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Fecha de publicación: 06/11/2026
Autorizan viaje de profesionales del Viceministerio de Comercio Exterior para participar en evento a realizarse en China

Autorizan viajes al exterior de Decano y docente de la Universidad Nacional de San Martín a Colombia, en comisión de servicios

UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTÍN

Resolución Nº 1831-2026-UNSM-CU-R

Tarapoto, 29 de octubre del 2026

Visto el Expediente Nº FIAI0020260000612, que contiene la Carta Nº D0001909-2026-UNSM-VACAD, Carta Nº D000729-2026-UNSM-FIAI, Carta S/N Invitación por la Universidad Pontificia Bolivariana de Colombia – Sede Medellín – Colombia.

CONSIDERANDO:

Que, la Universidad Nacional de San Martín es una Institución descentralizada, autónoma con personería jurídica de derecho público interno; se rige por la Constitución Política del Estado, la legislación universitaria vigente, el presente Estatuto y su Reglamento General. Su personería y representación legal la ejerce el Rector y dentro de unos de sus fines esta, formar profesionales humanistas, científicos y con excelencia académica competitiva, para los cambios del desarrollo de la región y del país, para así promover, organizar, realizar y difundir los resultados de la investigación en las áreas de humanidades, ciencias, arte y tecnología acorde a la realidad regional y nacional, con el objetivo de viabilizar alternativas eficientes y eficaces para su desarrollo y transformación socioeconómico;

Que, el Estado reconoce la autonomía universitaria. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la presente Ley y demás normativa aplicable. Esta autonomía se manifiesta en los regímenes: De gobierno, implica la potestad auto determinativa para estructurar, organizar y conducir la institución universitaria, con atención a su naturaleza, características y necesidades. Es formalmente dependiente del régimen normativo. (Artículo 8º de la Ley Nº 30220 y Artículo 7º del Estatuto de la UNSM, aprobado con Resolución de Asamblea Universitaria Nº 013-2022-UNSM/AU-R/NLU de fecha 06 de junio del 2022);

Que, el Consejo Universitario de la UNSM, es el máximo órgano de gestión, dirección y ejecución académica y administrativa de la universidad. Está integrado por: El Rector, quien lo preside, los Vicerrectores. Un cuarto (1/4) del número total de Decanos, elegidos por y entre ellos. El Director de la Escuela de Posgrado. Los representantes de los estudiantes regulares, que constituyen el tercio del número total de los miembros del Consejo. Deben pertenecer al tercio superior y haber aprobado como mínimo treinta y seis créditos, esto de conformidad con el artículo 58º de la Ley Universitaria – Ley Nº 30220;

Que, mediante Resolución Nº 952-2026-UNSM/CU-R de fecha 01 de junio del 2026, se aprobó el Convenio Marco de Cooperación Interinstitucional entre la Universidad Nacional de San Martín y al Universidad Pontificia Bolivariana de Colombia cuyo objetivo principal es la de establecer los lineamientos y directivas generales que sirvan para iniciar, regular y desarrollar la cooperación entre ambas instituciones, en proyectos, programas y actividades de carácter académico, administrativo, cultural, de investigación científica y tecnológica, responsabilidad social, cultural y de asesoramiento, siempre que sean de interés común para las partes, así como trabajos de investigación, tesis, prácticas preprofesionales, profesionales y/o pasantías de estudiantes de la UNSM;

Que, el Estatuto de la UNSM en su artículo 131º inciso “i”, indica que una de las atribuciones del Decano de una Facultad es Promover el intercambio académico con organismos nacionales y extranjeros y presentar los convenios específicos para su aprobación al Consejo Universitario, previa autorización y aprobación de su Consejo de Facultad;

Que, mediante Carta S/N de fecha 21 de setiembre del 2026 la Universidad Pontificia Bolivariana de Medellin – Colombia, realiza una invitación al Dr. Enrique Navarro Ramírez - Decano de la Facultad de Ingeniería Agroindustrial, y a la docente Eliana Marcela Vélez Erazo de la Universidad Nacional de San Martín, a fin de realizar una visita académica a la Universidad Pontificia Bolivariana con sede en Medellín los días 10 y 11 de noviembre de 2026; cuya visita tendrá como propósito consolidar las conversaciones adelantadas en torno a las pasantías de estudiantes y docentes, y para la colaboración en trabajos de investigación, en el marco del convenio vigente entre la Universidad Nacional de San Martín y la Universidad Pontificia Bolivariana.

Que, mediante Carta Nº D001909-2026-UNSM-VACAD el Vicerrector Académico en mérito a la Carta Nº D000726-2026-UNSM-FIAI hace llegar al Rector la Resolución Nº 286-2026-UNSM/FIAI-CF de fecha 16 de octubre del 2026, emitida por el Consejo de Facultad de Ingeniería Agroindustrial en la cual se aprobó la solicitud de permisos por Comisión oficial de servicios del Ing. Dr. Enrique Navarro Ramírez – Decano de la Facultad de Ingeniería Agroindustrial, a fin de realizar una visita académica a la Universidad Pontificia Bolivariana de Colombia, sede en Medellín del 10 al 13 de noviembre de 2026, con una asignación de tres (03) días de viáticos internacionales. Asimismo, la Dra. Eliana Marcela Vélez Erazo en su calidad de docente tutora para realizar el acompañamiento presencial de los estudiantes de la Facultad de Ingeniería Agroindustrial durante su pasantía en la Universidad Nacional de Colombia, sede Palmira, del 2 al 18 de noviembre de 2026, considerándose únicamente dos (02) días de viáticos internacionales, de acuerdo con la asignación presupuestaria prevista para tal fin.

