Nombran fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Huánuco
Resolución de la Fiscalía de la Nación
Nº 3480-2026-MP-FN
Lima, 4 de noviembre de 2026
VISTOS:
El oficio Nº 001446-2026-MP-FN-FSCN-FEDTP, e informe Nº 0264-2026-MP-FN-OREF-JJCP, y;
CONSIDERANDO:
Mediante el oficio de vistos, la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trata de Personas, eleva propuesta para cubrir la plaza de fiscal provincial en la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trata de Personas de Huánuco; por los motivos que en el mismo expone.
A través de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 3524-2017-MP-FN, 462-2020-MP-FN y 2887-2026-MP-FN, de fechas 29 de septiembre de 2017, 2 de marzo de 2020 y 21 de septiembre de 2026, respectivamente, entre otros, se resolvió nombrar al abogado Leonardo Claudio Guffanti Parra, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Noroeste, así como su adecuación, designándolo en la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada contra la Criminalidad Organizada, sede Lima Noroeste; laborando actualmente en mérito a la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.
El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley Nº 31718, señala que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.
Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.
En ese sentido, es necesario emitir el resolutivo correspondiente a fin de nombrar y designar al abogado Leonardo Claudio Guffanti Parra, para que ocupe provisionalmente el cargo de fiscal provincial en la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trata de Personas de Huánuco, para lo cual previamente se deberá concluir su nombramiento y designación señalados en el segundo párrafo de la parte considerativa de la presente resolución; en atención al marco normativo, previa verificación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0264-2026-MP-FN-OREF-JJCP, de fecha 29 de octubre de 2026.
Es de precisar que la plaza señalada en el párrafo precedente -con carácter transitorio- corresponde a la creada mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 009-2020-MP-FN-JFS, de fecha 24 de febrero de 2020, cuya vigencia se encuentra prorrogada del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 68-2025-MP-FN-JFS, de fecha 30 de diciembre de 2025.
De conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Leonardo Claudio Guffanti Parra, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Noroeste y su designación en la Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada contra la Criminalidad Organizada, sede Lima Noroeste, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 3524-2017-MP-FN, 462-2020-MP-FN, 2956-2024-MP-FN y 2887-2026-MP-FN, de fechas 29 de septiembre de 2017, 2 de marzo de 2020, 30 de diciembre de 2024 y 21 de septiembre de 2026, respectivamente.
Artículo Segundo.- Nombrar al abogado Leonardo Claudio Guffanti Parra, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Huánuco, designándolo en la Fiscalía Provincial Especializada en Delitos de Trata de Personas de Huánuco.
Artículo Tercero.- Precisar que la plaza señalada en el artículo segundo, tiene la condición de transitoria en mérito a lo dispuesto con la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 009-2020-MP-FN-JFS, de fecha 24 de febrero de 2020, cuya vigencia se encuentra prorrogada del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 68-2025-MP-FN-JFS, de fecha 30 de diciembre de 2025.
Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento al abogado Leonardo Claudio Guffanti Parra que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Quinto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Huánuco y Lima Noroeste, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas Contra la Criminalidad Organizada, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Trata de Personas, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional y al fiscal mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS
Fiscal de la Nación
2571582-9