marzo de 2012, que aprueba el
"Reglamento para el Desarrollo de los Concursos P�blicos
y Abiertos de Selecci�n de Personal en el Poder Judicial",
y N� 078-2012-CE-PJ de fecha 08 de mayo de 2012, que
incorpora el segundo y tercer p�rrafo en el art�culo 37�, y
modifica los art�culos 2�, 36�, 41� y 52� del "Reglamento
para el Desarrollo de los Concursos P�blicos y Abiertos
de Selecci�n de Personal en el Poder Judicial"; y,
CONSIDERANDO:
Primero.- La Oficina de Control de la Magistratura
(OCMA) es el �rgano Rector de Control del Poder Judicial,
que ejerce la direcci�n de su desarrollo institucional
investida para ello de las facultades establecidas en
su Reglamento de Procedimiento Disciplinario de la
Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial,
espec�ficamente, en el inciso 1) de su art�culo 11�
1
;
Segundo.- El art�culo 15� del "Reglamento para
el Desarrollo de los Concursos P�blicos y Abiertos de
1
Reglamento del Procedimiento Disciplinario de la Oficina de Control de la
Magistratura del Poder Judicial
Art�culo 11.- Funciones y Atribuciones de la Jefatura de la OCMA.- Son funciones
y atribuciones de la Jefatura de la OCMA: 1. Planificar, organizar, dirigir y evaluar
la Oficina de Control a su cargo.