DECRETO LEGISLATIVO N� 1137 - Norma Legal Diario Oficial El Peruano
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, lunes 10 de diciembre de 2012
480433
11.1. Supervisar, investigar y evaluar los asuntos
militares, operacionales y disciplinarios,
proponiendo las acciones que resulten
convenientes.
11.2. Realizarinspeccionesalos�rganosyunidades
org�nicas.
11.3. Efectuar el seguimiento de las medidas
correctivasquerecomiende.
11.4. Lasdem�squedispongaelJefedelComando
Conjunto de las Fuerzas Armadas y las
se�aladaspornormaexpresa.
CAP�TULO III
�RGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
Art�culo 12�.- �rgano de Control Institucional
El �rgano de Control Institucional es el encargado
de efectuar exclusivamente el control de la gesti�n
administrativa y econ�mico � financiera de los recursos
ybienesdelEstadoasignados,deconformidadconlas
normasdelSistemaNacionaldeControl.
El Jefe del �rgano de Control Institucional es
designadoporlaContralor�aGeneraldelaRep�blica.
T�TULO IV
RELACIONES Y COORDINACI�N
Art�culo 13�.- Relaciones interinstitucionales
ElComandoConjuntodelasFuerzasArmadaspuede
mantener relaciones interinstitucionales y establecer
canales de coordinaci�n con personas naturales o
jur�dicas,p�blicasoprivadas,nacionalesoextranjeras,a
fin de coadyuvar al mejor cumplimiento de sus funciones.
Art�culo 14�.- Coordinaci�n
ElComandoConjuntodelasFuerzasArmadascoordina
con entidades p�blicas y privadas, sobre los aspectos
referidos a su participaci�n en el desarrollo econ�mico
ysocialdelpa�s,enelSistemaNacionaldeGesti�ndel
RiesgodeDesastres,accionesc�vicas,yengeneralen
aspectosvinculadosal�mbitodesucompetencia.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
PRIMERA.- Adecuaci�n de la estructura org�nica
Fac�ltese al Jefe del Comando Conjunto de las
FuerzasArmadas,aemitirlasdisposicionespertinentes,
a efectos de la adecuaci�n progresiva de la estructura
org�nicaestablecidaenelpresenteDecretoLegislativo,
cuyoplazonodeber�excederdecientoveinte(120)d�as
h�biles,computadosapartirdesuentradaenvigencia.
SEGUNDA.- Documentos de gesti�n institucional
Losdocumentosdegesti�ninstitucionalpertenecientes
alComandoConjuntodelasFuerzasArmadas,sesujetan
alasdisposicionescontenidasenlaLeydeTransparencia
yAcceso a la Informaci�n P�blica y dem�s normas del
Sector.
TERCERA.- Reglamento
El Reglamento de la presente norma deber� ser
formulado en un plazo m�ximo de noventa (90) d�as
h�biles,unavezculminadalaadecuaci�ndelaestructura
org�nica, debiendo ser presentado para su tr�mite de
aprobaci�nalMinisteriodeDefensa,deconformidadcon
lanormatividadvigentesobrelamateria.
CUARTA.- Financiamiento.
Laimplementaci�ndelpresenteDecretoLegislativo
ser� financiada con cargo al Presupuesto del Ministerio
de Defensa, sin demandar recursos adicionales al
TesoroP�blicoyconformealasdisposicioneslegales
vigentes.
DISPOSICI�N COMPLEMENTARIA DEROGATORIA
�NICA.- Derogatoria
Der�gueseelDecretoLegislativo440,LeyOrg�nica
del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, y las
dem�sdisposicioneslegalesqueseoponganalpresente
DecretoLegislativo.
PORTANTO:
Mando se publique y cumpla, dando cuenta al
CongresodelaRep�blica.
DadoenlaCasadeGobierno,enLima,alosnueve
d�asdelmesdediciembredela�odosmildoce.
