Autorizan viaje de representantes de PROMPERÚ para participar en evento a realizarse en la República de Panamá
Resolución Ministerial
N° 406-2026-MINCETUR
Lima, 3 de noviembre de 2026
VISTOS, el Oficio N° 000893-2026-PROMPERÚ/PE de la Presidencia Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ; y el Informe N° 0736-2026-MINCETUR/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones;
Que, PROMPERÚ, a través de la Dirección de Promoción de Inversiones Empresariales, es responsable de promover activamente al Perú como destino de la inversión empresarial, con énfasis en el desarrollo de oferta competitiva de los sectores económicos priorizados del país para los mercados internacionales, aprovechando la red de contactos en el país y el exterior, para originar nuevas oportunidades de negocios a las empresas, crecimiento económico y beneficios para el país;
Que, en la Ciudad de Panamá, República de Panamá, los días 17 y 18 de noviembre de 2026, se llevará a cabo el evento “Invest Perú - Panamá” con el objetivo de presentar al Perú como un destino atractivo para la inversión extranjera directa, con énfasis en las oportunidades del sector Turismo y Desarrollo Inmobiliario, así como fortalecer las relaciones con empresas y actores estratégicos que puedan contribuir a la generación de nuevas inversiones, expansiones y reinversiones;
Que, la participación de PROMPERÚ en este evento internacional tiene por finalidad consolidar el posicionamiento del Perú como destino atractivo para la inversión extranjera procedente de Panamá, destacando sus ventajas competitivas y oportunidades de inversión en el sector turismo y desarrollo inmobiliario; presentando sus potencialidades, oportunidades de negocio y condiciones para el desarrollo de proyectos de inversión, expansión y reinversión;
Que, dicho evento cuenta con dos actividades, un Seminario “Invest Perú - Panamá” de Promoción de Inversiones, así como reuniones bilaterales y visitas empresariales uno a uno, con la finalidad de presentar oportunidades concretas de inversión del sector turismo en el Perú, así como conocer sus expectativas, planes de negocio y expansión de las empresas contactadas, con la finalidad de identificar posibles iniciativas de inversión o reinversión. Asimismo, se brindará información sobre el entorno de negocios y las condiciones para invertir, de acuerdo con el perfil y los intereses de cada potencial inversionista; para tal efecto, el día 16 de noviembre del presente año, se realizarán acciones previas para la óptima presentación del evento;
Que, en ese sentido, resulta de interés institucional la participación de PROMPERÚ en el evento “Invest Perú - Panamá”, siendo necesario autorizar el viaje del señor Daniel Ignacio Córdova Espinoza, Director de la Dirección de Promoción de Inversiones Empresariales y de la señora Carla Alejandra Huamaní Rivera, profesional de la Dirección de Promoción de Inversiones Empresariales de la citada entidad, para que realicen acciones de promoción de las inversiones;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;
Que, de acuerdo a lo previsto por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos se otorgará por resolución ministerial del respectivo sector;
Con el visado de la Presidencia Ejecutiva y de la Gerencia General de PROMPERÚ, de la Secretaría General y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR; y,
De conformidad con la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización
Se autoriza el viaje a la Ciudad de Panamá, República de Panamá, del señor Daniel Ignacio Córdova Espinoza, Director de la Dirección de Promoción de Inversiones Empresariales, y de la señora Carla Alejandra Huamaní Rivera, profesional de la Dirección de Promoción de Inversiones Empresariales, del 16 al 18 de noviembre de 2026, para que, en representación de PROMPERÚ, participen en el evento que se señala en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Gastos
Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectúan con cargo al Pliego Presupuestal 008: Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:
|
Nombres y apellidos |
Pasajes aéreos Clase Económica US$ |
Zona Geográfica |
Viáticos Por día US$ |
Total Viáticos US$ |
|
Daniel Ignacio Córdova Espinoza |
1,181.44 |
América Central |
315,00 x 2 |
630,00 |
|
Carla Alejandra Huamaní Rivera |
1,181.44 |
315,00 x 2 |
630,00 |
Artículo 3.- Rendición de cuentas e informe
Dentro de los quince días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, presenta a la Titular de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos; asimismo, presenta la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley.
Artículo 4.- No liberación ni exoneración de impuestos
La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ROGERS VALENCIA ESPINOZA
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
2571309-1