Aprueban modificación de la Ficha del “Servicio N° 5: Programa Comercial para Empresas Turísticas”, versión 9, de la Carta de Servicios de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ
Resolución de Gerencia General
N° 000187-2026-PROMPERU/GG
San Isidro, 4 de noviembre del 2026
VISTOS: El Informe N° 000042-2024-PROMPERU/DT-SIT y el Memorando N° 000328-2026-PROMPERU/DT-SIT de la Subdirección de Inteligencia y Prospectiva Turística de la Dirección de Promoción del Turismo; los Memorandos N° 001003-2026-PROMPERU/DT y N° 001507-2026-PROMPERU/DT de la Dirección de Promoción del Turismo; los Memorandos N° 000351-2026-PROMPERU/GG-OPP y N° 000375-2026-PROMPERU/GG-OPP de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; los Informes Técnicos N° 000024-2026-PROMPERU/GG-OPP-UDOM y N° 000026-2026-PROMPERU/GG-OPP-UDOM de la Unidad de Desarrollo Organizacional y Modernización de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; y, el Informe N° 000540-2026-PROMPERU/GG-OAJ de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, según el artículo 2 de la Ley N° 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, esta entidad es competente para formular, aprobar, ejecutar y evaluar estrategias y planes de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones, de conformidad con las políticas, estrategias y objetivos sectoriales;
Que, asimismo, el literal b) del artículo 13 de la Ley N° 30075, Ley de Fortalecimiento de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, establece que son recursos de Promperú los ingresos que provengan de la venta de bienes y prestación de servicios en el ámbito de sus funciones, que realiza con el fin exclusivo de recuperar el gasto o la inversión efectuada;
Que, el numeral 37.4 del artículo 37 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2026-JUS, señala que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades, a través de Resolución del Titular de la entidad establecen la denominación, la descripción clara y taxativa de los requisitos y sus respectivos costos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal;
Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 088-2001-PCM, que establece disposiciones aplicables a las entidades del sector público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, dispone que el Titular de la entidad mediante Resolución establece la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización por parte de la entidad, las condiciones y limitaciones para su comercialización si las hubiere, el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago; asimismo, precisa que toda modificación a dicha Resolución debe aprobarse por Resolución del Titular y publicarse en el Diario Oficial “El Peruano”;
Que, mediante Resolución de Secretaría General N° 178-2015- PROMPERU/SG y modificatorias, se aprueba la Carta de Servicios de PROMPERÚ, como documento de gestión que contiene la descripción de los servicios no exclusivos brindados por PROMPERÚ, así como las condiciones y limitaciones para su prestación, incluyendo el precio de venta y descuentos en los servicios que corresponden;
Que, mediante Informe N° 000042-2026-PROMPERU/DT-SIT, la Subdirección de Inteligencia y Prospectiva Turística, con la conformidad de la Dirección de Promoción del Turismo, propone y emite sustento técnico para la modificación de la Ficha del “Servicio N° 5: Programa Comercial para Empresas Turísticas” de la Dirección de Promoción del Turismo en la Carta de Servicios de PROMPERÚ;
Que, según el literal a) del artículo 25 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERU/PE, corresponde a la Unidad de Desarrollo Organizacional y Modernización, formular y actualizar, entre otros, la Carta de Servicios, en coordinación con los órganos y unidades orgánicas de la entidad y proponer el documento a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto;
Que, a través del Informe Técnico N° 000024-2026-
PROMPERU/GG-OPP-UDOM, complementado con el Informe Técnico N° 000026-2026-PROMPERU/GG-OPP-UDOM, la Unidad de Desarrollo Organizacional y Modernización de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto evalúa y emite opinión favorable respecto a la propuesta realizada por la Subdirección de Inteligencia y Prospectiva Turística de la Dirección de Promoción del Turismo; y, en consecuencia, recomienda aprobar la modificación de la Ficha del “Servicio N° 5: Programa Comercial para Empresas Turísticas”, versión 9, de la Carta de Servicios de PROMPERÚ;
Que, con Informe N° 000540-2026-PROMPERU/GG-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica señala que resulta viable la emisión del acto resolutivo, a fin de aprobar la modificación de la Ficha del “Servicio N° 5: Programa Comercial para Empresas Turísticas”, versión 9, de la Carta de Servicios de PROMPERÚ;
