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Fecha de publicación: 04/11/2026
Aprueban ejecución de expropiación de dos áreas afectadas de un inmueble por la ejecución del Proyecto: “Creación del servicio de protección en riberas del río Lacramarca vulnerables ante peligros de inundación en 58 comunidades en los distritos de Macate, Cáceres del Perú y Chimbote de la provincia de Santa - departamento de Áncash”, y el valor de Tasación

Convocan a concurso público de admisión a la carrera docente de la Universidad Nacional del Santa y aprueban reglamento, bases y cronograma

UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SANTA

RESOLUCIÓN N° 748-2026-CU-R-UNS

Nuevo Chimbote, 30 de octubre de 2026

Vista la Carta s/n del Presidente de la Comisión Especial encargada de la Elaboración del Reglamento y Bases para el Proceso de Admisión a la Carrera Docente de la Universidad Nacional del Santa, designado con Resolución N° 846-2025-CU-R-UNS, el Oficio N° 0107-2026-UNS-OPP/UPM de la Jefatura de la Unidad de Planeamiento y Modernización, el Oficio N° 1418-2026-UNS-OAJ de la Jefatura de la Oficina de Asesoría Jurídica, los Oficios N° 179 y 183-2026-UNS-CFC de la Decanatura de la Facultad de Ciencias, el Oficio N° 177-2026-UNS-CFI de la Presidencia del Consejo de la Facultad de Ingeniería, el Oficio N° 288-2026-UNS-CFEH de la Presidencia del Consejo de Facultad de Educación y Humanidades, el Oficio N° 2011-2026-UNS-OPP de la Jefatura de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, el Oficio N° 1638-2026-UNS-URH de la Jefatura de la Unidad de Recursos Humanos; y el Acuerdo N° 02 adoptado por el Consejo Universitario, en su Sesión Ordinaria N° 22-2026, de fecha 29.10.2026; y,

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución N° 846-2025-CU-R-UNS, de fecha 20.10.2025, se designó la Comisión Especial encargada de la elaboración del Reglamento y Bases para el Proceso de Admisión a la Carrera Docente de la Universidad Nacional del Santa, la misma que quedó conformada de la siguiente manera: el Dr. Rómulo Eugenio Loayza Aguilar, como presidente; la Mg. Irene Beatriz Pinto Flores, el Dr. Augusto Castillo Calderón, el Dr. Guillermo Edward Gil Albarrán, la Dra. Celinda Elcira Romero Salinas y la Dra. Miriam Vilma Vallejo Martínez, como integrantes; y el Dr. Carlos Alberto Azañero Díaz, el Dr. Gilmer Juan Luján Guevara y la Dra. Irene Gregoria Vásquez Luján, como accesitarios; asimismo, se dejó claramente establecido que la Comisión antes indicada, actuará de conformidad con la normatividad vigente, y tendrá un plazo de quince (15) días calendarios para la presentación de la referida propuesta;

Que, en tal sentido, mediante Cartas s/n, recepcionadas en fecha 14.11.2025 y 30.09.2026 respectivamente, el Presidente de la Comisión Especial encargada de la Elaboración del Reglamento y Bases para el Proceso de Admisión a la Carrera Docente de la Universidad Nacional del Santa, designado con Resolución N° 846-2025-CU-R-UNS, alcanza la propuesta del Reglamento y Bases para el proceso de admisión a la carrera docente de la Universidad Nacional del Santa, para su evaluación y aprobación correspondiente;

Que, el artículo 83° de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, establece que la admisión a la carrera docente universitaria se realiza mediante concurso público de méritos, teniendo como fundamento principal la calidad intelectual y académica de los concursantes, conforme a lo dispuesto en el Estatuto de cada universidad; asimismo, el artículo 82° de la citada Ley establece los grados académicos exigibles para el ejercicio de la docencia universitaria, según el nivel de formación correspondiente; en tal sentido, resulta necesario que el proceso de admisión a la carrera docente de la Universidad Nacional del Santa se desarrolle con sujeción al marco normativo vigente y a la normativa interna de la Universidad, garantizando el cumplimiento de los requisitos legales y los principios de mérito, transparencia e igualdad de oportunidades;

