Aprueban el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) de la Universidad Nacional Autónoma del Distrito de San Marcos
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA
DEL DISTRITO DE SAN MARCOS
Resolución de Comisión Organizadora
N° 070-2026/UNADISAM-CO
San Marcos, 5 de noviembre de 2026
VISTO:
El Informe N° 00157-2026/UNADISAM/DGA/URH, de fecha 22 de setiembre de 2026; el Informe N° 00168-2026/UNADISAM/DGA/URH de fecha 24 de setiembre de 2026; el Informe Técnico N° 0005-2026/UNADISAM/DGA, de fecha 24 de setiembre de 2026; el Informe Técnico N° 000020-2026/UNADISAM-OPP, de fecha 25 de setiembre de 2026; el Informe N° 00198-2026/UNADISAM/DGA/URH, de fecha 26 de octubre de 2026; el Informe Técnico N° 0010-2026/UNADISAM/DGA, de fecha 26 de octubre de 2026; el Memorándum N° 000416-2026/UNADISAM-P, de fecha 26 de octubre de 2026, el Informe Legal N° 045-2026-UNADISAM/OAJ, de fecha 28 de octubre de 2026; el Acta de Sesión Ordinaria N° 036-2026, de fecha 05 de noviembre de 2026; el Memorándum N° 000433-2026/UNADISAM-P, de fecha 05 de noviembre de 2026, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme al cuarto párrafo del artículo 18° de la Constitución Política del Estado, concordante con el artículo 8° de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, así como con el Artículo 9° del Estatuto de la Universidad Nacional Autónoma del Distrito de San Marcos, el Estado reconoce la autonomía Universitaria en su régimen normativo, de gobierno, académico, investigación, administrative y económico;
Que, el artículo 29° de la Ley N° 30220 - Ley Universitaria, establece que: “La comisión Organizadora tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno, de acuerdo a la citada Ley”;
Que, el numeral 5.2 de la Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, de fecha 27 de julio de 2021, modificado por la Resolución por la Resolución Viceministerial N° 055-2022-MINEDU, la Resolución Viceministerial N° 053-2023-MINEDU, y Resolución Viceministerial N° 0077-2025-MINEDU, establece que, la Comisión Organizadora tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como, la conducción y dirección de la universidad hasta la constitución de los órganos de gobierno;
Que, el Señor Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma del Distrito de San Marcos, es el personero y representante legal de la Universidad conforme a lo dispuesto por la Ley Universitaria N° 30220, tiene a su cargo y dedicación exclusiva la dirección, conducción y gestión del gobierno universitario en todos sus ámbitos;
Que, la Ley N° 31419, Ley que Establece Disposiciones para Garantizar la Idoneidad en el Acceso y Ejercicio de la Función Pública de Funcionarios y Directivos de Libre Designación y Remoción, se establecen los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a los cargos de funcionarios y directivos públicos de libre designación y remoción, con el fin de garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de su función; asimismo, el numeral 2.1 del artículo 2º del Reglamento de la Ley N° 31419, aprobado mediante Decreto Supremo N° 053-2022-PCM, señala que las Oficinas de Recursos Humanos, o las que hagan sus veces en las entidades públicas, son responsables de verificar el cumplimiento de los requisitos mínimos para el acceso a cargos o puestos de funcionarios/as y directivos/as públicos/as de libre designación y remoción;
Que, con la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000150-2021-SERVIR-PE, se formaliza la aprobación de la Directiva N° 006-2021-SERVIR-GDSRH “Elaboración del Manual de Clasificador de Cargos y del Cuadro para Asignación de Personal Provisional”, la misma que contiene, entre otras, las reglas que permitan a las entidades públicas, elaborar, aprobar, modificar y actualizar su Manual de Clasificador de Cargos (MCC);
Que, al respecto, el literal c) del numeral 5.1 de la citada Directiva, define que el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) es el documento de gestión institucional en el que se describen, de manera ordenada, todos los cargos de la entidad, estableciendo su denominación, clasificación, funciones y requisitos mínimos para el ejercicio de las funciones y cumplimiento de objetivos de la entidad;