OLLANTAHUMALATASSO
PresidenteConstitucionaldelaRep�blica
JUANF.JIM�NEZMAYOR
PresidentedelConsejodeMinistros
PEDROCATERIANOBELLIDO
MinistrodeDefensa
876207-3
Ley del Ej�rcito del Per�
DECRETO LEGISLATIVO
N� 1137
ELPRESIDENTEDELAREP�BLICA
PORCUANTO:
El Congreso de la Rep�blica, por Ley 29915, ha
delegado en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar,
entreotrasmaterias,respectoalareformadelalegislaci�n
orientadaalfortalecimientoinstitucionaldelsectorDefensa
ydelasFuerzasArmadas,conformealose�aladoenel
numeral4delart�culo2�delcitadodispositivolegal;
El alcance de la facultad legislativa precitada,
comprendelaactualizaci�ndelmarcolegalyorganizacional
delEj�rcitodelPer�,enconcordanciaconloestablecido
enlaLey29158,LeyOrg�nicadelPoderEjecutivo;
Asimismo, la presente regulaci�n normativa se inserta
dentrodelprocesodemodernizaci�ndelEstado,dondeel
perfeccionamientodelasinstitucionesdemocr�ticasesvital
para el aseguramiento de una gesti�n p�blica eficiente;
Deconformidadconloestablecidoenelart�culo104�
delaConstituci�nPol�ticadelPer�;
ConelvotoaprobatoriodelConsejodeMinistros;
Con cargo de dar cuenta al Congreso de la
Rep�blica;
HadadoelDecretoLegislativosiguiente:
LEY DEL EJ�RCITO DEL PER�
T�TULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Art�culo 1�.- Objeto
ElpresenteDecretoLegislativodeterminayregulala
naturalezajur�dica,competencias,funcionesyestructura
org�nicab�sicadelEj�rcitodelPer�.
Art�culo 2�.-Naturaleza jur�dica
ElEj�rcitodelPer�esunaInstituci�n,concalidadde
�rganoejecutor,dependientedelMinisteriodeDefensa.
EsunidadejecutoradelMinisteriodeDefensa.
T�TULO II
COMPETENCIAS Y FUNCIONES
CAP�TULO I
COMPETENCIAS
Art�culo 3�.- �mbito de competencia
El Ej�rcito del Per� controla, vigila y defiende el
territorio nacional, de conformidad con la ley y con los
tratados ratificados por el Estado, con el prop�sito de
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contribuir a garantizar la independencia, soberan�a e
integridadterritorialdelaRep�blica.
Intervieneyparticipaenelcontroldelordeninterno,de
acuerdoconloestablecidoenlaConstituci�nPol�ticadel
Per�yleyesvigentes.
Participaeneldesarrolloecon�micosocialdelpa�s,
en la ejecuci�n de acciones c�vicas y de apoyo social,
en coordinaci�n con las entidades p�blicas cuando
corresponda,as�comoenlasaccionesrelacionadascon
laDefensaCivil,deacuerdoalaley.
CAP�TULO II
FUNCIONES
Art�culo 4�.- Funciones
ElEj�rcitodelPer�,enelmarcodesuscompetencias
ydeacuerdoconloestablecidoenlaConstituci�nPol�tica
delPer�yelordenamientojur�dico,cumplelassiguientes
funciones:
1)
Garantizar la independencia, soberan�a e
integridad territorial de la Rep�blica, en el
�mbitodesucompetencia.
2)
Ejercer el control, la vigilancia y la defensa
del territorio nacional, en concordancia con la
normatividadlegalvigente.
3)
Participar en el control del orden interno, de
acuerdo con lo establecido en la Constituci�n
Pol�tica del Per� y la normatividad legal
vigente.
4)
Participar en la ejecuci�n de las pol�ticas de
Estado en materia de Seguridad y Defensa
Nacional.
5)
Desarrollar
actividades
de
inteligencia
orientadasalaSeguridadyDefensaNacional
enel�mbitodesucompetencia.
6)
Participar en la ejecuci�n de las pol�ticas de
Estado en materia de desarrollo econ�mico
y social del pa�s, defensa civil, ciencia y
tecnolog�a, objetos arqueol�gicos e hist�ricos,
asuntos ant�rticos, asuntos amaz�nicos y de
protecci�ndelmedioambiente,deacuerdocon
lanormatividadlegalvigente.
7)
Conducir las acciones de preparaci�n,
formaci�n,
capacitaci�n,
especializaci�n,
perfeccionamiento,
entrenamiento,
mantenimientoyequipamientodelComponente
Terrestre de las FuerzasArmadas, en funci�n
delosobjetivosydelasPol�ticasdeSeguridad
yDefensaNacional.