Que, el artículo 341° del Reglamento General de la Universidad Nacional del Santa, establece que el docente ordinario es un profesional de alta competencia que ingresa a la carrera docente universitaria mediante concurso público de méritos y oposición; asimismo, el artículo 187° del Estatuto de la Universidad Nacional del Santa, señala que son docentes ordinarios de la Universidad aquellos admitidos a la carrera docente mediante concurso público de méritos y que cumplen con el perfil profesional básico establecido en el currículo respectivo; en ese sentido, el ingreso a la carrera docente de la Universidad Nacional del Santa debe efectuarse conforme a las disposiciones normativas institucionales y al marco legal vigente, garantizando la evaluación objetiva de los méritos y capacidades de los postulantes;

Que, por otro lado, cabe señalar que la autonomía universitaria garantiza a esta universidad para gozar de cuatro tipos de autonomía: normativa, de gobierno, académica, administrativa y económica. La autonomía normativa es uno de los pilares fundamentales, pues se refiere a la facultad que tienen las universidades para darse sus propias normas internas, o sea, para elaborar, modificar y aplicar sus estatutos, reglamentos y disposiciones internas, sin interferencia de entidades externas, incluyendo al Estado;

Que, la autonomía normativa está garantizada en el artículo 18° de la Constitución Política del Perú, que reconoce a las universidades como comunidades autónomas en sus aspectos académicos, normativos, administrativos y económicos. Además, en el artículo 8° de la Ley Universitaria - Ley N° 30220, refuerza este principio y establece que cada universidad tiene la potestad de organizarse conforme a su propio estatuto;

Que, aunque las universidades tienen libertad normativa, esta no es absoluta. Deben respetar el marco legal general del país y los estándares de calidad establecidos por entidades como la SUNEDU. Por ejemplo, los estatutos y reglamentos no pueden contradecir la Constitución, la Ley Universitaria ni vulnerar derechos fundamentales. En casos donde haya vacíos o conflictos entre normas internas y las leyes nacionales, prevalece la legislación nacional;

Que, esto encuentra asidero legal en la Constitución Política del Perú, la cual establece la jerarquía normativa, a través de su artículo 51°, el cual refiere que la Constitución prevalece sobre toda norma legal; la Ley, sobre las normas de inferior jerarquía, y así sucesivamente;

Que, en esa línea, de la revisión del reglamento se verifica que la misma ha seguido el marco normativo correspondiente al momento de su elaboración, en tanto se ha tomado en cuenta las disposiciones tanto de la Ley N° 30220 - Ley Universitaria, así como lo dispuesto en el Estatuto de la UNS, es decir, este no contraviene el ordenamiento jurídico vigente aplicable;

Que, por otro lado, al tratarse de la aprobación de un reglamento, además de la revisión del marco normativo aplicable, se necesita una evaluación estructural por parte de la Oficina de Planeamiento y Modernización, de acuerdo con lo establecido en el artículo 555° del Reglamento General de la UNS;

Que, en ese sentido, mediante Oficio N° 0107-2026-UNS-OPP/UPM, recepcionado en fecha 07.10.2026, la Jefatura de la Unidad de Planeamiento y Modernización, emite opinión favorable al referido reglamento y recomienda que la pretensión solicitada por la Comisión Especial continue con su trámite correspondiente para su aprobación previa opinión de la Oficina de Asesoría Jurídica, conforme lo establece el apartado 6.2.3 de la Directiva N° 001-2025-UNS/OPP-UPM;

Que, en mérito a lo señalado precedentemente, la Jefatura de la Oficina de Asesoría Jurídica, mediante Oficio N° 1418-2026-UNS-OAJ, de fecha 19.10.2026, es de la siguiente opinión legal:

1.- Que, resulta PROCEDENTE la emisión del Reglamento, en tanto se encuentra conforme con el marco normativo vigente, no contraviniendo disposiciones de rango superior establecidas en la Constitución, la Ley y demás normas aplicables. En consecuencia, su aprobación se ajusta a los principios de jerarquía normativa y legalidad, garantizando la coherencia del ordenamiento jurídico y la seguridad jurídica en su aplicación, de acuerdo con su base legal reseñada en el artículo 3° y el sustento normativo que es aplicable.