Que, conforme al numeral 6.1.7 de la misma Directiva, la propuesta del Manual de Clasificador de Cargos (MCC) debe ser elevada por la Oficina de Recursos Humanos al titular de la entidad tras contar con la opinión favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, correspondiendo su aprobación y posterior publicación oficial en los portales institucionales o medios correspondientes;
Que, mediante la Ley N° 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, faculta a las entidades, regular sus procesos para la obtención de mayores niveles de eficiencia a fin de brindar una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de recursos públicos;
Que, mediante el numeral 1.2.1 del artículo 1 del Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2026-JUS, prescribe que: “Los actos de administración interna de las entidades destinados o hacer funcionar sus propias actividades o servicios. Estos actos son reguilados por cada entidad, con sujeción a las disposiciones del Título Preliminar de esta Ley y de aquellas normas que expresamente así lo establezcan”; conforme a este dispositivo legal, la Universidad Nacional Autónoma del Distrito de San Marcos posee la facultad de aprobar, modificar o derogar sus normas internas que garantizan el buen funcionamiento de sus actividades institucionales;
Que, de igual forma, mediante literal 1.1 del numeral 1 del artículo IV del Título Preliminar del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, referente al Principio de Legalidad, establece que: “Las autoridades administrativas deben actuar con respeto a la Constitución, a la ley y al derecho, dentro de las facultades que le estén atribuidas y de acuerdo con los fines para los que les fueron conferidas”;
Que, mediante numeral 62.3 del artículo 62 del mismo cuerpo normativo señala: “Cada entidad es competente para realizar tareas en materias necesarias para el eficiente cumplimiento de su misión y objetivos”;
Que, en esa línea, mediante los Informes N° 00157-2026/UNADISAM/DGA/URH de fecha 22 de setiembre de 2026 y N° 00168-2026/UNADISAM/DGA/URH de fecha 24 de setiembre de 2026, el Jefe de la Unidad de Recursos Humanos, señala lo siguiente: “[…] Revisión por SERVIR: (…), ha efectuado la revisión integral de las fichas de cargo y la estructura posicional propuesta, validando técnicamente la denominación, clasificación (funcionario Público - FP, Empleado de Confianza - EC Directivo Superior - SP-SD, Ejecutivo - SP-EJ, Especialista - SP-ES y Apoyo - SP-AP), así como los requisitos mínimos de experiencia y formación adatados a la Ley N° 31419 y normativa universitaria”;
Que, a través del Informe Técnico N° 0005-2026/UNADISAM/DGA, de fecha 24 de setiembre de 2026, la Dirección General de Administración, concluye en lo siguiente:
“[…]
3.1. El Manual de Clasificador de Cargos (MCC) fue remitido a SERVIR para su revisión y evaluación técnica.
3.2. Como resultado de dicha evaluación, SERVIR comunicó mediante correo electrónico que el MCC se encontrarla apto para ser aprobado a través de la Comisión Organizadora.
3.3. En atención a lo comunicado por SERVIR, corresponde continuar con el trámite interno de revisión y aprobación del Manual de Clasificador de Cargos.
[…]”.
Que, con el Informe Técnico N° 000020-2026/UNADISAM-OPP, de fecha 25 de setiembre de 2026, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, emite opinión técnica favorable para la aprobación del Manual de Clasificador de Cargos de la Universidad Nacional Autónoma del Distrito de San Marcos, dado que los cargos establecidos en la propuesta, están alineados con los órganos y unidades orgánicas establecidos en el Reglamento de Organización y Funciones de nuestra universidad;
Que, posteriormente mediante el Informe N° 00198-2026/UNADISAM/DGA/URH, de fecha 26 de octubre de 2026, el Jefe de la Unidad de Recursos Humanos, concluye, entre otros, que el expediente del Manual de Clasificador de Cargos (MCC) de la UNADISAM cuenta con la revisión del ente rector SERVIR y la conformidad técnica formal de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto (OPP), hallándose complemente habilitado en el aspecto administrativo-funcional;
Que, en ese sentido, con Informe Técnico N° 0010-2026/UNADISAM/DGA, de fecha 26 de octubre de 2026, la Dirección General de Administración, concluye en lo siguiente:
“[…]
4.1. La Unidad de Recursos Humanos, mediante Informe N° 00198-2026/UNADISAM/DGA/URH, ha remitido el expediente técnico integrado de la propuesta del Manual de Clasificador de Cargos de la UNADISAM para continuar con el procedimiento de evaluación y aprobación institucional.
