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Fecha de publicación: 08/11/2026
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Otorgan subvención económica a estudiante de la Universidad Nacional del Centro del Perú para participar en intercambio estudiantil en la Universidad de Antofagasta - Chile

UNIVERSIDAD NACIONAL

DEL CENTRO DEL PERÚ

RESOLUCIÓN N° 5445-CU-2026

Huancayo, 27 de octubre de 2026

EL CONSEJO UNIVERSITARIO DE LA UNIVERSIDAD

NACIONAL DEL CENTRO DEL PERÚ

Visto, el Oficio N° 541-2026-DFE-UNCP de fecha 15 de setiembre de 2026, a través del cual el Decano de la Facultad de Educación solicita el otorgamiento de la subvención económica por motivo de intercambio estudiantil internacional a favor de la estudiante Jhocelyn Bianca Tarazona Jamjachi.

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 18° de la Constitución Política del Perú establece en su cuarto párrafo que: “Cada universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico. Las universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las leyes”;

Que, conforme al artículo 8° de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, el Estado reconoce la autonomía inherente a las universidades, la cual se ejerce de conformidad con la Constitución y la normativa aplicable, manifestándose específicamente en los regímenes normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico;

Que, el artículo 127° de la Ley N° 30220, señala: “En las universidades públicas se puede establecer programas de ayuda para que sus estudiantes puedan cumplir con sus tareas formativas en las mejores condiciones; procurando apoyo en alimentación, materiales de estudio e investigación y otros”;

Que, el numeral 76.1 del artículo 76° de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, señala: “Se autoriza, excepcionalmente, durante el Año Fiscal 2026, a las universidades públicas, con cargo a los recursos de su presupuesto institucional por toda fuente de financiamiento, para otorgar subvenciones económicas a favor de graduados y estudiantes de pregrado para el financiamiento de actividades académicas y de investigación formativa, a través de pasantías, participación en congresos, intercambios estudiantiles nacionales e internacionales, entre otros tipos de movilidad estudiantil; así como concursos de investigación e innovación, entre otros fines, vinculados a lo señalado en el artículo 48° de la Ley N° 30220, Ley Universitaria (…)”;

Que, mediante Resolución Viceministerial N° 017-2026-MINEDU, se aprueban los “Lineamientos aplicables para el otorgamiento de subvenciones económicas a graduados y estudiantes de pregrado de las universidades públicas, en el marco del artículo 76° de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026;

Que, a través de la Resolución N° 5188-CU-2026 de fecha 29 de mayo de 2026 se resolvió: “APROBAR el Reglamento General para el otorgamiento de subvenciones económicas para estudiantes de pregrado y graduados 2026, y Directiva N° 001-2026-UNCP/IINV, Directiva para el otorgamiento de subvención económica para el desarrollo de proyectos de investigación (…)”;

Que, con Resolución N° 5055-CU-2025, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) para el Año Fiscal 2026, en el cual se programó el presupuesto destinado a subvenciones económicas para estudiantes en temas académicos, en cumplimiento del artículo 76° de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026;

Que, en sesión ordinaria de fecha 12 de agosto de 2026, el Consejo de la Facultad de Educación aprobó por unanimidad la autorización de la subvención económica para que la estudiante de la Escuela Profesional de Educación Inicial realice su intercambio estudiantil internacional en la Universidad de Antofagasta, Chile;

Que, mediante Oficio N° 912-2026-OCRI-UNCP de fecha 25 de setiembre de 2026, la Jefatura de la Oficina de Cooperación y Relaciones Internacionales informó la conformidad de la aceptación virtual de la estudiante Jhocelyn Bianca Tarazona Jamjachi por parte de la Universidad de Antofagasta, Chile, para cursar el segundo semestre de 2026 en la carrera de Pedagogía en Educación Parvularia Mención Necesidades Educativas Especiales, desde el 24 de agosto hasta el 30 de diciembre de 2026;

Que, de la revisión del historial académico, boletas de notas y la Constancia de Orden de Mérito expedida por el Decanato de la Facultad de Educación, se evidencia que la estudiante cumple plenamente de modo ordinario con los requisitos de excelencia académica exigidos por la normativa, al registrar la condición de Quinto Superior y Tercio Superior de manera sostenida e invicta durante todos los semestres previos a su postulación, acreditando asimismo su condición de bajos recursos mediante el Informe Socioeconómico N° 022-2026 de la Dirección de Bienestar Universitario;

Que, a través del Oficio N° 1357-2026-UPRES/UNCP de fecha 30 de setiembre de 2026, la Jefatura de la Unidad de Presupuesto otorgó la disponibilidad presupuestal correspondiente por el monto de S/. 12,180.00 en el Rubro 00, Meta 11, Clasificador 2.5.31.11, para financiar los conceptos de pasajes terrestres y aéreos, hospedaje, alimentación, movilidad local y gastos académicos a favor de la citada estudiante;

Que, con Proveído N° 01830-2026-UNCP-VRAC de fecha 07 de octubre de 2026, el Vicerrectorado Académico remitió los actuados al Consejo Universitario con la finalidad de que se expida el acto administrativo de otorgamiento correspondiente;

Que, conforme al numeral 17.1 del artículo 17° del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2026-JUS, se faculta a la autoridad a disponer la eficacia anticipada de los actos administrativos siempre que resulte más favorable al administrado, no lesione derechos de terceros y preexista el supuesto de hecho justificativo, el cual se configura con el inicio de las actividades académicas internacionales el 24 de agosto de 2026;

De conformidad a las atribuciones conferidas por los dispositivos legales vigentes, al acuerdo de Consejo Universitario en sesión extraordinaria del 27 de octubre de 2026 y a lo remitido mediante Dictamen N° 04864-2026-R-UNCP;

RESUELVE:

1°.- OTORGAR con eficacia anticipada al 24 de agosto de 2026, la subvención económica a favor de la estudiante JHOCELYN BIANCA TARAZONA JAMJACHI de la Facultad de Educación de la Universidad Nacional del Centro del Perú, para los gastos de pasajes terrestres, aéreos, hospedaje, alimentación, movilidad local y gastos académicos, para su participación en el intercambio estudiantil internacional en la Universidad de Antofagasta - Chile, de conformidad al siguiente detalle presupuestal:

RUBRO

META

ACTIVIDAD

GASTOS

AUTORIZADOS

CLASIFICADOR

MONTO EN S/.

RO -

RUBRO

00

11

SUBVENCIÓN ECONOMICA PARA LA ESTUDIANTE JHOCELYN BIANCA TARAZONA JAMJACHI

PASAJES TERRESTRES Y AÉREOS, HOSPEDAJE, ALIMENTACIÓN, MOVILIDAD LOCAL Y GASTOS ACADEMICOS

2.5.31.11

12,180.00

TOTAL

12,180.00

2°.- DISPONER que la rendición de gastos será canalizada por la Sub unidad de Tesorería, para tal efecto dicha rendición deberá ser sustentada con comprobantes de pago autorizados.

3°.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente resolución a la Dirección General de Administración, a través de las oficinas y unidades correspondientes.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

CÉSAR PAUL ORTIZ JAHN

Rector (e)

JOHANI ORIHUELA OSORIO

Secretaria General

2572155-1