8)
ParticiparenOperacionesdePazconvocadas
por la Organizaci�n de las Naciones Unidas
(ONU)uotrosorganismosinternacionales.
9)
Participar en la implementaci�n y conducci�n
delSistemadeVigilanciadeFronteras.
10) Desarrollar la investigaci�n acad�mica y
cient�fico-tecnol�gica, en el �mbito de su
competencia,actuandopors�oencolaboraci�n
con
otras
instituciones
nacionales
o
extranjeras.
11) Participarconlosorganismosdeotrossectores
en la formulaci�n de los objetivos y pol�ticas
paraeldesarrollodelosinteresesnacionales.
12) Gestionar ante el Ministerio de Defensa el
patrocinio del personal militar sometido a
investigaciones o procesos judiciales como
consecuenciadelejerciciodesusfunciones.
13) Lasdem�squesese�alenporley.
T�TULO III
ORGANIZACI�N
CAP�TULO I
ESTRUCTURA ORG�NICA
Art�culo 5�.- Estructura Org�nica B�sica
El Ej�rcito del Per� est� compuesto por los
siguientes �rganos y sus funciones y atribuciones
espec�ficas se establecer�n en el reglamento de la
presentenorma:
1)
Alto Mando
ElAlto Mando es el �rgano de m�s alto nivel de la
Instituci�nencargadodetomarlasdecisionesestrat�gicas
sobre las pol�ticas y objetivos institucionales. Est�
conformadopor:
- El Comandante General
- El Jefe del Estado Mayor General
- El Inspector General
2)
�rganos Consultivos
Los �rganos Consultivos son los encargados de
analizar aquellos asuntos trascendentales relacionados
con el funcionamiento y desarrollo de la Instituci�n,
asesorando en temas que le sean consultados por el
Comandante General del Ej�rcito, quien los convoca y
preside.
3)
�rgano de Control Institucional
El�rganodeControlInstitucionalesresponsabledel
control gubernamental en la instituci�n de conformidad
con las normas del Sistema Nacional de Control. Est�
ubicado en el mayor nivel jer�rquico de la estructura
org�nicadelainstituci�n.
4)
�rgano de Defensa Jur�dica
El �rgano de Defensa Jur�dica es encargado de
ejercerladefensajur�dicadelosinteresesdelEj�rcitodel
Per�,deconformidadconlanormativalegalvigente.
5)
�rgano de Inspector�a
El�rganodeInspector�aesaquelcuyascompetencias
se circunscriben a asuntos militares, operacionales y
disciplinarios.
6)
�rganos de Administraci�n Interna
Los�rganosdeAdministraci�nInternasonaquellos
que brindan apoyo a las actividades operacionales del
Ej�rcitodelPer�.
7)
�rganos de L�nea
Los�rganosdeL�neasonlosentesoperacionalesde
lainstituci�nyloconformanlasDivisionesdeEj�rcitoyla
Aviaci�ndelEj�rcito.
CAP�TULO II
DEL ALTO MANDO
Art�culo 6�.- Comandancia General del Ej�rcito
LaComandanciaGeneraldelEj�rcitoesel�rgano
decomandodelm�saltoniveldelEj�rcitodelPer�.Es
ejercidoporelComandanteGeneraldelEj�rcito,quien
dependedelMinistrodeDefensa.Esdesempe�adopor
elGeneraldeDivisi�ndesignadoporelPresidentede
laRep�blicaentrelostres(03)GeneralesdeDivisi�n
de mayor antig�edad en el escalaf�n de Oficiales en
actividad,paralocualnoseconsidera,deserelcaso,
alJefedelComandoConjuntodelasFuerzasArmadas;
otorg�ndoseleladenominaci�ndistintivadeGeneralde
Ej�rcito,mientrasdesempe�eelcargo.
Art�culo 7�.- Funciones
Son funciones del Comandante General del Ej�rcito
delPer�,lassiguientes:
1)
Aprobar,orientarydirigirlaPol�ticaGeneralde
lainstituci�nparaelcumplimientodelamisi�n
asignada.
2)
Conducirlasaccionesdepreparaci�n,formaci�n,
capacitaci�n,especializaci�n,perfeccionamiento,
entrenamiento,mantenimientoyequipamientodel
ComponenteTerrestredelasFuerzasArmadas,
enfunci�ndelosobjetivosydelasPol�ticasde
Seguridad y Defensa Nacional, para lo cual
administrayejecutalosrecursospresupuestales
asignados.
