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Fecha de publicación: 04/11/2026
Aprueban ejecución de expropiación de dos áreas afectadas de un inmueble por la ejecución del Proyecto: “Creación del servicio de protección en riberas del río Lacramarca vulnerables ante peligros de inundación en 58 comunidades en los distritos de Macate, Cáceres del Perú y Chimbote de la provincia de Santa - departamento de Áncash”, y el valor de Tasación

Dejan sin efecto la Res. Adm. 155-2026-P/TC y conceden licencia con goce de remuneraciones a asesores jurisdiccionales del Tribunal Constitucional para participar en seminario a realizarse en Colombia

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

N° 162-2026-P/TC

Lima, 2 de noviembre de 2026

VISTOS

La Resolución Administrativa 155-2026-P/TC emitida el 30 de octubre de 2026; la invitación de la Conferencia Iberoamericana de Justicia Constitucional; las comunicaciones del director general de Administración de fecha 29 de octubre de 2026; las comunicaciones del secretario general del 20 y 29 de octubre de 2026; y,

CONSIDERANDO

Que, mediante la Resolución Administrativa 155-2026-P/TC, se concede licencia con goce de remuneraciones a los asesores jurisdiccionales, señores Geisel Celedonio Inga Matta y Óscar Arturo Díaz Muñoz, del 22 al 28 de noviembre de 2026, para que en comisión de servicios participen en el seminario “La transmisión intergeneracional del patrimonio cultural”, organizado por la Conferencia Iberoamericana de Justicia Constitucional conjuntamente con la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, que se realiza en la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia, del 23 al 27 de noviembre de 2026;

Que, revisada la referida resolución se advierte que en el artículo segundo se consigna incorrectamente la fecha de viaje del señor Óscar Arturo Díaz Muñoz;

Que, en los numerales 212.1 y 212.2 del artículo 212 del Texto Único Ordenado de la Ley 27444, se precisa que los errores materiales o aritméticos en los actos administrativos, pueden ser rectificados con efecto retroactivo, en cualquier momento, de oficio o a instancia de los administrados, siempre que no se altere lo sustancial de su contenido ni el sentido de la decisión y que producida la rectificación ella adopta las formas y modalidades de comunicación o publicación que corresponda para el acto original;

Que, no obstante lo señalado, en el presente caso, se considera conveniente dejar sin efecto la Resolución Administrativa 155-2026-P/TC para consolidar en un solo acto administrativo la autorización de licencia con goce de remuneraciones a los asesores jurisdiccionales, señores Geisel Celedonio Inga Matta y Óscar Arturo Díaz Muñoz;

Que, estando a lo señalado, se tiene que la Conferencia Iberoamericana de Justicia Constitucional, cursa invitación al Tribunal Constitucional para participar en el seminario denominado “La transmisión intergeneracional del patrimonio cultural”, que se realiza conjuntamente con la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo en Cartagena de Indias, Colombia, del 23 al 27 de noviembre de 2026;

Que, el secretario general informa que en atención a la invitación referida en el párrafo que precede, en la sesión del Pleno del 15 de octubre de 2026 se acuerda la participación de dos asesores jurisdiccionales, cuya designación determina la presidencia;

Que, al efecto se designa a los asesores jurisdiccionales, señores Geisel Celedonio Inga Matta y Óscar Arturo Díaz Muñoz, para que en comisión de servicios participen en el seminario denominado “La transmisión intergeneracional del patrimonio cultural”;

Que, la invitación precisa que la entidad organizadora financia los costos de alojamiento, traslados internos y manutención durante la actividad, por lo cual, corresponde solventar la adquisición de pasajes aéreos y tarjetas de seguro internacional;

Que, la participación de los funcionarios y servidores públicos en eventos que versan sobre importantes temas constitucionales enriquece la labor jurisdiccional de nuestra institución, en aras de mejorar la calidad del servicio de impartición de justicia a la ciudadanía, por lo cual, se estima que la participación redunda en el mejoramiento de la jurisprudencia constitucional en nuestro país;

Que, el director general de Administración informa que la Oficina de Logística comunica el costo de los pasajes aéreos y los seguros de viaje internacional que corresponde asignar a los asesores jurisdiccionales comisionados;

Que, el artículo 5 de la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el comisionado deberá presentar ante el Pleno, un informe con el detalle de las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje en comisión de servicios que se autoriza;

Que, el artículo 4 del Decreto Supremo 047-2002-PCM señala que las resoluciones de autorizaciones de viaje deben publicarse en el diario oficial “El Peruano” con anterioridad al viaje;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley 28301, Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, el Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional, aprobado por la Resolución Administrativa 095-2004-P/TC; la Ley 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; el Decreto Supremo 047-2002-PCM; el Decreto Legislativo 1440 y la Directiva de Otorgamiento de Pasajes y Viáticos para Comisiones de Servicios al Interior y Exterior del País, aprobada por Resolución de Dirección General 012-2019-DIGA/TC;

SE RESUELVE

Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la Resolución Administrativa 155-2026-P/TC emitida el 30 de octubre de 2026.

Artículo Segundo.- CONCEDER licencia con goce de remuneraciones a los asesores jurisdiccionales, señores Geisel Celedonio Inga Matta y Óscar Arturo Díaz Muñoz, del 22 al 28 de noviembre de 2026, para que en comisión de servicios participen en el seminario “La transmisión intergeneracional del patrimonio cultural”, organizado por la Conferencia Iberoamericana de Justicia Constitucional conjuntamente con la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, que se realiza en la ciudad de Cartagena de Indias, Colombia, del 23 al 27 de noviembre de 2026.

Artículo Tercero.- El cumplimiento de lo dispuesto en esta resolución irrogará egresos del presupuesto del Tribunal Constitucional, según el siguiente detalle:

COMISIONADOS

FECHA DE VIAJE

PASAJE AÉREO

S/

(valor estimado)

TARJETA DE SEGURO INTERNACIONAL

S/

Geisel Celedonio Inga Matta

Del 22 al 28 de noviembre de 2026

4,927.00

164.50

Óscar Arturo

Díaz Muñoz

Del 22 al 28 de noviembre de 2026

4,927.00

164.50

Artículo Cuarto.- La rendición de cuentas deberá realizarse conforme a lo establecido en la Ley 27619 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo 047-2002-PCM.

Artículo Quinto.- La presente resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros, cualquiera fuera su denominación.

Artículo Sexto.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de realizado el referido viaje, los asesores jurisdiccionales comisionados deben informar al Pleno los resultados obtenidos con motivo de su participación en la actividad mencionada.

Artículo Séptimo.- COMUNICAR la presente resolución a los asesores jurisdiccionales, señores Geisel Inga Matta y Óscar Arturo Díaz Muñoz, a la Secretaría General, a la Dirección General de Administración y a la Oficina General de Asesoría Jurídica, para los fines de la ley.

Artículo Octavo.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial “El Peruano” y en el portal institucional (www.tc.gob.pe).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

PEDRO ALFREDO HERNÁNDEZ CHÁVEZ

Presidente

Tribunal Constitucional

2571028-1