4.2. El expediente cuenta con opinión técnica favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, emitida mediante Informe Técnico N° 020-2026/UNADISAM/OPP, respecto de la correspondencia de los cargos estructurales propuestos con el ROF vigente de la Universidad.
4.3. En atención a que la evaluación técnica de la OPP ya ha sido efectuada, corresponde continuar con la evaluación legal de la propuesta del MCC por parte de la Oficina de Asesoría Jurídica, sin perjuicio de las verificaciones adicionales que resulten necesarias en el marco de sus competencias.
[…]”.
Que, mediante el Informe Legal N° 045-2026-
UNADISAM/OAJ, de fecha 28 de octubre de 2026, el Jefe de la Oficina de Asesoría Jurídica, concluye emitiendo OPINION LEGAL PROCEDENTE para la aprobación del Manual de Clasificador de Cargos (MCC) de la Universidad Nacional Autónoma del Distrito de San Marcos, presentado por el Jefe de la Unidad de Recursos Humanos a través de la Dirección General de Administración;
Que, a través del Memorándum N° 000430-2026/UNADISAM-P de fecha 04 de noviembre de 2026, el Presidente de la Comisión Organizadora dispone se agende en sesión de Comisión Organizadora la aprobación del Manual de Clasificador de Cargos (MCC) de la Universidad Nacional Autónoma del Distrito de San Marcos;
Que, mediante el Acta de Sesión Ordinaria N° 035-2026 de fecha 05 de noviembre de 2026, el pleno de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Autónoma del Distrito de San Marcos, acordó: APROBAR el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) de nuestra Entidad, presentado por el Jefe de la Unidad de Recursos Humanos a través de la Dirección General de Administración, el mismo que se encuentra contenido en ciento seis (106) folios;
Que, a través del Memorándum N° 000433-2026/UNADISAM-PCO de fecha 05 de noviembre de 2026, el Presidente de la Comisión Organizadora solicita, entre otros, la emisión de la Resolución de Comisión Organizadora que apruebe el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) de la Universidad Nacional Autónoma del Distrito de San Marcos;
En uso de las facultades y atribuciones conferidas por el artículo 18°, de la Constitución Política del Perú, la Ley N° 30220 - Ley Universitaria: “Disposiciones para la Constitución y Funcionamiento de las Comisiones Organizadoras de la Universidades Públicas en Proceso de Constitución”, aprobada mediante Resolución Viceministerial N° 244-2021-MINEDU, modificada con Resolución Viceministerial N° 055-2022-MINEDU, la Resolución Viceministerial N° 053-2023-MINEDU, y Resolución Viceministerial N° 077-2025-MINEDU, el Estatuto de la Universidad Nacional Autónoma del Distrito de San Marcos, y; conforme a las atribuciones conferidas mediante Resolución Viceministerial N° 135-2026-MINEDU, de fecha 16 de julio de 2026;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- APROBAR, el Manual de Clasificador de Cargos (MCC) de la Universidad Nacional Autónoma del Distrito de San Marcos, en ciento seis (106) folios, el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo Segundo.- DISPONER, que la Unidad de Recursos Humanos, cumpla con realizar la difusión de lo aprobado en el artículo primero de la presente Resolución.
Artículo Tercero.- AUTORIZAR al Secretario General efectuar las acciones que correspondan para la publicación en el Diario Oficial “El Peruano” de la presente Resolución.
Artículo Cuarto.- DISPONER, que se publique solo la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; y ENCARGAR a la Oficina de Tecnologías de la Información, la publicación del presente acto resolutivo con el respectivo Manual de Clasificador de Cargos (MCC) en el Portal de Transparencia Estándar de la Universidad Nacional Autónoma del Distrito de San Marcos y en el portal web institucional (www.unadisam.edu.pe), el mismo día de su publicación en el diario Oficial El Peruano.
Artículo Quinto.- NOTIFICAR la presente resolución a los Órganos y Unidades Orgánicas de la Universidad, para conocimiento, fines y cumplimiento.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
JORGE LÁZARO FRANCO MEDINA
Presidente de la Comisión Organizadora - UNADISAM
YERSON VICTORIO CRUZ
Secretario General - UNADISAM
2572676-1