3)
AsesoraralMinistrodeDefensaenel�mbitode
sucompetencia.
4)
AsesoraralMinistrodeDefensaenlaadopci�n
de las pol�ticas y suscripci�n de acuerdos
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internacionales, destinados a garantizar la
DefensaRegionalylaSeguridadHemisf�rica.
5)
ProponeralMinistrodeDefensalaejecuci�nde
pol�ticasyacuerdosinternacionales,destinados
agarantizarlaDefensaRegionalylaSeguridad
Hemisf�rica.
6)
ProponeralMinistrodeDefensainiciativaspara
la proyecci�n y desarrollo del �mbito de su
competencia, sistema de protecci�n nacional
yamaz�nica,as�comootrossistemasenque
participeelEj�rcitodelPer�.
7)
Proponer al Ministerio de Defensa los
requerimientos de bienes, servicios y obras
querequierelainstituci�ndeacuerdoasuPlan
AnualdeMetas,enconcordanciaconsuPlan
AnualdeAdquisiciones.
8)
ProponeralMinisteriodeDefensalosbienesy
serviciosaseradquiridosbajolamodalidadde
secretomilitar.
9)
IntegrarelComit�deAltoMandodelComando
ConjuntodelasFuerzasArmadas.
10) Poneradisposici�ndelComandoConjuntode
las Fuerzas Armadas, los medios y recursos
necesariosdel�mbitodesucompetencia,para
elcumplimientodelosPlanesdeSeguridady
DefensaNacional.
11) Disponer los medios para la participaci�n en
elcontroldelordeninternodeacuerdoconla
normatividadlegalvigente.
12) Emitir las disposiciones correspondientes en
el �mbito de su competencia, para contribuir
a garantizar la independencia, soberan�a e
integridadterritorialdelaRep�blica.
13) FormularydesarrollarlaDoctrinaenel�mbito
desucompetencia.
14) Formular, normar, coordinar, conducir y
supervisar las pol�ticas de gesti�n institucional,
requeridas para la preparaci�n, formaci�n,
capacitaci�n,especializaci�n,perfeccionamiento,
entrenamiento, mantenimiento y equipamiento
del Componente Terrestre de las Fuerzas
ArmadasdelPer�.
15) Disponer y supervisar que se ejecuten las
acciones para el control, vigilancia y defensa
delterritorionacional.
16) Disponeraccionesparaeladecuadodesarrollo
delasactividadesdeinteligenciaorientadasala
SeguridadyDefensaNacionalenel�mbitode
sucompetencia.
17) Disponer las acciones para la organizaci�n,
entrenamiento y empleo de las reservas
terrestres,as�comosupervisarlasactividades
relacionadas con la movilizaci�n nacional en
el�mbitodesuresponsabilidad,deacuerdoa
ley.
18) Disponer las acciones para desarrollar la
investigaci�n acad�mica y cient�fico-tecnol�gica,
orientadasaincrementarorenovarlacapacidad
operacional de la instituci�n, a trav�s de
la transferencia tecnol�gica, producci�n,
coproducci�nycompensacionesindustriales.
19) Disponerlaparticipaci�ndelEj�rcitodelPer�en
OperacionesdePazcuandoseanrequeridas.
20) Disponer la participaci�n del Ej�rcito del Per�
enlaejecuci�ndelasPol�ticasdeEstadoen
materia de Seguridad y Defensa Nacional,
Sistema Nacional de Gesti�n de Riesgos
de Desastres, ciencia y tecnolog�a, objetos
arqueol�gicos e hist�ricos, asuntos ant�rticos,
asuntosamaz�nicosydeprotecci�ndelmedio
ambiente.
21) Coordinar y supervisar la ejecuci�n de
actividadesquecontribuyanalainteroperabilidad
einteroperatividadparaelaccionarconjuntode
lasFuerzasArmadas.
22) Supervisar la participaci�n del Ej�rcito del
Per�enejerciciosyoperacionescombinadasy
multinacionales.
23) Aprobar el Plan Estrat�gico de Desarrollo
Institucional en concordancia con los
lineamientos del Sector Defensa, as� como
supervisarsupermanenteejecuci�n,evaluaci�n
yactualizaci�n.