Que, mediante el literal b) del numeral 1.2. del artículo 1 de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000001-2026-PROMPERU/PE, se delega en el Gerente General la facultad de aprobar las directivas, manuales, políticas internas, procedimientos, incluyendo la Carta de Servicios de la Entidad, sus modificatorias, y otros documentos necesarios para la gestión institucional;
Con el visto bueno de la Subdirección de Inteligencia y Prospectiva Turística, de la Dirección de Promoción del Turismo, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, de la Unidad de Desarrollo Organizacional y Modernización, y de la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2026-JUS; el Decreto Supremo N° 088-2001-PCM, que establece disposiciones aplicables a las entidades del sector público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes; la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERU/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ; y la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000139-2026-PROMPERU/PE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar la modificación de la Ficha del “Servicio N° 5: Programa Comercial para Empresas Turísticas”, versión 9, de la Carta de Servicios de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, la misma que como Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2.- Disponer la publicación de la presente Resolución y su Anexo en la sede digital de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ (www.gob.pe/promperu), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ANA MAGDELYN CASTILLO ARANSAENZ
Gerente General
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Carta de Servicios de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ |
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Dirección de Promoción del Turismo |
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Servicio N° 5: Programa Comercial para Empresas Turísticas |
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1. Descripción: El Programa Comercial para Empresas Turísticas tiene por objetivo brindar a los participantes los fundamentos y herramientas para el adecuado desarrollo y ejecución de estrategias comerciales enfocadas en incrementar la rentabilidad de sus negocios y consta de dos fases. Está dirigido a las agencias de viaje y turismo, y establecimientos de hospedaje, que deseen fortalecer sus competencias en aspectos clave de su gestión comercial. Fase I del Programa Comercial El Programa cuenta con 11 contenidos educativos1, los cuales se encuentran detallados en la Estructura Curricular del Programa Comercial que se muestra adjunta al presente documento. Estas capacitaciones son desarrolladas en modalidad a distancia (sincrónica y asincrónica), excepcionalmente alguna (s) de ellas podrán ser realizadas en modalidad presencial en virtud a las actividades previstas en el Plan Operativo Institucional Anual vigente de PROMPERÚ. Las modalidades y condiciones para acceder al presente programa son las siguientes: a) Alumno Regular: La empresa podrá inscribirse únicamente en las capacitaciones de la Estructura Curricular del Programa Comercial que, de acuerdo con los resultados obtenidos de la aplicación del Test de Diagnóstico Empresarial señalado como requisito para la inscripción de la empresa en el programa, requiere llevarlas para fortalecer sus competencias. La empresa participante tiene derecho a: • Capacitaciones virtuales y/o presenciales según la cantidad de horas señaladas en la convocatoria (una vacante). • Portafolio de la capacitación (presentaciones, clases, casos prácticos, etc.). • Acceso al Aula Virtual de PROMPERÚ. • Constancia de aprobación de la capacitación. La nota de aprobación mínima es de once (11) sobre veinte (20) puntos. • Diploma de Reconocimiento del Programa Comercial, por haber culminado satisfactoriamente2 y cumplir con los requisitos establecidos en el presente documento. b) Alumno Libre: Dirigido a empresas que, habiendo aprobado la capacitación como parte de la aplicación del Test de Diagnóstico Empresarial, tienen interés en participar del Programa Comercial para actualizar sus conocimientos. El participante no estará obligado a realizar las evaluaciones que se realicen durante la capacitación, no obstante, en caso éste requiera la constancia, deberá aprobar las evaluaciones en mención. Esta modalidad se brinda en formato sincrónico y se abrirá únicamente en caso existan vacantes disponibles para la capacitación, priorizando la participación bajo la modalidad regular. La empresa participante tiene derecho a: • Capacitaciones a distancia según la cantidad de horas señaladas en la convocatoria (una vacante). • Portafolio de la capacitación (presentaciones, clases, casos prácticos, etc.). • Acceso al Aula Virtual de PROMPERÚ. |
