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Fecha de publicación: 04/11/2026
Ordenanza Municipal que otorga beneficios tributarios y no tributarios en el distrito de Ventanilla

Ordenanza Municipal que otorga beneficios tributarios y no tributarios

en el distrito de Ventanilla

ORDENANZA MUNICIPAL N° 09-2026/MDV

Ventanilla, 29 de octubre de 2026

EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE VENTANILLA

VISTO:

En Sesión Ordinaria de Concejo Municipal de 29 de octubre de 2026, el Informe Nº 210-2026/MDV-GAT de la Gerencia de Administración Tributaria, el Memorando Múltiple Nº 05-2026/MDV-GAT-SGREC y el Informe Nº 261-2026/MDV-GAT-SGREC de la Subgerencia de Rentas y Ejecutoría Coactiva, el Memorando Nº 136-2026/MDV-GAT-SGFT de la Subgerencia de Fiscalización Tributaria, el Memorando Nº 194-2026/MDV-GSCYGRD-SGFYC de la Subgerencia de Fiscalización y Control, el Memorando Nº 3197-2026/MDV-GPLP de la Gerencia de Planificación Local y Presupuesto, el Informe Nº 2992-2026-MDV/GPLP-SGP de la Subgerencia de Presupuesto, el Informe Nº 376-2026/MDV-GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, los Proveídos Nº 11114-2026 y Nº 11274-2026 de la Gerencia Municipal y el Dictamen N° 008-2026/MDV-CAL-CAF de la Comisión de Asuntos Legales y la Comisión de Administración y Finanzas (comisión conjunta), respecto a la propuesta de Ordenanza Municipal que otorga beneficios tributarios y no tributarios en el distrito de Ventanilla, y;

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad a lo establecido por los numerales 8) y 9) del artículo 9° y artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley N° 27972, con el Dictamen favorable de la Comisión de Asuntos Legales y la Comisión de Administración y Finanzas (comisión conjunta), así como la dispensa del trámite de lectura y de aprobación del Acta, el Concejo Municipal con el VOTO POR UNANIMIDAD, emitió la siguiente norma:

ORDENANZA MUNICIPAL QUE OTORGA BENEFICIOS TRIBUTARIOS Y NO TRIBUTARIOS

EN EL DISTRITO DE VENTANILLA

Artículo 1.- APROBAR la Ordenanza Municipal que otorga beneficios tributarios y no tributarios en el distrito de Ventanilla, la misma que consta de ocho (8) artículos, cuyo texto será publicado en la página web de la Municipalidad Distrital de Ventanilla (www.muniventanilla.gob.pe), de acuerdo a lo establecido en el artículo 13° del D.S. N° 009-2024-JUS.

Artículo 2.- FACULTAR al Titular de la Municipalidad Distrital de Ventanilla, para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones complementarias para la difusión y mejor aplicación de lo dispuesto en la presente Ordenanza, sea anticipando, prorrogando o levantando los efectos de la presente.

Artículo 3.- ENCARGAR a todos los órganos y unidades orgánicas de la entidad, el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal, así como la toma de acciones correspondientes con arreglo a Ley.

Artículo 4.- ENCARGAR a la Secretaría General, disponga la publicación de la presente norma en el Diario Oficial “El Peruano”.

Artículo 5.- DEROGAR toda norma o disposición que se oponga a la presente Ordenanza.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

JHOVINSON HUGO VASQUEZ OSORIO

Alcalde

Municipalidad Distrital de Ventanilla

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