2.- Se RECOMIENDA su aprobación mediante acto resolutivo del Consejo Universitario; puesto que, el reglamento venido en consulta cuenta con la opinión favorable de la Unidad de Planeamiento y Modernización;

Que, mediante Oficio N° 288-2026-UNS-CFEH, de fecha 05.10.2026, la Presidencia del Consejo de Facultad de Educación y Humanidades, comunica el acuerdo 01 adoptado en la sesión extraordinaria N° 15-2026, de Consejo de Facultad de Educación y Humanidades, de fecha 05.10.2026, cuyo tenor a la letra dice: “1° APROBAR la asignación de dos (02) plazas docentes en la categoría de Principal a Tiempo Completo del Departamento Académico Transitorio de Derecho y Ciencias Políticas. Adjunta Acta N° 004-2026 de Sesión de Pleno de docentes del DATDCP de fecha 01.10.2026; con la abstención de la Dra. Bertha Ramírez Romero; por cuanto no hay claridad en la escolaridad”. En merito a que, con Oficio N° 405-2026-UNS-FEH-DTDCP, recepcionado en fecha 05.10.2026, la Dirección del Departamento Académico Transitorio de Derecho y Ciencias Políticas, alcanza dos (02) plazas para nombramiento de Profesor Principal a Tiempo Completo:

Categoría

Área

Asignaturas

Escolaridad

Docente Principal a T.C.

Derecho Administrativo

1.- Derecho de Organización y Despachos Institucionales - Plan Curricular 2025.

2.- Derecho Digital y Protección de Datos - Plan Curricular 2025.

3.- Derecho Administrativo II - Plan Curricular 2025.

4.- Derecho de Contratos - Plan Curricular 2018

Abogado con grado de maestro y Doctor con estudios presenciales, preferentemente en la especialidad. Haber desempeñado 5 años de docencia en la categoría de docente asociado. Haber realizado y publicado trabajos de investigación en el campo de su especialidad. Por excepción, podrán concursar a esta categoría, sin haber sido docente asociado, profesionales con reconocida labor científica en la respectiva especialidad y trayectoria académica, con más 15 años de ejercicio profesional. PRINCIPAL T.C.

Docente Principal a T.C

Derecho Laboral

1.- Derecho Laboral II

2.- Contratos Especiales de Trabajo (e)

3.- Mecanismos Alternativos de Resolución de Conflictos

4.- Sociología del Derecho - Plan Curricular 2025

Abogado con grado de maestro y Doctor con estudios presenciales, preferentemente en la especialidad. Haber desempeñado 5 años de docencia en la categoría de docente asociado. Haber realizado y publicado trabajos de investigación en el campo de su especialidad. Por excepción, podrán concursar a esta categoría, sin haber sido docente asociado, profesionales con reconocida labor científica en la respectiva especialidad y trayectoria académica, con más 15 años de ejercicio profesional. PRINCIPAL T.C.

Que, mediante Oficio N° 177-2026-UNS-CFI, recepcionado en fecha 09.10.2026, la Presidencia del Consejo de Facultad de Ingeniería, comunica el Acuerdo N° 03 adoptado en Sesión Ordinaria N° 14-2026, del Consejo de Facultad de Ingeniería, realizado el 07.10.2026, que a la letra dice: “1. APROBAR la propuesta de 01 (una) plaza docente en la categoría de Auxiliar a Tiempo Completo para el Departamento Académico de Energía, Física y Mecánica, que ha asignado el Consejo Universitario, según acuerdo N° 4 de Sesión Extraordinaria N° 55-2026, contenido en el Oficio Múltiple N° 57-2026-UNS-CU-SG/VIRTUAL, según detalle: PLAZA DOCENTE AUXILIAR A TIEMPO COMPLETO, Área: Ingeniería en Energía, Escolaridad: Ingeniero en Energía con maestría. 2. REMITIR al Consejo Universitario el referido acuerdo, para la aprobación correspondiente”;