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Las empresas que obtienen el Diploma de Reconocimiento por la participación en el Programa Comercial, forman parte de una Comunidad de empresas graduadas del Programa, liderada y fidelizada por PROMPERÚ, a través del cual podrán acceder a beneficios y primicias vinculados con otras iniciativas como “Y tú qué planes”, licenciatarios de la marca país y co-expositores de ferias internacionales, así como eventos virtuales y/o presenciales formativos que pueden ser exclusivos, como las pasantías nacionales e internacionales. Adicionalmente, las empresas participantes podrán recibir, de parte de PROMPERÚ, asesorías técnicas virtuales realizadas a través de la plataforma digital correspondiente, en temas vinculados al marketing, canales digitales, participación en ferias y ruedas de negocios nacionales e internacionales, desarrollo de páginas web, así como en otras materias de carácter comercial y procesos para la obtención de certificaciones internacionales de sostenibilidad, en concordancia con lo establecido en el Plan Operativo Institucional Anual vigente de la institución. Para acceder a este beneficio, PROMPERÚ realizará las convocatorias vía correo electrónico a las empresas que cumplan los requisitos establecidos para cada tipo de asesoría, a fin de coordinar por el mismo medio su participación. ▪ Pasantías nacionales e internacionales: Son viajes de estudios organizados por PROMPERÚ que tienen como objetivo fortalecer los conocimientos y capacidades de las empresas que culminaron el Programa Comercial para Empresas Turísticas y que permiten a las empresas conocer de primera mano las tendencias y mejores prácticas del sector turístico nacional o internacional, según corresponda; para tales efectos, se lleva a cabo la exploración de destinos turísticos relevantes, reuniones con instituciones y empresas exitosas y/o la participación en eventos internacionales relevantes (feria, summit, congreso u otro). Estas actividades deben estar establecidas en el Plan Operativo Institucional y se dan bajo las siguientes condiciones: - PROMPERÚ financia los costos de participación de la delegación peruana en la pasantía, los cuales comprenden los tickets de ingreso al evento, summit y/o feria y a los atractivos turísticos programados, así como los costos de las actividades y traslados contemplados en el itinerario oficial presentado por la entidad. Asimismo, se incluye el agendamiento de reuniones y el alquiler de espacios, cuando sea necesario para garantizar el correcto desarrollo logístico de la pasantía3. Adicionalmente, PROMPERÚ puede considerar el servicio de registro audiovisual con la finalidad de difundir la actividad y ampliar el alcance de las buenas prácticas identificadas durante la pasantía. - Por el contrario, PROMPERÚ no cubre los pasajes aéreos y/o terrestres internacionales, regionales y/o locales necesarios para arribar al destino sede del inicio de la pasantía ni para retornar al Perú o lugar de residencia a nivel nacional tras la finalización del itinerario. Tampoco se incluyen el alojamiento, la alimentación, los viáticos, los seguros de viaje, la bolsa de viaje ni otros gastos no contemplados en el párrafo anterior. Todos estos costos deben ser asumidos al 100% por cada empresa participante. - No obstante, PROMPERÚ puede asumir excepcionalmente los costos de almuerzos, cenas y/o alojamiento cuando la logística o modalidad específica de la pasantía así lo requiera, o cuando se trate del análisis de casos de éxito de modelos de negocio relacionados con estos rubros. En tales circunstancias, PROMPERÚ especifica claramente esta cobertura adicional en el itinerario oficial de la pasantía. - Puede participar un (01) representante por empresa graduada del Programa, que resida en el Perú y que sea alumno graduado del Programa4. - Las pasantías tienen cupos limitados y los requisitos de participación son publicados en la convocatoria de cada pasantía. La admisión de los participantes se realiza previa evaluación5 de la Subdirección de Inteligencia y Prospectiva Turística. |
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▪ Eventos de capacitación PROMPERÚ puede realizar eventos virtuales o presenciales que complementen el fortalecimiento de capacidades de las capacitaciones de la malla curricular del Programa, que generan espacios para aumentar la red de contactos e intercambiar experiencias entre los empresarios, promoviendo la difusión de buenas prácticas de gestión empresarial comercial y los resultados del Programa. Fase II del Programa Comercial Esta fase consiste en brindar asesoría y/o acompañamiento técnico especializado a las empresas que decidan iniciar un proceso de certificación internacional de sostenibilidad. Este acompañamiento estará enfocado en el levantamiento de evidencias, adecuación de procesos y preparación para auditorías externas. PROMPERÚ actúa como facilitador y articulador, no como certificador. Podrán