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Fecha de publicación: 03/11/2026
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia declarado en los distritos de Pangoa y Río Tambo de la provincia de Satipo del departamento de Junín; en los distritos de Megantoni, Kumpirushiato, Echarate, Villa Virgen, Villa Kintiarina, Manitea, Kimbiri y Cielo Punco de la provincia de La Convención del departamento de Cusco; y en los distritos de Ayna, Santa Rosa, Anchihuay, Río Magdalena, Samugari, Anco y Unión Progreso de la provincia de La Mar del departamento de Ayacucho

Autorizan viaje de servidor de la Defensoría del Pueblo a Argentina, en comisión de servicios

RESOLUCIÓN DEFENSORIAL

N° 0031-2026/DP

Lima, 31 de octubre de 2026

VISTO:

El Informe N° 804-2026-DP/OGAJ emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica y sus antecedentes, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolución; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Defensoría del Pueblo se constituye como un Organismo Constitucionalmente Autónomo, de conformidad con los artículos 161° y 162° de la Constitución Política del Perú; sus funciones están asignadas por la Ley N° 26520, Ley Orgánica de la Defensoría del Pueblo y sus modificatorias; y, mediante Resolución Defensorial N° 006-2025/DP se aprueba su Reglamento de Organización y Funciones y sus modificatorias;

Que, Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, disponen que las resoluciones que autoricen viajes al exterior de la República serán debidamente sustentadas en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, deberán indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje y el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac, y deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;

Que, en ese sentido, con el Informe N° 804-2026-DP/OGAJ de fecha 31 de octubre de 2026, en atención a lo comunicado a través de los Memorandos N° 0077-2026-DP/GAB y N° 0847-2026-DP/OGPP-OPRE, y el Informe N° 0571-2026-DP/OGRH, de fechas 30 de octubre de 2026, y el Memorando N° 931-2026-DP/OGAF del 31 de octubre de 2026, la Oficina General de Asesoría Jurídica concluye que “(…) resulta de interés institucional emitir el acto resolutivo que autorice el viaje al exterior, en comisión de servicios, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina, del 03 al 07 de noviembre de 2026, inclusive, según el itinerario de viaje, del servidor Ayrton Hernán Carretero Saravia, Asesor I de Gabinete de la Defensoría del Pueblo, encargado de las funciones del Centro de Estudios Defensoriales, para participar en el “XXX Congreso y XXXI Asamblea de la Federación Iberoamericana del Ombudsperson (FIO)”, el cual es organizado conjuntamente por la Federación Iberoamericana del Ombudsperson (FIO) y la Defensoría del Pueblo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; con la finalidad de promover el intercambio de experiencias, conocer los avances y desafíos que enfrentan en sus países, así como fortalecer los lazos de cooperación institucional para continuar trabajando en la defensa y protección de los derechos de las personas; y cuyos gastos serán financiados parcialmente con cargo al Pliego Presupuestal de la Defensoría del Pueblo, por la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios, según el siguiente detalle: Pasajes Internacionales US$ 2,118.31 dólares americanos (equivalente en soles S/ 7,520.00 aproximadamente)”;

Con los visados de la Oficina General de Administración y Finanzas, de la Oficina General de Recursos Humanos, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y de la Secretaría General, y;

De conformidad con lo establecido en la Ley N° 27619 y su Reglamento aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM; y, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 7° y por los literales d) y r) del artículo 8° del Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Defensorial N° 006-2025/DP;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR el viaje al exterior, en comisión de servicios, del servidor Ayrton Hernán CARRETERO SARAVIA, Asesor I de Gabinete de la Defensoría del Pueblo, encargado de las funciones del Centro de Estudios Defensoriales, a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Argentina del 03 al 07 de noviembre de 2026, inclusive, considerando el itinerario del viaje, para participar en el “XXX Congreso y XXXI Asamblea de la Federación Iberoamericana del Ombudsperson (FIO)”.

Artículo Segundo.- Los gastos serán financiados parcialmente con cargo al Pliego Presupuestal de la Defensoría del Pueblo, por la fuente de financiamiento de Recursos Ordinarios, según el siguiente detalle: Pasajes Internacionales US$ 2,118.31 dólares americanos (equivalente en soles S/ 7,520.00 aproximadamente). La presente Resolución no libera ni exonera de impuestos o de derechos, cualquiera sea su clase o denominación.

Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el servidor público deberá presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos en la comisión autorizada, de acuerdo al artículo 10° del Reglamento de la Ley N° 27619, aprobado por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM.

Artículo Cuarto.- REMITIR copia de la presente Resolución al interesado, a la Oficina General de Recursos Humanos y a la Oficina General de Administración y Finanzas para los fines pertinentes.

Artículo Quinto.- PUBLICAR la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano y en el Portal Institucional de la Defensoría del Pueblo.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSUÉ MANUEL GUTIÉRREZ CÓNDOR

Defensor del Pueblo

Defensoría del Pueblo

2570523-1