Aceptan renuncia de miembro del Consejo Directivo de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU)
resolución suprema
N° 023-2026-MTC
Lima, 4 de noviembre de 2026
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 30900, se crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), como organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, con el objetivo de organizar, implementar y gestionar el Sistema Integrado de Transporte de Lima y Callao, en el marco de los lineamientos de política que apruebe el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y los que resulten aplicables;
Que, mediante el artículo 1 de la Resolución Suprema Nº 006-2026-MTC se designa a la señora PILAR MELGAR GUTIERREZ como miembro del Consejo Directivo de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), conforme a la propuesta del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento; cargo al cual ha formulado renuncia, siendo pertinente aceptarla;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 30900, Ley que crea la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU); la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarios y directivos de libre designación y remoción; el Decreto Legislativo Nº 1544, que dispone la aplicación de la Ley Nº 31419 a los funcionarios públicos de los organismos técnicos especializados que, teniendo causales de remoción, son de libre designación; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 064-2025-ATU/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU);
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por la señora PILAR MELGAR GUTIERREZ como miembro del Consejo Directivo de la Autoridad de Transporte Urbano para Lima y Callao (ATU), dándosele las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2.- La presente Resolución Suprema es refrendada por el Ministro de Transportes y Comunicaciones.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
KEIKO SOFÍA FUJIMORI HIGUCHI
Presidenta de la República
JOSÉ ANGELLO TANGHERLINI CASAL
Ministro de Transportes y Comunicaciones
2571982-6