participar las empresas que aprobaron el Test de Diagnóstico Empresarial (test de entrada) o culminaron satisfactoriamente la Fase I del Programa Comercial (es decir, hayan obtenido el Diploma de reconocimiento del Programa) que cuenten con gestión y oferta sostenible, además de manifestar el interés expreso y recursos para iniciar un proceso de certificación internacional. Las empresas participantes deben asumir el costo de la certificación internacional que seleccionen, considerando los canales pertinentes directos con la certificadora. Asimismo, PROMPERÚ podrá articular con instituciones públicas y/o privadas a nivel nacional e internacional, con el fin de gestionar beneficios para las empresas turísticas peruanas con certificadoras internacionales de sostenibilidad turística (tarifas preferenciales, procesos grupales, capacitaciones y/o acceso a posibles subvenciones externas o cooperación técnica). ▪ Asesorías técnicas Las empresas participantes del presente programa podrán recibir asistencia técnica virtual sobre el desarrollo de proyecto acreditable6 (fase I) y/o de preparación para la obtención de certificaciones internacionales de sostenibilidad (Fase II) y/o para mejorar su participación en ferias y/o ruedas de negocio internacionales y otras temáticas de índole comercial, de acuerdo al Plan Operativo Institucional Anual vigente de PROMPERÚ. PROMPERÚ establece el número de asesorías que recibirá la empresa, previa evaluación. Para ello, las empresas deben completar un formulario en línea (https://programacomercial.pe/) que incluye una carta de compromiso para acceder a las asesorías técnicas y cumplir con el cronograma agendado. Las empresas deben inscribir hasta dos (2) personas para recibir la asistencia técnica virtual7. Asimismo, podrá reagendar una (01) vez las asesorías programadas, con una anticipación de hasta 24 horas, vía correo electrónico. En el caso que la empresa no asista a una asesoría programada o acumule dos (2) tardanzas de quince (15) minutos o más en asistir a una asesoría técnica programada, perderá el derecho de gratuidad de este beneficio. Si quisiera continuar recibiendo asesorías, deberá realizar un pago por cada asesoría pendiente. 2. Alcance: El servicio se desarrolla a nivel nacional. 3. Unidad orgánica responsable de brindar el servicio: Subdirección de Inteligencia y Prospectiva Turística. |
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Requisitos |
Precio de venta |
Forma de pago |
Presentación de documentación |
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A. Para la inscripción de la empresa en el Programa Comercial (Fase Inicial): 1. Ser una agencia de viajes y turismo o un establecimiento de hospedaje, debidamente constituido en el Perú e inscrito en el Directorio Nacional de Prestadores de Servicios Turísticos Calificados. En el caso de establecimientos de hospedaje que hayan optado por no ostentar clase y categoría, tener Constancia de Cumplimiento de Requisitos Mínimos emitida por el órgano competente. 2. Contar con un mínimo de un (1) año de operación prestando servicios turísticos a nivel nacional, contabilizados a partir de la fecha de inicio de actividades registrada en la SUNAT. 3. No tener sanciones en el Registro "Mira a quién le compras" de INDECOPI, impuestas en los doce (12) últimos meses. 4. Haber completado debidamente el Test de Diagnóstico Empresarial (test de entrada), vía web dando clic aquí, y haber obtenido la condición de APTA8 para participar en el Programa. En caso la empresa apruebe el Test de Diagnóstico Empresarial y desee acceder a la fase II, deberá realizar el Test de Diagnóstico de Sostenibilidad Empresarial (https://forms.gle/Qua9hYQXYdJ39wXY9) y obtener la condición de APTO. 5. Solicitud de Inscripción en el Programa Comercial para Empresas Turísticas, debidamente completada y suscrita (firma digital9 o manuscrita, no se acepta el pegado de la imagen de una firma). (Aplica solo para las empresas que obtuvieron la condición de APTAS para participar en el Programa) 6. No tener adeudos en PROMPERÚ. B. Para la matrícula en una capacitación del Programa Comercial (Fase I): 1. Haber sido admitida la inscripción de la empresa en el Programa Comercial. 2. Haber completado el Formato de matrícula virtual, vía web dando clic aquí (Fase I). 3. Haber aprobado la capacitación prerrequisito de corresponder, según la Estructura Curricular del Programa Comercial. 4. Pago de derecho de matrícula en la capacitación, de corresponder. |
Gratuito S/ 75.00, por cada capacitación, sujeto a lograr su aprobación (Aplica solo a las empresas que perdieron la gratuidad). |
No aplica Único pago10: 100% del derecho de matrícula11. |
Presentación de la Solicitud de Inscripción en el Programa Comercial para Empresas Turísticas Mesa de Partes Presencial (Calle Uno Oeste N° 050, Edificio MINCETUR, Piso 1, San Isidro, 15036 Lima - Perú) Ventanilla Virtual ventanillavirtual.promperu.gob.pe |
