Emiten conformidad a la Declaración de Zona Catastrada de los sectores catastrales 01, 02, 03, 05, 06, 09, 10, 11 y 12 del distrito de Locumba, provincia de Jorge Basadre, departamento de Tacna
RESOLUCIÓN N° D000002-2026-COFOPRI-ST-SNCP
La Molina, 10 de setiembre del 2026
VISTOS:
El Oficio N° 085-2026-GM-A/MPJB, presentado el 16 de febrero de 2026, y el Oficio N° 293-2026-GM-A/MPJB, de fecha 03 de junio de 2026, mediante los cuales la Municipalidad Provincial Jorge Basadre solicita la conformidad de la Declaración de Zona Catastrada del distrito de Locumba; el Informe Legal N° D000154-2026-COFOPRI-ST-SNCP-LRV; el Informe Técnico N° D000021-2026-COFOPRI-ST-SNCP-GQR; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley N° 28294 se creó el Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial y su Vinculación con el Registro de Predios, con la finalidad de regular la integración y unificación de los estándares, nomenclaturas y procesos técnicos de las Entidades Generadoras de Catastro del país, a efectos de consolidar la información catastral, las características de los predios y los derechos sobre estos;
Que, mediante Resolución N° 01-2009-SNCP/CNC se aprobó la Directiva N° 02-2009-SNCP/ST sobre “Declaración de Zona Catastrada”, que regula el procedimiento aplicable para la Declaración de Zona Catastrada y la conformidad que corresponde emitir a la Secretaría Técnica del Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial;
Que, mediante Oficio N° 085-2026-GM-A/MPJB, presentado el 16 de febrero de 2026, la Municipalidad Provincial Jorge Basadre remitió la información catastral correspondiente al distrito de Locumba y solicitó la conformidad de la Declaración de Zona Catastrada aprobada mediante Acuerdo de Concejo N° 052-2024-MPJB; solicitud que fue reiterada mediante Oficio N° 293-2026-GM-A/MPJB, de fecha 03 de junio de 2026;
Que, la información remitida comprendió los sectores catastrales 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09, 10, 11 y 12 del distrito de Locumba, correspondientes a un total de 2,282 lotes catastrales, cuya base gráfica y alfanumérica fue sometida a evaluación por el especialista técnico competente;
Que, mediante Informe Técnico N° D000021-2026-COFOPRI-ST-SNCP-GQR, el especialista técnico competente verificó la información catastral remitida, incluyendo la estructura de la base gráfica, la base alfanumérica y los puntos de control geodésico, y determinó que, para fines de conformidad de la Declaración de Zona Catastrada, resultan aptos los sectores catastrales 01, 02, 03, 05, 06, 09, 10, 11 y 12, que comprenden un total de 2,097 Códigos Únicos Catastrales;
Que, mediante Informe Legal N° D000154-2026-COFOPRI-ST-SNCP-LRV, se concluyó que no existe impedimento legal para otorgar la conformidad solicitada respecto del ámbito determinado como apto por el especialista técnico competente.
Que, en atención a los pronunciamientos técnico y legal emitidos, corresponde otorgar conformidad a la Declaración de Zona Catastrada, conforme al detalle contenido en la parte resolutiva de la presente Resolución;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Emitir la CONFORMIDAD a la Declaración de Zona Catastrada de los sectores catastrales 01, 02, 03, 05, 06, 09, 10, 11 y 12 del distrito de Locumba, provincia de Jorge Basadre, departamento de Tacna, aprobada mediante Acuerdo de Concejo N° 052-2024-MPJB, que comprenden un total de 2,097 Códigos Únicos Catastrales, de conformidad con lo expuesto en la parte considerativa de la presente Resolución y el siguiente detalle:
|
Sector Catastral |
Códigos Únicos Catastrales (CUC) |
|
01 |
827 |
|
02 |
107 |
|
03 |
132 |
|
05 |
102 |
|
06 |
590 |
|
09 |
145 |
|
10 |
41 |
|
11 |
36 |
|
12 |
117 |
|
Total |
2,097 |
La presente conformidad se circunscribe a los sectores catastrales detallados en el cuadro precedente, conforme a la evaluación técnica efectuada.
Artículo 2.- DISPONER la publicación de la presente Resolución en el diario oficial El Peruano y en la página web del Sistema Nacional Integrado de Información Catastral Predial – SNCP (www.sncp.gob.pe).
Regístrese, comuníquese
GERSON ISRAEL REYNOSO AMARO
Secretario Técnico del SNCP
COFOPRI
2571225-1