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Fecha de publicación: 04/11/2026
Aprueban ejecución de expropiación de dos áreas afectadas de un inmueble por la ejecución del Proyecto: “Creación del servicio de protección en riberas del río Lacramarca vulnerables ante peligros de inundación en 58 comunidades en los distritos de Macate, Cáceres del Perú y Chimbote de la provincia de Santa - departamento de Áncash”, y el valor de Tasación

Formalizan transferencia a título gratuito de bienes que conforman los Proyectos de Electrificación Rural a favor de Electro Puno S.A.A.

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

N° 470-2026-MINEM/DM

Lima, 2 de noviembre de 2026

VISTOS: El Informe N° 203-2026-MINEM/DGER/DPRO-JER de la Jefatura de Energías Renovables y el Informe N° 505-2026-MINEM/DGER-JAL de la Jefatura de Asesoría Legal, ambos de la Dirección General de Electrificación Rural; el Memorando N° 01054-2026/MINEM-DGER, de la Dirección General de Electrificación Rural; el Informe N° 1444-2026-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural (en adelante, LGER), tiene por objeto establecer el marco normativo para la promoción y el desarrollo eficiente y sostenible de la electrificación de zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del país;

Que, el artículo 18 de la LGER y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, concordado con los artículos 40 y 41 del Reglamento vigente, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2020-EM y modificado por Decreto Supremo N° 003-2026-EM, establecen que el Ministerio de Energía y Minas transfiere a título gratuito los Sistemas Eléctricos Rurales (SER) que ejecute, a favor de la Empresa de Administración de Infraestructura Eléctrica S.A. – ADINELSA o de una Empresa de Distribución Eléctrica (EDE) bajo el ámbito del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado – FONAFE, a elección del MINEM y mediante Resolución Ministerial;

Que, de acuerdo al Informe N° 203-2026-MINEM/DGER/DPRO-JER, la Jefatura de Energías Renovables de la Dirección General de Electrificación Rural (en adelante, DGER) señala que se han ejecutado tres (03) PROYECTOS SER, cuya transferencia deberá formalizarse a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno S.A.A. – Electro Puno S.A.A. (en adelante, la CONCESIONARIA);

Que, asimismo, de acuerdo con el Informe N° 203-2026-MINEM/DGER/DPRO-JER, existen razones operativas, comerciales y de interés social para efectuar la transferencia a favor de la CONCESIONARIA, toda vez que los mencionados SER están localizados: 1) “Pequeño Sistema Eléctrico Ayaviri II Etapa” en la provincia de Melgar del departamento de Puno; 2) “Sistema Eléctrico Rural Huancané IV Etapa” en las provincias de Huancané, Moho y San Antonio de Putina del departamento de Puno; y, 3) “Ampliación y Mejoramiento del Sistema Eléctrico en el Distrito de Cojata - Huancané – Puno”, en la provincia de Huancané del departamento de Puno, ámbitos geográficos donde el suministro público de electricidad está a cargo de la CONCESIONARIA, responsable de su operación, mantenimiento y comercialización, lo cual motivó, en su oportunidad, que la DGER realice las coordinaciones con la CONCESIONARIA durante la implementación de los proyectos, hasta la suscripción de las respectivas Actas de Conformidad de Operación Experimental. Asimismo, es de interés del Ministerio de Energía y Minas, la DGER, la CONCESIONARIA y los usuarios en general, que se emita la Resolución Ministerial que formaliza la transferencia de los referidos proyectos a favor de la empresa, los cuales fueron entregados por la DGER y vienen siendo operados por la CONCESIONARIA desde la suscripción de las respectivas Actas de Conformidad de Operación Experimental;

Que, de acuerdo al Informe N° 505-2026-MINEM/DGER-JAL, la Jefatura de Asesoría Legal de la DGER, señala que el expediente cumple con todos y cada uno de los requisitos establecidos en la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural y su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2020-EM y modificado por Decreto Supremo N° 003-2026-EM, y demás normas especiales aplicables sobre la materia, más aún cuando se ha efectuado la suscripción de las correspondientes Actas de Conformidad de Operación Experimental;

Que, el referido informe concluye que corresponde declarar procedente la transferencia de los bienes financiados por la DGER, respecto de los Proyectos de Electrificación Rural, el cual se realizará a título gratuito a favor de la CONCESIONARIA, por el monto total de S/ 22 693 024,94 (Veintidós millones seiscientos noventa y tres mil veinticuatro con 94/100 soles);

Que, mediante Informe N° 1444-2026-MINEM/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que la DGER ha evaluado legalmente la viabilidad de la transferencia de los PROYECTOS a favor de la CONCESIONARIA, habiendo seguido el trámite correspondiente de acuerdo a lo previsto en la normativa vigente en el presente caso, es decir, la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 025-2007-EM, concordado con los artículos 40 y 41 del Reglamento vigente, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2020-EM y su modificatoria, únicamente en el extremo referido a la emisión de la respectiva Resolución Ministerial, y considerando lo expuesto por la Jefatura de Energías Renovables y la Jefatura de Asesoría Legal de la DGER, resulta legalmente viable emitir el acto resolutivo mediante el cual se formalice la transferencia de los PROYECTOS SER a favor de la CONCESIONARIA, los cuales se encuentran detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial;

Con los vistos de la Dirección General de Electrificación Rural, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Despacho Viceministerial de Electricidad;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural; los Decretos Supremos N° 025-2007-EM y N° 018-2020-EM, que aprueban el Reglamento de la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural y su modificatoria; y, el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Formalizar la transferencia a título gratuito de los bienes que conforman los Proyectos de Electrificación Rural detallados en el Anexo de la presente Resolución Ministerial, por un monto total de S/ 22 693 024,94 (Veintidós millones seiscientos noventa y tres mil veinticuatro con 94/100 soles), a favor de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno S.A.A. – Electro Puno S.A.A., conforme a las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Poner en conocimiento de la Empresa Regional de Servicio Público de Electricidad de Puno S.A.A. – Electro Puno S.A.A. y del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado - FONAFE, lo dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GUILLERMO SHINNO HUAMANÍ

Ministro de Energía y Minas

2571139-1