Que, mediante Oficio N° 179-2026-UNS-CFC, recepcionado en fecha 15.10.2026, la Decanatura de la Facultad de Ciencias, comunica el acuerdo 01 adoptado en la Sesión Ordinaria Presencial N° 16-26, de Consejo Facultad de Ciencias, de fecha 12.10.2026, que a la letra dice: “1° APROBAR, la propuesta de una (01) plaza para docente AUXILIAR A TIEMPO COMPLETO, área de Salud del Adulto, para el Departamento Académico de Enfermería - DAE, con el siguiente detalle:

Categoría

Área / Especialidad

Asignaturas

Escolaridad y Requisitos

Profesor Auxiliar a T.C.

Área de Salud del Adulto

Semestre Impar:

- Enfermería en Salud del Adulto II

- Metodología de Cuidado de Enfermería.

- Administración en Situación de Emergencia y Desastres.

Semestre Par:

- Enfermería en Salud del Adulto I

- Enfermería en Cuidados Críticos

- Gerencia en Enfermería y Salud

- Maestría en Enfermería o a fines.

- Especialidad en salud del adulto.

- Demás requisitos que se contemplan en la Ley Universitaria.

2° ELEVAR, a Consejo Universitario UNS, para su ratificación correspondiente”;

Que, mediante Oficio N° 183-2026-UNS-CFC, de fecha 15.10.2026, la Decanatura de la Facultad de Ciencias, transcribe el acuerdo 01 adoptado en la Sesión Extraordinaria Presencial N° 25-26, de Consejo Facultad de Ciencias, de fecha 15.10.2026, que a la letra dice: “(…) Segundo. APROBAR la propuesta de asignación de las dos (2) plazas de Profesor Principal a Tiempo Completo del DATMH, conforme al acuerdo del Pleno de Docentes del 06.10.2026, con el siguiente detalle:

Categoría

Área Especial

Asignaturas

Especialidad

Escolaridad y Requisitos

Profesor Principal a T.C.

Pre Clínica

1.- Bioquímica Médica.

2.- Medicina de Laboratorio

Patología Clínica RNE-CMP

Médico Cirujano con título de especialista en Patología Clínica, inscrito en el NRE-CMP, Grado Académico de Doctor obtenido con estudios presenciales y nombramiento previo como profesor asociado (Art. 83 Ley 30220). Excepcionalmente, sin haber sido asociado, deberá acreditar de forma concurrente: 1) Reconocida labor de Investigación Científica y trayectoria académica; 2) Más de quince años de ejercicio profesional.

Profesor Principal a T.C

Medicina Preventiva y Salud Pública

1.- Salud pública y epidemiología básica.

2.- Gerencia en Salud.

3.- Fundamentos de la Administración en Salud.

4.- Atención Primaria en Salud III

Medicina Familiar y Comunitaria o Administración de Salud RNE-CMP

Médico Cirujano con título de especialista en Medicina Familiar y Comunitaria o Administración de Salud inscrito en el NRE-CMP, Grado Académico de Doctor obtenido con estudios presenciales y nombramiento previo como profesor asociado (Art. 83 Ley 30220). Excepcionalmente, sin haber sido asociado, deberá acreditar de forma concurrente: 1) Reconocida labor de Investigación Científica y trayectoria académica; 2) Más de quince años de ejercicio profesional.

(…)”

Que, mediante Oficio Múltiple N° 61-2026-UNS-CU-SG/VIRTUAL, de fecha 19.10.2026, corregido mediante Oficio Múltiple N° 65-2026-UNS-CU-SG/VIRTUAL, de fecha 29.10.2026, al haberse advertido un error material en el primero de los citados documentos, se comunicaron a los señores Decanos de las tres Facultades de la Universidad Nacional del Santa y a la Jefatura de la Unidad de Recursos Humanos, los Acuerdos N° 52, 53, 54 y 63, adoptados por el Consejo Universitario en su Sesión Ordinaria N° 21-2026, de fecha 15.10.2026, así como el Acuerdo N° 01 literales a) y b), adoptado por el Consejo Universitario en su Sesión Ordinaria 22-2026 de fecha 29.10.2026, conforme al siguiente detalle:

