Designan y acreditan a Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Provincial del Callao
RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA
N° 266-2026-ALC/MPC
Callao, 4 de noviembre de 2026
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DEL CALLAO
VISTO:
El Memorando N° 733-2026-MPC-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe N° 2666-2026-MPC-GAT/SGRC y el Memorando N° 2402-2026-MPC-GAT/SGRC de la Subgerencia de Recaudación, el Memorando N° 1137-2026-MPC/OGAF-ORH y el Informe N° 1879-2026-MPC/OGAF-ORH de la Oficina de Recursos Humanos, el Memorando N° 1346-2026-MPC/SGCM de la Secretaría General del Concejo Municipal y el Memorando N° 403-2026-MPC/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme lo establece el artículo 194 de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, Ley de Reforma Constitucional, en concordancia el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, las Municipalidades Provinciales y Distritales son órganos de Gobierno Local que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia;
Que, el artículo 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades, establece que la Alcaldía es el órgano ejecutivo de Gobierno Local y el Alcalde es el representante legal de la municipalidad y su máxima autoridad administrativa;
Que, el artículo 3 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2008-JUS, refiere que: “El Ejecutor Coactivo es el titular del Procedimiento y ejerce, a nombre de la Entidad, las acciones de coerción para el cumplimiento de la Obligación, de acuerdo a lo establecido en esta Ley (…).”; aunado a ello, el numeral 7.1 del artículo 7 del T.U.O. de la precitada ley establece que: “La designación del Ejecutor como la del Auxiliar se efectuará mediante concurso público de méritos”, y en su numeral 7.2. señala que: “Tanto el Ejecutor como el Auxiliar ingresarán como funcionarios de la Entidad a la cual representan y ejercerán su cargo a tiempo completo y dedicación exclusiva”;
Que, el artículo 1 de la Ley N° 27204, refiere que el Ejecutor y el Auxiliar Coactivo son funcionarios nombrados o contratados, según el régimen laboral de la Entidad a la cual representan, y su designación, en los términos señalados en el Artículo 7 de la Ley N° 26979, Ley de Procedimiento de Ejecución Coactiva, no implica que dichos cargos sean de confianza;
Que, el Decreto Legislativo N° 1057 que regula el Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo N° 075-2008-PCM y modificatorias, establecen reglas de ingreso al Régimen Especial de Contratación Administrativa de Servicios - CAS, para garantizar los principios de mérito, capacidad, igualdad de oportunidades de la administración pública, disponiendo que el acceso a dicho régimen se realiza a través de concurso público;
Que, mediante Memorando N° 2402-2026-MPC-GAT/SGRC de fecha 30 de octubre de 2026, la Subgerencia de Recaudación señala que en atención al Contrato Administrativo de Servicio N° 377-2026-MPC, es necesario designar y acreditar como Auxiliar Coactivo a la Sra. ESTEFFANY DAYANE CEPPI CORDOVA;
Que, mediante Informe N° 1879-2026-MPC/OGAF-ORH de fecha 02 de noviembre de 2026, la Oficina de Recursos Humanos, emite opinión técnica favorable para la designación y acreditación de la Auxiliar Coactivo que resultó ganadora del proceso de selección CAS transitorio N° 377-2026-MPC, la Sra. ESTEFFANY DAYANE CEPPI CORDOVA, quien suscribió su respectivo Contrato CAS e inició sus labores a partir del 01 de noviembre de 2026;
Que, mediante Informe N° 403-2026-MPC/OGAJ de fecha 04 de noviembre de 2026, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para la designación y acreditación de la Sra. ESTEFFANY DAYANE CEPPI CORDOVA, en el cargo de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Provincial del Callao, debiendo realizarse dicha acreditación mediante Resolución de Alcaldía;
Estando a lo expuesto, en ejercicio de la atribución establecida en el artículo 20 inciso 6 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y con el visado de la Gerencia Municipal, la Oficina General de Asesoría Jurídica y la Oficina de Recursos Humanos;
RESUELVE:
Artículo 1.- DESIGNAR y ACREDITAR a la Sra. ESTEFFANY DAYANE CEPPI CORDOVA, a partir del 01 de noviembre de 2026, en el cargo de Auxiliar Coactivo de la Municipalidad Provincial del Callao, bajo el régimen laboral del Decreto Legislativo N° 1057, quien ejercerá sus funciones de acuerdo con las facultades que otorga la ley específica de la materia.
Artículo 2.- ENCARGAR a la Secretaría General del Concejo Municipal, la notificación de la presente Resolución a la interesada y a las unidades orgánicas competentes para los fines correspondientes; así como su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Artículo 3.- ENCARGAR a la Oficina General de Tecnología de la Información y Telecomunicación, la publicación de la presente Resolución en el Portal Web Institucional.
Regístrese y comuníquese.
CÉSAR PÉREZ BARRIGA
Alcalde
2572696-1