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Fecha de publicación: 05/11/2026
Modifican la Resolución Suprema N° 307-2026-PCM

Nombran fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Tacna

Resolución de la Fiscalía de la Nación

Nº 3457-2026-MP-FN

Lima, 3 de noviembre de 2026

VISTOS:

Los oficios Nºs. 003500 y 003735-2026-MP-FN-PJFSTACNA, de fechas 7 y 27 de octubre de 2026, respectivamente, e informe Nº 0674-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 28 de octubre de 2026, y;

CONSIDERANDO:

Mediante los oficios de vistos, la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Tacna, eleva propuesta en terna para cubrir la plaza de fiscal provincial en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tacna, y remite documentación complementaria de los abogados propuestos.

A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1841-2017-MP-FN, de fecha 2 de junio de 2017, se resolvió, entre otros, designar al abogado Juan Miguel Ticona Málaga, fiscal adjunto provincial titular penal corporativo de Tacna, Distrito Fiscal de Tacna, en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tacna.

Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.

El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley Nº 31718, señala que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.

Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.

En ese sentido, es necesario emitir el resolutivo correspondiente a fin de nombrar y designar al abogado Juan Miguel Ticona Málaga, para que ocupe provisionalmente el cargo de fiscal provincial en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tacna, para lo cual previamente se deberá concluir su designación señalada en el segundo párrafo de la parte considerativa de la presente resolución; en atención al marco normativo, previa verificación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0674-2026-MP-FN-OREF-MYGL, de fecha 28 de octubre de 2026.

De conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada con el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del abogado Juan Miguel Ticona Málaga, fiscal adjunto provincial titular penal corporativo de Tacna, Distrito Fiscal de Tacna, en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tacna, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1841-2017-MP-FN, de fecha 2 de junio de 2017.

Artículo Segundo.- Nombrar al abogado Juan Miguel Ticona Málaga, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Tacna, designándolo en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Tacna, con retención de su cargo de carrera.

Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento al abogado Juan Miguel Ticona Málaga que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.

Artículo Cuarto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Tacna, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional y al fiscal mencionado.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS

Fiscal de la Nación

2571470-2