Formalizan acuerdo del Consejo Directivo mediante el cual se aprueba la “Directiva que regula el procedimiento de dación en pago como medio para hacer efectivo el cobro de reparaciones civiles mediante bienes muebles e inmuebles”
RESOLUCIÓN N° D000688-2026-JUS/PGE-PG
San Isidro, 2 de noviembre del 2026
VISTOS:
El Memorando N° D000127-2026-JUS/PGE-SGCD de la Secretaría General del Consejo Directivo; el Acta N° 036-2026 de la Centésima Septuagésima Tercera Sesión Extraordinaria del Consejo Directivo;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo N° 1326 se reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y se crea la Procuraduría General del Estado, que en su artículo 9 se define como un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, con personería jurídica de Derecho Público interno; que cuenta con autonomía funcional, técnica, económica y administrativa para el ejercicio de sus funciones; asimismo, es el ente rector del Sistema y constituye Pliego Presupuestal;
Que, el artículo 10 del Decreto Legislativo N° 1326 establece que la Procuraduría General del Estado es la entidad competente para regular, supervisar, orientar, articular y dictar lineamientos para la adecuada defensa de los intereses del Estado, a cargo de los procuradores públicos, conforme a lo establecido en el artículo 47 de la Constitución Política del Perú;
Que, de acuerdo con lo señalado en el numeral 14.1 del artículo 14 del Decreto Legislativo N° 1326, el Consejo Directivo es el órgano colegiado de mayor nivel jerárquico de la Procuraduría General del Estado, teniendo dentro de sus funciones previstas en el numeral 1 del referido decreto legislativo, aprobar las normas, los lineamientos y las disposiciones generales del Sistema y supervisar su cumplimiento;
Que, mediante Decreto Supremo N° 018-2019-JUS se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1326, con la finalidad de optimizar el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado, garantizando el desarrollo efectivo de las actividades desplegadas por los operadores en beneficio de los intereses del Estado;
Que, el artículo 10 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1326 prevé, entre otros aspectos, que el Consejo Directivo de la Procuraduría General del Estado aprueba normas, directivas, lineamientos o protocolos mediante acuerdos normativos, los cuales tienen carácter vinculante cuando la relevancia de la materia lo amerita y así lo especifique la resolución que lo contiene;
Que, la Décima Disposición Complementaria Final del Reglamento del Decreto Legislativo N° 1326, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2019-JUS, señala que “los bienes muebles ofrecidos como dación en pago por los sentenciados, para cumplir con el pago de la reparación civil, son incorporados al patrimonio de la Procuraduría General del Estado. En caso se ofrezcan bienes inmuebles, estos son inscritos en Registros Públicos, bajo la titularidad del Estado, por el mérito del acuerdo que así lo disponga, a fin de ser incorporados a la Cartera Inmobiliaria Pública administrada por la Dirección General de Abastecimiento del Ministerio de Economía y Finanzas, luego de culminar el procedimiento respectivo y al verificarse el precio producto de la tasación correspondiente, también se verifica que se encuentren debidamente saneados, inscritos en los Registros Públicos, sin carga ni gravamen y con el impuesto predial y arbitrios cancelados. La Procuraduría General del Estado emite las directivas que sean pertinentes a efectos de regular el proceso de aceptación de la dación en pago, con el propósito que el mismo cumpla su finalidad”.
Que el artículo 52 y literal a) del artículo 53 del Texto Integrado Actualizado del Reglamento de Organización y Funciones de la Procuraduría General del Estado, establece que la Dirección Técnico Normativa es el órgano de línea encargado de emitir resoluciones, directivas, lineamientos e informes técnicos jurídicos sobre aspectos relacionados al ejercicio de la defensa del Estado; teniendo entre otras funciones la de “formular normas relacionadas con la actuación de los operadores del Sistema y proponerlas a la Presidencia Ejecutiva o al Consejo Directivo, según corresponda”;
Que, bajo dicho marco normativo, la Dirección Técnico Normativa, ha formulado y sustentado el proyecto de documento normativo denominado “Directiva que regula el procedimiento de dación en pago como medio para hacer efectivo el cobro de reparaciones civiles mediante bienes muebles e inmuebles”, con la finalidad de fortalecer el marco regulatorio aplicable al Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado (SADJE), el mismo que además cuenta con la opinión técnica favorable de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización;
Que, el Consejo Directivo, en su Centésima Septuagésima Tercera Sesión Extraordinaria, acordó aprobar por unanimidad la Directiva que regula el procedimiento de dación en pago como medio para hacer efectivo el cobro de reparaciones civiles mediante bienes muebles e inmuebles; y disponer que la Secretaría General continúe con el trámite para la emisión del acto resolutivo correspondiente, así como su publicación en la sede digital de la Procuraduría General del Estado y en el Diario Oficial El Peruano únicamente del acto resolutivo en mención;
Con los vistos de la Secretaría General del Consejo Directivo, de la Dirección Técnica Normativa, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, y de la Oficina de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Legislativo N° 1326, que reestructura el Sistema Administrativo de Defensa Jurídica del Estado y crea la Procuraduría General del Estado; su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2019-JUS; y la Resolución del Procurador General del Estado N° D0000062-2022-JUS/PGE-PG, que aprueba la Directiva N° 002-2022-PGE/PG.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobación de Directiva
Formalizar el acuerdo del Consejo Directivo mediante el cual se aprueba la “Directiva que regula el procedimiento de dación en pago como medio para hacer efectivo el cobro de reparaciones civiles mediante bienes muebles e inmuebles”; que como anexo forma parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Publicación
Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano; y la presente resolución con su anexo en la sede digital de la Procuraduría General del Estado (www.gob.pe/procuraduria).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MARÍA AURORA CARUAJULCA QUISPE
Procuradora General del Estado
Procuraduría General del Estado
2571040-1