24) Ejecutar el presupuesto institucional como
Unidad Ejecutora del Ministerio de Defensa,
de conformidad con la normatividad legal
vigente.
25) Disponeraccionesparaeldesarrollodelsoporte
telem�tico y las tecnolog�as de la informaci�n
y comunicaciones que garanticen enlaces
oportunos y seguros a los componentes
operacionalesyadministrativosdelaInstituci�n,
enrelaci�nconlamisi�nasignada.
26) Disponerlaparticipaci�ndelainstituci�nenla
ejecuci�ndeaccionesc�vicasydeapoyosocial
en coordinaci�n con las entidades p�blicas
cuandocorresponda.
27) Disponer acciones para la adecuada
participaci�n en Defensa Civil, en casos de
emergencia en zonas de desastre, aplicando
losplanesinstitucionalesdeprotecci�ncivil.
28) Disponer la ejecuci�n de tareas en el �mbito
desuresponsabilidadrelacionadasacombatir
actividades il�citas, protecci�n de recursos
naturalesydelmedioambienteconEj�rcitosde
pa�ses lim�trofes, en concordancia a acuerdos
bilateralesynormatividadvigente.
29) Disponer las acciones para desarrollar las
actividades relacionadas con la ciencia del
ambienteenel�mbitodesucompetencia,con
el fin de contribuir al desarrollo nacional.
30) Organizar, entrenar y emplear las reservas
terrestres.
31) Lasdem�squesese�alenporley.
CAP�TULO III
�RGANO DE PLANEAMIENTO Y ASESORAMIENTO
Art�culo 8�.- Estado Mayor General
ElEstadoMayorGeneralesel�rganodeplaneamiento
yasesoramientodelm�saltonivel.Tienecomofunci�n
principal,realizarelplaneamientoestrat�gicoinstitucional,
formular la programaci�n y supervisar la ejecuci�n del
presupuesto institucional correspondiente, as� como la
supervisi�ndelosobjetivosinstitucionalesylaevaluaci�n
delasmetasdegesti�n,paraellogrodelosmismos,en
elcorto,medianoylargoplazo.
Elabora las pol�ticas institucionales relativas a la
protecci�n y promoci�n de los intereses del Ej�rcito y
asesoraenlatomadedecisionesalComandanteGeneral,
enlasdiferentes�reasdesucompetencia.
ElcargodeJefedelEstadoMayorGeneraldelEj�rcito
es ejercido por un General de Divisi�n, de preferencia,
elquesigueenantig�edadalComandanteGeneraldel
Ej�rcito.EsdesignadoporResoluci�nSuprema.
Su organizaci�n se regula en el reglamento de la
presentenorma.
Art�culo 9�.-Funciones del Jefe del Estado Mayor
General
SonfuncionesdelJefedelEstadoMayorGeneral:
1)
Dirigir, coordinar y controlar el funcionamiento
delEstadoMayorGeneral.
2)
Supervisarelcumplimientodelasdisposiciones
establecidasporelComandanteGeneral.
3)
Preparar
el
planeamiento
estrat�gico
institucional.
4)
Ejecutar y supervisar la Pol�tica de Seguridad
y Defensa Nacional, en el �mbito de su
competencia.
5)
Proponelaprogramaci�ndesupresupuestoen
elmarcodesuscompetenciasyencoordinaci�n
conelMinisteriodeDefensa.
6)
Supervisar los objetivos institucionales y la
evaluaci�n de las metas de gesti�n para el
logrodelosmismosenelcorto,medianoylargo
plazo.
7)
Elaboraryproponerlaspol�ticasinstitucionales
respecto a la protecci�n y promoci�n de los
interesesdelEj�rcitodelPer�.
8)
Proponer la modernizaci�n y racionalizaci�n
administrativadelagesti�ninstitucional.
9)
Proponer las acciones destinadas a promover
el desarrollo tecnol�gico, as� como proponer
al Comandante General las compensaciones
industrialesdeinter�sinstitucional.
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10) Lasdem�squeledicteelComandanteGeneral
ylasse�aladaspornormaexpresa.
Suestructuraadministrativaseregulaenelreglamento
delapresentenorma.
CAP�TULO IV
�RGANO DE INSPECTOR�A
Art�culo 10�.- Inspector�a General
La Inspector�a General es el �rgano encargado de
las funciones de control, supervisi�n e investigaci�n de
los asuntos militares, operacionales y disciplinarios en
el �mbito de su competencia, en concordancia con la
normatividadlegalvigente.
