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Fecha de publicación: 05/11/2026
Modifican la Resolución Suprema N° 307-2026-PCM

Amplían excepcionalmente la vigencia de la clasificación socioeconómica (CSE) de los hogares pobres y pobres extremos, contenidos en el Registro de Información Social (RIS), que caduquen entre enero de 2027 a diciembre de 2028

RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA

N° D000076-2026-OFIS-PE

Lima, 4 de noviembre del 2026

VISTOS:

El Informe N° D000053-2026-OFIS-DSIS, emitido por la Dirección de Sistemas de Información Social; el Informe N° D000072-2026-OFIS-OAJ, emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; y el Memorando N° D000228-2026-OFIS-GG, emitido por la Gerencia General; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley Nº 30435, se crea el Sistema Nacional de Focalización (SINAFO), con el objeto de lograr una adecuada asignación de los recursos públicos de las intervenciones públicas definidas en el marco de la política social del Estado, con la finalidad de contribuir al cierre de brechas relativas a los problemas o necesidades que dichas intervenciones buscan resolver;

Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1612, se crea el Organismo de Focalización e Información Social (OFIS), como organismo público técnico especializado a cargo del Sistema Nacional de Focalización (SINAFO), con competencias para gestionar la información social y administrar los registros y sistemas de información a su cargo;

Que, de acuerdo a lo establecido en el literal i) del artículo 3 del Decreto Legislativo N° 1612, es función general del OFIS conducir el proceso de determinación de la clasificación socioeconómica (CSE) de los hogares en el marco del SINAFO;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 007-2024-MIDIS, se aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30435, Ley que crea el Sistema Nacional de Focalización (SINAFO), en cuyo artículo 22 se establece que en caso el criterio de elegibilidad de potenciales usuarios sea a nivel individual e involucre su condición socioeconómica, la elegibilidad se determina con base en la clasificación socioeconómica que figura en el Registro de Información Social (RIS) que administra el Organismo de Focalización e Información Social (OFIS) y que la clasificación socioeconómica es temporal y su periodo de vigencia y los términos en los que se realiza su actualización se determinan por Resolución de la Presidencia Ejecutiva;

Que, mediante Decreto Supremo N° 149-2026-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano el 3 de noviembre de 2026, se declaró el Estado de Emergencia en 1380 distritos de algunas provincias de los departamentos de Áncash, Apurímac, Arequipa, Ayacucho, Cajamarca, Cusco, Huancavelica, Huánuco, Ica, Junín, La Libertad, Lambayeque, Lima, Loreto, Madre de Dios, Moquegua, Pasco, Piura, Puno, San Martín, Tacna, Tumbes, Ucayali y la Provincia Constitucional del Callao, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales asociadas al Fenómeno El Niño 2026-2027, por el plazo de sesenta (60) días calendario, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de reducción del Muy Alto Riesgo existente; así como de respuesta y rehabilitación que correspondan;

Que, conforme al artículo 50 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del OFIS, aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva N° D00002-2024-OFIS-PE, corresponde a la Dirección de Sistemas de Información Social, entre otras funciones, gestionar e implementar el Registro de Información Social (RIS), administrar los sistemas de información, procesar las bases de datos utilizadas para determinar la clasificación socioeconómica (CSE) y emitir opinión técnica en el ámbito de su competencia;

Que, de la revisión efectuada al Registro de Información Social (RIS) con fecha de corte al 2 de noviembre de 2026, se advierte que entre enero de 2027 a diciembre de 2028, caducará la clasificación socioeconómica (CSE) de 2’937,508 hogares en condición de pobreza y pobreza extrema; situación que podría afectar a estos hogares;

Que, mediante el Informe N° D000053-2026-OFIS-DSIS la Dirección de Sistemas de Información Social (DSIS), brinda el sustento técnico a la propuesta de ampliar la vigencia de la clasificación socioeconómica (CSE) de hogares en situación de pobreza y pobreza extrema a nivel nacional, con vencimiento entre enero de 2027 a diciembre de 2028, por un periodo de dos años, señalando que constituye “una medida de carácter temporal y debidamente justificada, que responde a la necesidad de atender situaciones particulares identificadas en el marco de la implementación de las intervenciones públicas, permitiendo garantizar la continuidad de las acciones previstas, sin afectar los criterios técnicos ni los procedimientos establecidos para la determinación de la clasificación socioeconómica”;

Que, en el citado informe se consolida las recomendaciones y pronunciamientos de los órganos de línea competentes, los cuales advierten riesgos asociados al inicio de nuevas gestiones municipales, la disponibilidad y capacitación del personal de las ULE, las condiciones de accesibilidad, la demanda ordinaria y las posibles afectaciones derivadas del Fenómeno El Niño 2026–2027, así como sus conformidades al sustento técnico de la propuesta normativa;

Que, mediante Informe N° D000072-2026-OFIS-OAJ, la Oficina de Asesoría Jurídica estima jurídicamente viable la emisión del acto resolutivo que apruebe la ampliación de la vigencia de la clasificación socioeconómica (CSE) de los hogares pobres y pobres extremos, contenidos en el Registro de Información Social (RIS), que caduquen entre enero de 2027 a diciembre de 2028, por un periodo de dos (2) años;

Con el visado de la Dirección de Sistemas de Información Social, de la Dirección de Gobierno de Datos y Supervisión, de la Dirección de Desarrollo de Capacidades y Despliegue Territorial, de la Dirección de Relacionamiento y Comunicación Social, de la Oficina de Asesoría Jurídica y de la Gerencia General;

De conformidad con la Ley Nº 30435, Ley que crea el Sistema Nacional de Focalización; el Decreto Legislativo Nº 1612, Decreto Legislativo que fortalece el Sistema Nacional de Focalización mediante la creación del Organismo Técnico Especializado denominado Organismo de Focalización e Información Social (OFIS) y dicta otras medidas complementarias; y la Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº D00002-2024-OFIS-PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Organismo de Focalización e Información Social (OFIS);

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación de la ampliación de la vigencia

Ampliar excepcionalmente la vigencia de la clasificación socioeconómica (CSE) de los hogares pobres y pobres extremos, contenidos en el Registro de Información Social (RIS), que caduquen entre enero de 2027 a diciembre de 2028, por un periodo de dos (2) años.

Artículo 2.- Implementación

Disponer que la Dirección de Sistemas de Información Social realice las acciones de implementación en el Registro de Información Social (RIS), que conlleven a la ampliación de la vigencia de la clasificación socioeconómica (CSE) aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución, para cuyo cumplimiento la referida Dirección de Sistemas de Información Social emite los documentos técnicos que correspondan.

Artículo 3.- Publicación en sede digital y diario oficial

Disponer la publicación de la presente Resolución en la sede digital del Organismo de Focalización e Información Social (www.gob.pe/ofis); en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JULIO ERNESTO SALAS BECERRA

Presidente Ejecutivo (e)

Organismo de Focalización e Información Social

2571980-1