Designan miembro del Consejo Directivo de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), conforme a la propuesta del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento
resolución suprema
N° 024-2026-MTC
Lima, 4 de noviembre de 2026
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 30900, se crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con el objetivo de organizar, implementar y gestionar el Sistema Integrado de Transporte de Lima y Callao, en el marco de los lineamientos de política que apruebe el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y los que resulten aplicables;
Que, el artículo 10 de la citada Ley, establece que la ATU es dirigida por un Consejo Directivo conformado por ocho (8) miembros, designados por un periodo de cinco (5) años, mediante resolución suprema refrendada por el Ministro de Transportes y Comunicaciones, el cual se encuentra conformado de la siguiente manera: dos (2) miembros propuestos por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, uno de los cuales lo preside; un (1) miembro propuesto por el Ministerio de Economía y Finanzas; un (1) miembro propuesto por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; cuatro (4) miembros propuestos por las municipalidades provinciales existentes en el territorio, en proporción al número de habitantes y conforme a los mecanismos de designación que se establezca en el Reglamento de Organización y Funciones de la ATU;
Que, el artículo 12 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la ATU, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 064-2025-ATU/PE, establece los requisitos e impedimentos para ser designados como miembros del Consejo Directivo;
Que, mediante el Oficio Nº 424-2026-VIVIENDA-DM, el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento adjunta, entre otros documentos, el Informe Nº 859-2026-VIVIENDA/SG-OGAJ, a través del cual propone la designación de su representante ante el Consejo Directivo de la ATU;
Que, en ese sentido, es necesario designar al miembro del Consejo Directivo de la ATU, conforme a la propuesta formulada por el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30900, Ley que crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU); la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; el Decreto Legislativo Nº 1544, que dispone la aplicación de la Ley Nº 31419 a los funcionarios públicos de los organismos técnicos especializados que, teniendo causales de remoción, son de libre designación; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 064-2025-ATU/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU);
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Designar al señor MAX GORKI SANCHEZ HUALLANCO como miembro del Consejo Directivo de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), conforme a la propuesta del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento.
Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Transportes y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
KEIKO SOFÍA FUJIMORI HIGUCHI
Presidenta de la República
JOSÉ ANGELLO TANGHERLINI CASAL
Ministro de Transportes y Comunicaciones
2571982-7