Art�culo 11�.- Inspector General
El cargo de Inspector General ser� ejercido por un
General de Divisi�n, de preferencia, el que sigue en
antig�edadalJefedelEstadoMayorGeneraldelEj�rcito,
quiendirige,coordinaycontrolaelfuncionamientodela
Inspector�aGeneralenelcumplimientodesusfunciones.
EsdesignadoporResoluci�nSuprema.
Art�culo 12�.- Funciones
1)
Supervisar, investigar y evaluar los asuntos
militares, operacionales y disciplinarios,
proponiendo las acciones que resulten
convenientes.
2)
Realizarinspeccionesalos�rganosyunidades
org�nicas.
3)
Efectuar el seguimiento de las medidas
correctivasrecomendadas.
4)
Las dem�s se�aladas en el reglamento de la
presentenormaylasleyessobrelamateria.
CAP�TULO V
�RGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL
Art�culo 13�.- �rgano de Control Institucional
El �rgano de Control Institucional es el encargado
de efectuar exclusivamente el control de la gesti�n
administrativa y econ�mico-financiera de los recursos
ybienesdelEstadoasignados,deconformidadconlas
normasdelSistemaNacionaldeControl.
El Jefe del �rgano de Control Institucional es
designadoporlaContralor�aGeneraldelaRep�blica.
CAP�TULO VI
�RGANOS DE ADMINISTRACI�N INTERNA
Art�culo 14�.- Comandos de Apoyo
LosComandosdeApoyoson�rganosencargadosde
realizarlosprocesosyactividadesparacumplirlafunci�n
espec�fica de apoyo administrativo, t�cnico y normativo
depersonal,educaci�nydoctrina,log�stica,inteligencia,
reserva y movilizaci�n, asuntos civiles, salud y otros
inherentesalasfuncionesdelEj�rcitodelPer�.
Asimismo,
proporciona
apoyo
administrativo,
econ�micoydeseguridadalCuartelGeneraldelEj�rcito,
en concordancia con las disposiciones del Comando
Institucional.
Los Comandos de Apoyo est�n al mando de un Oficial
Generalysonlossiguientes:
-
Comando de Personal del Ej�rcito
-
Comando de Educaci�n y Doctrina del Ej�rcito
-
Comando Log�stico del Ej�rcito
-
Comando General de Apoyo del Ej�rcito
Los Comandos y dem�s �rganos que conforman
su organizaci�n interna, funciones y atribuciones, se
establecer�nenelreglamentodelapresentenorma.
Art�culo 15�.- Secretar�a de la Comandancia
General del Ej�rcito
La Secretar�a de la Comandancia General del
Ej�rcito es el �rgano responsable de proporcionar
apoyo administrativo y asesoramiento al Comandante
GeneraldelEj�rcito,efectuandoelestudio,preparaci�n,
tramitaci�n y archivo de la documentaci�n oficial interna
y externa con el fin de contribuir a la gesti�n y toma de
decisiones oportunas. Est� a cargo de un General de
Brigada.
CAP�TULO VII
�RGANOS DE L�NEA
Art�culo 16�.- Divisiones de Ej�rcito
LasDivisionesdeEj�rcitosonlos�rganosencargados
de ejecutar la finalidad primordial del Ej�rcito, preparar la
fuerzaterrestreensu�mbitoderesponsabilidad,participar
eneldesarrollosocioecon�mico,enelSistemaNacional
deGesti�ndelRiesgodeDesastresyenlosestadosde
excepci�n. Su n�mero y �mbito son determinados por
DecretoSupremo.ElcargodeComandanteGeneralde
la Divisi�n de Ej�rcito ser� ejercido por un Oficial General.
Su organizaci�n interna, conformaci�n y funciones se
establecenenelreglamentodelapresentenorma.
Art�culo 17�.- Aviaci�n del Ej�rcito
LaAviaci�n del Ej�rcito es el �rgano encargado de
ejecutaroperacionesa�reasdeacuerdoalasnecesidades
de las diversas organizaciones del Ej�rcito o como
ElementodeManiobradelosComandosOperacionales,
en todo el territorio nacional. El cargo de Comandante
GeneraldelaAviaci�ndelEj�rcito,ser�ejercidoporun
General de Brigada o Coronel. Su organizaci�n interna
y composici�n se establecen en el reglamento de la
presentenorma.