“a) RATIFICAR las propuestas de los Consejos de las Facultades de Educación y Humanidades y de Ciencias y en consecuencia, APROBAR la habilitación de cuatro (4) plazas docentes en la categoría de Principal a Tiempo Completo, para el proceso de nombramiento, de las cuales dos (2) plazas corresponden al Departamento Académico Transitorio de Derecho y Ciencias Políticas (FEH) y dos (2) plazas docentes al Departamento Académico Transitorio de Medicina Humana (FC), conforme se detalla a continuación:

Facultad /Dpto. Acad.

Categoría

Área / Especialidad

Asignaturas

Escolaridad

Educación y Humanidades /DATDYCP

1 Profesor Principal a T.C.

Derecho Administrativo

1.- Derecho de Organización y Despachos Institucionales - Plan Curricular 2025.

2.- Derecho Digital y Protección de Datos - Plan Curricular 2025.

3.- Derecho Administrativo II - Plan Curricular 2025.

4.- Derecho de Contratos - Plan Curricular 2018

Abogado con grado de maestro y Doctor con estudios presenciales, preferentemente en la especialidad. Haber desempeñado 5 años de docencia en la categoría de docente asociado. Haber realizado y publicado trabajos de investigación en el campo de su especialidad. Por excepción, podrán concursar a esta categoría, sin haber sido docente asociado, profesionales con reconocida labor científica en la respectiva especialidad y trayectoria académica, con más 15 años de ejercicio profesional. PRINCIPAL T.C.

Educación y Humanidades /DATDYCP

1 Profesor Principal a T.C

Derecho Laboral

1.- Derecho Laboral II

2.- Contratos Especiales de Trabajo (e)

3.- Mecanismos Alternativos de Resolución de Conflictos

4.- Sociología del Derecho - Plan Curricular 2025

Abogado con grado de maestro y Doctor con estudios presenciales, preferentemente en la especialidad. Haber desempeñado 5 años de docencia en la categoría de docente asociado. Haber realizado y publicado trabajos de investigación en el campo de su especialidad. Por excepción, podrán concursar a esta categoría, sin haber sido docente asociado, profesionales con reconocida labor científica en la respectiva especialidad y trayectoria académica, con más 15 años de ejercicio profesional. PRINCIPAL T.C.

Ciencias /DATMH

1 Profesor Principal a T.C.

Pre Clínica / Patología Clínica RNE-CMP

1.- Bioquímica Médica.

2.- Medicina de Laboratorio

Médico Cirujano con título de especialista en Patología Clínica, inscrito en el NRE-CMP, Grado Académico de Doctor obtenido con estudios presenciales y nombramiento previo como profesor asociado (Art. 83 Ley 30220). Excepcionalmente, sin haber sido asociado, deberá acreditar de forma concurrente: 1) Reconocida labor de Investigación Científica y trayectoria académica; 2) Más de quince años de ejercicio profesional.

Ciencias /DATMH

1 Profesor Principal a T.C

Medicina Preventiva y Salud Pública / Medicina Familiar y Comunitaria o Administración de Salud RNE-CMP

1.- Salud pública y epidemiología básica.

2.- Gerencia en Salud.

3.- Fundamentos de la Administración en Salud.

4.- Atención Primaria en Salud III

Médico Cirujano con título de especialista en Medicina Familiar y Comunitaria o Administración de Salud inscrito en el NRE-CMP, Grado Académico de Doctor obtenido con estudios presenciales y nombramiento previo como profesor asociado (Art. 83 Ley 30220). Excepcionalmente, sin haber sido asociado, deberá acreditar de forma concurrente: 1) Reconocida labor de Investigación Científica y trayectoria académica; 2) Más de quince años de ejercicio profesional.