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C. Para la obtención del Diploma de Reconocimiento del Programa Comercial (fase final): 1. Haber culminado satisfactoriamente el Programa Comercial, al haber aprobado todas las capacitaciones recomendadas de la malla curricular (según los resultados del test de diagnóstico empresarial) y el proyecto integrador12. 2. Contar con página web corporativa activa. No se aceptan páginas web cuya dirección URL haga referencia a subdominios gratuitos (Wix, WordPress, entre otros) o enlaces a cuentas en redes sociales (Facebook, Instagram, Tik Tok, X, entre otros). Además, el sitio web debe estar correctamente implementado13 y contar con un diseño web adaptable, que garantice la visualización óptima en cualquier dispositivo (computadora, tableta, celular). 3. Contar con correo electrónico corporativo. No se aceptan dominios gratuitos (Gmail, Outlook, Yahoo!, entre otros). 4. Haber completado debidamente el Test de salida14 y el cuestionario final para el Directorio de graduados. 5. No tener sanciones en el Registro "Mira a quién le compras" de INDECOPI, impuestas en los doce (12) últimos meses. 6. No tener adeudos en PROMPERÚ. D. Para la inscripción de las empresas en las asesorías técnicas virtuales de la Fase I y II: D.1. Para la inscripción en las asesorías técnicas virtuales de la Fase I: 1. Las empresas deberán tener pendiente de aprobación, como máximo, cinco (5) capacitaciones de la malla curricular de la Fase I, para realizar su proyecto acreditable. 2. Completar la Ficha de Registro de Asesorías Técnicas para la elaboración del Proyecto Acreditable, debidamente completada y suscrita (firma digital o manuscrita, no se acepta el pegado de la imagen de una firma). |
No aplica S/ 75.00, por cada asesoría pendiente (Aplica solo a las empresas que perdieron la gratuidad). |
No aplica Único pago15: 100% del derecho de matrícula16. |
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1 Cursos, talleres u otras actividades afines de capacitación.
2 Entiéndase por culminar satisfactoriamente el Programa, haber aprobado todas las capacitaciones requeridas según los resultados obtenidos en el Test de Diagnóstico Empresarial realizado al momento de su inscripción en el Programa.
3 Para poder operar las pasantías, PROMPERÚ contratará el servicio de un tour operador. Asimismo, se contará con un (01) facilitador que desarrollará la agenda y podría acompañar al grupo, además de al menos un (1) representante de PROMPERÚ que gestionará la operación logística de la pasantía.
4 Podrá participar un (01) representante por empresa que resida en el Perú y sea alumno graduado del Programa.
5 La inscripción se realiza vía electrónica. Sólo pueden participar las empresas graduadas del Programa (es decir, que hayan obtenido el Diploma de reconocimiento). Asimismo, la evaluación da prioridad a las empresas que anteriormente no han participado en ninguna pasantía, así como a los tours operadores.
6 Sobre temas comerciales aplicados a su empresa, que vincule las capacitaciones que está desarrollando en el Programa.
7 Para garantizar la continuidad de las asesorías y evitar reprogramaciones si uno de los participantes no puede asistir.
8 Los resultados obtenidos de la aplicación del Test (entrada) son notificados al correo electrónico consignado por la empresa en el mismo Test, indistintamente del resultado.
9 Conforme a lo regulado por la Ley N° 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales, y su Reglamento.
10 Una vez efectuado el pago, se debe remitir el comprobante de depósito o transferencia bancaria, al correo electrónico de contacto indicado en el aviso de convocatoria correspondiente.
11 El derecho de matrícula es el precio de venta. Incluye todos los impuestos de ley.
12 A lo largo del Programa, cada empresa participante desarrolla un (01) proyecto integrador sobre temas comerciales aplicado a su empresa, que vincule las capacitaciones que está desarrollando.
13 Todos los botones redireccionen correctamente. No hay secciones incompletas.
14 Los resultados obtenidos de la aplicación del Test (salida) son notificados al correo electrónico consignado por la empresa en la Solicitud de Inscripción en el Programa Comercial para Empresas Turísticas.
15 Una vez efectuado el pago, se debe remitir el comprobante de depósito o transferencia bancaria, al correo electrónico de contacto indicado en el aviso de convocatoria correspondiente.
16 El derecho de matrícula es el precio de venta. Incluye todos los impuestos de ley.
17 Los resultados obtenidos de la aplicación del Test (entrada) serán notificados al correo electrónico consignado por la empresa en el mismo Test, indistintamente del resultado.
18 No aplica para la participación del servicio bajo la modalidad Alumno Libre.
2572100-1