T�TULO IV
RELACIONES Y COORDINACIONES
Art�culo 18�.- Relaciones
ElEj�rcitodelPer�puederelacionarseconpersonas
naturales o jur�dicas, p�blicas o privadas, nacionales o
extranjeras, a fin de coadyuvar al mejor cumplimiento de
susfunciones.
Art�culo 19�.- Coordinaci�n
ElEj�rcitodelPer�coordinaconentidadesp�blicasy
privadas,sobrelosaspectosreferidosasuparticipaci�n
en el desarrollo econ�mico y social del pa�s y en la
defensa civil, acciones c�vicas, vuelos de acci�n c�vica,
desarrollo de ciencia y tecnolog�a y, en general, en
aspectosvinculadosal�mbitodesucompetencia.
T�TULO V
PERSONAL Y RESERVAS TERRESTRES
Art�culo 20�.- Composici�n de Personal
1)
ElpersonaldelEj�rcitodelPer�est�compuesto
por Personal Militar y Personal Civil. S�lo
los peruanos de nacimiento o los nacidos en
el extranjero de padre o madre peruanos,
siemprequehayansidoinscritosenelregistro
correspondiente durante su minor�a de edad
puedenperteneceralEj�rcitodelPer�.
2)
El Personal Militar del Ej�rcito del Per� est�
conformado por Personal de Oficiales, Personal
de Cadetes, Personal de Supervisores,
T�cnicos y Suboficiales, Personal de Alumnos
yPersonaldeTropa,loscualesserigenporsus
correspondientesleyes.
3)
ElPersonalCivilest�constituidoporciudadanos,
quedepreferenciahayanrealizadoelservicio
militar, y que por raz�n de su profesi�n,
especialidad u oficio, prestan servicio en el
Ej�rcitodelPer�.Serigenporlasnormasdel
sectorp�blico,sectorialesydelainstituci�nque
lesonaplicables.
Art�culo 21�.- Reservas terrestres
1)
ElPersonaldelaReservaest�constituidopor
aquelquerequiereelEj�rcitodelPer�,alcual
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organiza,entrenayempleaparaelcumplimiento
desusfunciones,deacuerdoconloestablecido
en la legislaci�n espec�fica sobre la materia.
2)
Conforman el material de la reserva terrestre
aquellos bienes y servicios que requiere el
Ej�rcitodelPer�,paraelcumplimientodesus
funcionesdeacuerdoconloestablecidoenla
legislaci�n espec�fica sobre la materia.
T�TULO VI
R�GIMEN PATRIMONIAL
CAP�TULO I
Art�culo 22�.- Recursos patrimoniales
Sonrecursospatrimoniales:
1)
Losbienesmuebleseinmueblesasignados.
2)
Lasdonacionesotransferenciaspatrimoniales
de acuerdo a las normas vigentes sobre la
materia.
3)
Otrosactivosdenaturalezapatrimonial.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS FINALES
�NICA.- Empleo de capacidad disponible
El Ej�rcito del Per�, en observancia del mandato
constitucionaldeparticipaci�neneldesarrolloecon�mico
y social del pa�s, por razones de alto inter�s p�blico y
manifiesta conveniencia nacional, podr� emplear su
capacidad disponible en la operaci�n, conducci�n y
mantenimiento de los servicios p�blicos en caso de
emergenciayfuerzamayor.
Los gastos que demande la atenci�n de los
requerimientosdetransportequeefect�enlasentidades
p�blicasenapoyoalcumplimientodesusfunciones,ser�n
asumidos�ntegramentepordichasentidades,concargo
a su presupuesto institucional y sin demandar recursos
adicionales al Tesoro P�blico. Con dicha finalidad,
autor�cese a las entidades a efectuar modificaciones
presupuestalesenelnivelinstitucional,medianteDecreto
Supremo refrendado por el Ministro de Econom�a y
FinanzasyelMinistrodelsectorrespectivo,apropuesta
de�ste�ltimo.
