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Fecha de publicación: 07/11/2026
Derogan la Resolución Ministerial N° 305-2013-PCM que aprueba los “Lineamientos que definen las Intervenciones en materia de Inversión Pública en el marco de las Políticas de Modernización de la Gestión Pública y la Gestión del Riesgo de Desastres”

Aprueban el Protocolo “Evaluación de conocimientos en el procedimiento de obtención de nacionalidad peruana por naturalización”

RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA

N° 000314-2026-MIGRACIONES

Breña, 6 de noviembre del 2026

VISTOS:

El Memorando N° 003684-2026-OPP-MIGRACIONES de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 000017-2026-ECR-UMGC-MIGRACIONES y la Hoja de Elevación N° 000155-2026-UMGC-MIGRACIONES de la Unidad de Modernización y Gestión de la Calidad de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; el Memorando N° 003268-2026-DGTFM-MIGRACIONES de la Dirección de Gestión Técnica y Fiscalización Migratoria, el Informe N° 001088-2026-SGTM-MIGRACIONES de la Subdirección de Gestión Técnica Migratoria; y el Informe N° 000514-2026-OAJ-MIGRACIONES, de la Oficina de Asesoría Jurídica y;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto Legislativo N° 1130 se crea la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES, como Organismo Técnico Especializado adscrito al Ministerio del Interior, con personería jurídica de derecho público interno, así como autonomía administrativa, funcional y económica en el ejercicio de sus atribuciones;

Que, a través de la Resolución de Superintendencia N° 000031-2025-MIGRACIONES se aprobó la actualización del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones – MIGRACIONES;

Que, el artículo 3 de la Ley Nº 26574, Ley de Nacionalidad, establece los requisitos para obtener la nacionalidad peruana por naturalización. Por su parte, los artículos 9 y 10 de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-97-IN, establecen, entre otros requisitos, la aprobación del examen y regulan la evaluación del solicitante por la Comisión de Evaluación, previa declaración de expedito por la Subdirección de Gestión Técnica Migratoria;

Que, mediante la Directiva N° E02.OPP.DI.001 - “Lineamientos para la Gestión de la Información Documentada”, Versión 04, aprobada por Resolución de Superintendencia N° 000085-2026-MIGRACIONES, en concordancia con el Procedimiento N° E02.OPP.PR.001 - “Gestión de la Información Documentada”, se establecen las disposiciones técnicas, el procedimiento de aprobación y la estructura formal aplicable a los documentos normativos de la entidad;

Que, conforme al artículo 73 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de MIGRACIONES, la Dirección de Gestión Técnica y Fiscalización Migratoria es responsable de normar y coordinar la supervisión de las actividades de nacionalización, inmigración y fiscalización migratoria. A su vez, la Subdirección de Gestión Técnica Migratoria, como unidad orgánica dependiente de dicha Dirección, es competente para formular y proponer lineamientos en materia de nacionalización e inmigración, evaluar los procedimientos de nacionalización por naturalización, por opción y por acuerdos internacionales de los que el Perú es parte, así como conducir, canalizar y evaluar los procedimientos de nacionalidad peruana tramitados a través de las Jefaturas Zonales, conforme a los artículos 76 y 77 del citado Reglamento;

Que, bajo dicho marco normativo y en el ámbito de las competencias antes señaladas, mediante Memorando N° 003268-2026-DGTFM-MIGRACIONES, la Dirección de Gestión Técnica y Fiscalización Migratoria remitió el Informe N° 001088-2026-SGTM-MIGRACIONES elaborado por la Subdirección de Gestión Técnica Migratoria, mediante el cual se sustenta y propone la aprobación del Protocolo “Evaluación de conocimientos en el procedimiento de obtención de nacionalidad peruana por naturalización”, con código M03.DGTFM.PTL.001, cuyo objeto es establecer los lineamientos para la evaluación de conocimientos que deben rendir las personas extranjeras residentes en el país, declaradas expeditas, como parte del procedimiento de obtención de la nacionalidad peruana por naturalización;

Que, mediante Memorando Nº 003684-2026-OPP-MIGRACIONES la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, en atención al Informe Nº 000017-2026-ECR-UMGC-MIGRACIONES y a la Hoja de Elevación Nº 000155-2026-UMGC-MIGRACIONES, emitidos por la Unidad de Modernización y Gestión de la Calidad, otorga viabilidad a la propuesta del Protocolo “Evaluación de conocimientos en el procedimiento de obtención de nacionalidad peruana por naturalización” con código M03.DGTFM.PTL.001, al verificar que ha sido elaborado conforme a las disposiciones establecidas en la Directiva N° E02.OPP.DI.001-Lineamientos para la gestión de la Información Documentada, y en el Procedimiento E02.OPP.PR.001-Gestión de la Información Documentada;

Que, en atención a la documentación remitida por la Dirección de Gestión Técnica y Fiscalización Migratoria y la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, mediante Informe N° 000514-2026-OAJ-MIGRACIONES, la Oficina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto de la aprobación del Protocolo “Evaluación de conocimientos en el procedimiento de obtención de la nacionalidad peruana por naturalización”, con código M03.DGTFM.PTL.001, al encontrarse debidamente sustentado en las competencias de la entidad y constituir un instrumento necesario para establecer criterios uniformes en la evaluación de conocimientos exigida en el procedimiento de obtención de la nacionalidad peruana por naturalización;

Que, el artículo 13 del Decreto Legislativo N° 1130, establece que el Superintendente Nacional es la máxima autoridad ejecutiva de la entidad, y conforme al inciso h) del artículo 15 de la misma norma, tiene la facultad de emitir directivas y resoluciones en el ámbito de su competencia; asimismo, el inciso i) del artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de Migraciones, señala que, como parte de las funciones del Superintendente Nacional, el emitir Resoluciones de Superintendencia, en el ámbito de su competencia;

Con el visado de la Gerencia General, de la Dirección de Gestión Técnica y Fiscalización Migratoria, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina de Asesoría Jurídica, y;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1130, que crea la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES; y el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia Nacional de Migraciones, publicado a través de la Resolución de Superintendencia N° 000031-2025-MIGRACIONES.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar el Protocolo “Evaluación de conocimientos en el procedimiento de obtención de nacionalidad peruana por naturalización”, con código M03.DGTFM.PTL.001, que en anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Disponer que la presente Resolución sea publicada en el Diario Oficial El Peruano, así como encargar a la Unidad de Imagen y Comunicación efectúe la publicación de la presente Resolución y su Anexo en el Portal Institucional de la Superintendencia Nacional de Migraciones - MIGRACIONES (www.gob.pe/migraciones) y en el Portal de Transparencia Estándar.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS FARES YUNIS HERRERA

Superintendente

2572765-1