Autorizan viaje del Ministro del Ambiente a la República de Turquía y encargan su Despacho a la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 311-2026-PCM
Lima, 6 de noviembre de 2026
CONSIDERANDO:
Que, mediante el OF. RE (DMA) Nº 2-21-C/307 de fecha 21 de julio de 2026, la Dirección de Medio Ambiente del Ministerio de Relaciones Exteriores hace de conocimiento del Ministerio del Ambiente, la invitación a participar en la Trigésima Primera Conferencia de las Partes (COP 31) de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático (CMNUCC), así como en eventos y reuniones paralelas, que se celebrarán del 9 al 20 de noviembre de 2026, en la ciudad de Antalya, República de Turquía; siendo que, la participación del Ministro del Ambiente será del 16 al 19 de noviembre de 2026;
Que, la COP 31 es la mayor cumbre internacional dedicada a negociar e impulsar la cooperación mundial frente al cambio climático, reúne a representantes de gobiernos, empresas, organizaciones de la sociedad civil y otros sectores de todo el mundo, lo que permite alcanzar importantes acuerdos a nivel mundial. La COP 31 es el espacio en el que el mundo se reúne para acordar medidas necesarias para hacer frente a la crisis climática, entre ellas se encuentran limitar el aumento de la temperatura global a 1,5 ºC, apoyar la adaptación y fortalecer la resiliencia ante las sequías, las inundaciones y otros efectos del cambio climático, así como avanzar en la transición para abandonar los combustibles fósiles que calientan el planeta;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 692-2026-RE, el Ministerio de Relaciones Exteriores acredita a la delegación peruana que participará en la COP 31 y eventos conexos que se realizarán en la ciudad de Antalya, República de Turquía, la cual está conformada, entre otros, por el señor Ministro de Estado en el Despacho del Ambiente, quien ejerce la presidencia de dicha delegación;
Que, la participación del Ministro de Estado en el Despacho del Ambiente en la COP 31 permitirá: (i) representar y transmitir la posición nacional del Perú en los diferentes temas de la agenda de negociación, contribuyendo a que los acuerdos, decisiones y resultados alcanzados en el ámbito internacional sean concordantes con las prioridades nacionales y coadyuven al fortalecimiento de los procesos e iniciativas que el país viene implementando en materia de cambio climático; (ii) contribuir al establecimiento de posiciones comunes en los principales temas de negociación más relevantes, como mitigación, adaptación y financiamiento climático, facilitando un camino más productivo hacia la COP 32 y fortaleciendo la participación del Perú en el escenario internacional; (iii) visibilizar el liderazgo del Perú en materia de acción climática, destacando los avances del país en la implementación de sus Contribuciones Nacionalmente Determinadas (NDC) y las iniciativas desarrolladas en materia de financiamiento climático; (iv) promover los avances que viene realizando el país en materia de financiamiento climático y desarrollo del mercado de carbono, en el marco del cumplimiento de las NDC y en concordancia con las discusiones y tendencias del ámbito internacional; y (v) dar a conocer los avances en el desarrollo del marco normativo nacional relacionado con los mercados voluntarios de carbono, los enfoques cooperativos y la implementación del artículo 6 del Acuerdo de París;
Que, por lo expuesto, resulta de interés nacional autorizar el viaje del señor VLADIMIRO HUAROC PORTOCARRERO, Ministro de Estado en el Despacho del Ambiente, a la ciudad de Antalya, República de Turquía, para participar en el citado evento;
Que, los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos serán asumidos por el Fondo de Promoción de las Áreas Naturales Protegidas del Perú - PROFONANPE; por lo que la participación del Ministro de Estado en el Despacho del Ambiente en el citado evento no irroga gasto al Tesoro Público;
Que, a partir de la ausencia del Titular y en tanto dure la misma, resulta necesario encargar el Despacho del Ambiente;
Que, de acuerdo a lo previsto en el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de Ministros se efectúa por Resolución Suprema, refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 127 de la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Legislativo Nº 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; y las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje del señor VLADIMIRO HUAROC PORTOCARRERO, Ministro de Estado en el Despacho del Ambiente, a la ciudad de Antalya, República de Turquía, del 14 al 21 de noviembre de 2026, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Suprema.
Artículo 2.- Encargar el Despacho del Ambiente a la señora MARITZA IVONNE CANALES MARTINEZ, Ministra de Estado en el Despacho de Desarrollo e Inclusión Social, en tanto dure la ausencia del Titular.
Artículo 3.- La presente Resolución Suprema no irroga gastos al Tesoro Público ni otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación.
Artículo 4.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
KEIKO SOFÍA FUJIMORI HIGUCHI
Presidenta de la República
LUIS FERNANDO GALARRETA VELARDE
Presidente del Consejo de Ministros
2572851-1