Que, al ser el señor Rector de la UNSM personero y representante legal de la Universidad Nacional de San Martín (artículo 103º del Estatuto de la UNSM y artículo 60º de la Ley Universitaria – Ley Nº 30220) y entre sus atribuciones está la de Presidir el Consejo Universitario, así como hacer cumplir sus acuerdos y normas, tal como lo prescribe el numeral 62.1 del artículo 62º de la Ley Universitaria - Ley Nº 30220 y artículo 109º del Estatuto de la UNSM;

Estando a lo acordado en Sesión Extraordinaria de Consejo Universitario de fecha 26 de octubre del 2026 y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220, el Estatuto y Reglamento de la UNSM;

SE RESUELVE:

Artículo 1º.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicios al exterior a partir del 10 al 13 de noviembre del 2026 al Ing. Dr. ENRIQUE NAVARRO RAMÍREZ – Decano de la Facultad de Ingeniería Agroindustrial de la UNSM; con destino a la ciudad de Medellin (Colombia), a fin de conocer las capacidades académicas, los laboratorios y centros de investigación en el marco de consolidar pasantías de estudiantes y docentes, y para la colaboración en trabajos de investigación, en el marco del convenio vigente entre la Universidad Nacional de San Martín y la Universidad Pontificia Bolivariana.

Artículo 2º.- Otorgar al Ing. Dr. ENRIQUE NAVARRO RAMÍREZ – Decano de la Facultad de Ingeniería Agroindustrial de la UNSM, la asignación de (03) días de viáticos internacionales; de acuerdo al siguiente detalle:

Nº

NOMBRES Y APELLIDOS

FECHA

DETALLE

1.

2.

Ing. Dr. Enrique Navarro Ramírez – Decano de la Facultad de Ingeniería Agroindustrial de la UNSM

Día del 10-11-2026

Tarapoto – Lima

Día 11 al -12-2026

Lima–Medellín - (Colombia)

Día 13-11-2026

Medellín (Colombia) - Lima.

Día 14-11-2026

Lima – Tarapoto.

COSTO

03 días de viáticos internacionales $ 370 Dólares x día (D.S. Nº 047-2022-PCM – USD $).

$. 1,110.00.

Artículo 3º.- Autorizar el viaje en Comisión de Servicios al exterior a partir del 02 al 18 de noviembre del 2026 a la Dra. ELIANA MARCELA VÉLEZ ERAZO – Docente Tutora en la Facultad de Ingeniería Agroindustrial en la Universidad Nacional de San Martín, con destino a la ciudad de Cali (Colombia) para el acompañamiento presencial en la pasantía que realizarán los estudiantes de la Facultad de Ingeniería Agroindustrial en la Universidad Nacional de Colombia con Sede en Palmira.

Artículo 4º.- Otorgar a la Dra. ELIANA MARCELA VÉLEZ ERAZO – Docente Tutora en la Facultad de Ingeniería Agroindustrial de la UNSM, la asignación de (02) días de viáticos internacionales; de acuerdo al siguiente detalle:

Nº

NOMBRES Y APELLIDOS

FECHA

DETALLE

1.

2.

Dra. ELIANA MARCELA VÉLEZ ERAZO – Docente Tutora en la FIAI de la UNSM

Día del 02-11-2026

Tarapoto – Lima

Día 02-11-2026

Lima – Cali (Colombia)

Día 03 al 18-11-2026

Cali – (Colombia) - Palmira

Día 18-11-2026

Cali (Colombia) – Lima

Día 19-11-2026

Lima – Tarapoto

COSTO

02 días de viáticos internacionales $ 370 Dólares x día (D.S. Nº 047-2022-PCM – USD $).

$. 740.00.

Artículo 5º.- Disponer que la Unidad de Abastecimiento proceda a la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano” o en el diario de mayor circulación de la Región San Martín de conformidad con lo establecido en el Art. 3º de la Ley 27619.

Artículo 6º.- La Dirección General de Administración deberá adoptar las medidas complementarias necesarias para el cumplimiento de la presente resolución. asimismo puede ser visualizada en la siguiente dirección electrónica: https://transparencia.unsm.edu.pe/documentos-gestion, que en anexo forma parte de la presente Resolución.

Artículo 7º.- Distribuir la presente resolución a: Rectorado, VACAD, VINV, FIAI DII, DGA, URH, Abastecimiento, Contabilidad, Tesorería, Legajo, ACP, PLLAS, OAJ, OCI, Interesado y Archivo, para los fines pertinentes.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

RICARDO RAUL LAYZA CASTAÑEDA

Rector de la UNSM

AUGUSTO ARITIDES GALVEZ VARGAS

Secretario General (e) de la UNSM

2570570-1