EnelcasodeGobiernosRegionales,latransferencia
de recursos se aprueba mediante Decreto Supremo
refrendadoporelMinisteriodeEconom�ayFinanzas,y
elPresidentedelConsejodeMinistros,apropuestadel
GobiernoRegionalcorrespondiente;yenelcasodelos
Gobiernos Locales, los recursos se transfieren a trav�s
de transferencias financieras que se aprueban mediante
AcuerdodeConsejoMunicipal.ElMinisteriodeDefensa
dicta las disposiciones que resulten necesarias para la
aplicaci�ndeloestablecidoenlapresentenorma,enel
marcodelasdisposicioneslegalesvigentes.
DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
TRANSITORIAS
PRIMERA.- Adecuaci�n de la estructura org�nica
Fac�ltese al Comandante General del Ej�rcito del
Per� a emitir las disposiciones pertinentes, a efectos
de la adecuaci�n progresiva de la estructura org�nica
establecidaenlapresentenorma,apartirdelaentrada
envigenciadelamisma,cuyoplazonodeber�exceder
decientoveinte(120)d�ash�biles.
SEGUNDA.- Documentos de gesti�n institucional
Losdocumentosdegesti�ninstitucionalpertenecientes
al Ej�rcito del Per�, se sujetan a las disposiciones
contenidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la
Informaci�nP�blicaydem�snormasdelSector.
TERCERA.- Reglamento
El reglamento de la presente norma deber� ser
formulado en un plazo m�ximo de noventa (90) d�as
h�biles,unavezculminadalaadecuaci�ndelaestructura
org�nica, debiendo ser presentado para su tr�mite de
aprobaci�nalMinisteriodeDefensa,deconformidadcon
lanormatividadvigentesobrelamateria.
DISPOSICI�N COMPLEMENTARIA
DEROGATORIA
�NICA.- Derogatoria
Der�guese el Decreto Legislativo 437, Ley de
Organizaci�n y Funciones del Ej�rcito Peruano y las
dem�sdisposicioneslegalesqueseoponganalpresente
DecretoLegislativo.
PORTANTO:
Mando se publique y cumpla, dando cuenta al
CongresodelaRep�blica.
DadoenlaCasadeGobierno,enLima,alosnueve
d�asdelmesdediciembredela�odosmildoce.
OLLANTAHUMALATASSO
PresidenteConstitucionaldelaRep�blica
JUANF.JIM�NEZMAYOR
PresidentedelConsejodeMinistros
PEDROCATERIANOBELLIDO
MinistrodeDefensa
876207-4
Ley de la Marina de Guerra del Per�
DECRETO LEGISLATIVO
N� 1138
ELPRESIDENTEDELAREP�BLICA
PORCUANTO:
El Congreso de la Rep�blica, por Ley 29915, ha
delegadoenelPoderEjecutivolafacultaddelegislar,
entre otras materias, respecto a la reforma de la
legislaci�norientadaalfortalecimientoinstitucionaldel
sectorDefensaydelasFuerzasArmadas,conformea
lo se�alado en el numeral 4 del art�culo 2� del citado
dispositivolegal;
El alcance de la facultad legislativa precitada,
comprendelaactualizaci�ndelmarcolegalyorganizacional
de la Marina de Guerra del Per�, en concordancia con
loestablecidoenlaLey29158,LeyOrg�nicadelPoder
Ejecutivo;
Asimismo,lapresenteregulaci�nnormativaseinserta
dentrodelprocesodemodernizaci�ndelEstado,donde
el perfeccionamiento de las instituciones democr�ticas
es vital para el aseguramiento de una gesti�n p�blica
eficiente;
Deconformidadconloestablecidoenelart�culo104�
delaConstituci�nPol�ticadelPer�;
ConelvotoaprobatoriodelConsejodeMinistros;
Con cargo de dar cuenta al Congreso de la
Rep�blica;
HadadoelDecretoLegislativosiguiente:
LEY DE LA MARINA DE GUERRA DEL PER�
T�TULO I
DISPOSICIONES GENERALES
Art�culo 1�.- Objeto
ElpresenteDecretoLegislativodeterminayregulala
naturalezajur�dica,competencias,funcionesylaestructura
org�nicab�sicadelaMarinadeGuerradelPer�.
Art�culo 2�.- Naturaleza Jur�dica
LaMarinadeGuerraelPer�esunainstituci�n,con
calidadde�rganoejecutor,dependientedelMinisterio
de Defensa. Es unidad ejecutora del Ministerio de
Defensa.