“b) RATIFICAR las propuestas de los Consejos de las Facultades de Ciencias y de Ingeniería y en consecuencia, APROBAR la habilitación de dos (2) plazas docentes en la categoría de Auxiliar a Tiempo Completo, para el proceso de nombramiento, de las cuales una (1) plaza corresponde al Departamento Académico de Enfermería (FC) y una (1) plaza al Departamento Académico de Energía, Física y Mecánica (FI), conforme se detalla a continuación:

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Que, mediante Oficio N° 2011-2026-UNS-OPP, recepcionado en fecha 23.10.2026, la Jefatura de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, alcanza el Oficio N° 1956-2026-UNS-OPP/UP, de fecha 22.10.2026, mediante el cual, la Jefatura de la Unidad de Presupuesto, ante la solicitud de disponibilidad presupuestal para la habilitación de seis (06) plazas docente, precisa que dicho requerimiento fue atendido mediante el Informe N° 158-2026-UNS-OPP/UP de fecha 14.09.2026, el mismo que concluye, que de la evaluación presupuestal efectuada, se determina que existe disponibilidad presupuestal suficiente para sustentar el costo anual correspondiente a la incorporación de seis (06) PEAS docentes en el registro AIRHSP, por el importe de S/ 606,964.28, considerando que los clasificadores de gasto evaluados presentan un saldo presupuestal disponible de S/ 1,346,882.00;

Que, mediante Oficio N° 1638-2026-UNS-URH, de fecha 26.10.2026, la Jefatura de la Unidad de Recursos Humanos, comunica que las seis (06) plazas docentes, que se encuentran proyectadas para el proceso de nombramiento, si se encuentran registradas en el AIRHSP;

Que, mediante Carta s/n, de fecha 26.10.2026, el Presidente de la Comisión Especial encargada de la Elaboración del Reglamento y Bases para el Proceso de Admisión a la Carrera Docente de la Universidad Nacional del Santa, designado con Resolución N° 846-2025-CU-R-UNS, alcanza el referido reglamento y las bases debidamente subsanadas las observaciones realizadas por el Consejo Universitario en su Acuerdo 02 de la Sesión Extraordinaria N° 58-2026 de fecha 21.10.2026 continuada en fecha 22.10.2026, comunicada mediante Oficio N° 1798-2026-UNS-SG de fecha 23.10.2026, por la Secretaria General UNS;

Que, en consecuencia, el Consejo Universitario, en su Sesión Ordinaria N° 22-2026, de fecha 29.10.2026, luego de evaluar la documentación presentada y la opinión jurídica emitida por la Jefatura de la Oficina de Asesoría Jurídica, por mayoría, acordó: a) aprobar la convocatoria al Proceso de Admisión a la Carrera Docente de la Universidad Nacional del Santa; b) aprobar el Reglamento para el Proceso de Admisión a la Carrera Docente de la Universidad Nacional del Santa; c) aprobar las Bases para el Concurso Público del Proceso de Admisión a la Carrera Docente de la Universidad Nacional del Santa; d) aprobar el cronograma del referido concurso público; e) dispuso la publicación de la presente resolución en el Portal del Diario Oficial El Peruano (www.elperuano.pe), el diario de mayor circulación local, así como la publicación de la presente resolución y sus anexos en el Portal Institucional de la Universidad Nacional del Santa (www.uns.edu.pe); y, f) disponer la emisión de la Resolución correspondiente;

Estando a las consideraciones que anteceden, a lo acordado por el Consejo Universitario, en su Sesión Ordinaria N° 22-2026, de fecha 29.10.2026, y en uso de las atribuciones que concede la Ley N° 30220 - Ley Universitaria;

SE RESUELVE:

1°.- CONVOCAR a CONCURSO PÚBLICO DE ADMISIÓN A LA CARRERA DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SANTA, en las plazas detalladas en relación anexa, documento que en dos (02) fojas, sellado y rubricado por el Secretario General de la Universidad, forma parte de la presente Resolución.

2°.- APROBAR el REGLAMENTO PARA EL PROCESO DE ADMISIÓN A LA CARRERA DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SANTA Y ANEXOS, documento que consta de VI títulos, 61 artículos y siete disposiciones finales que en cuarenta y uno (41) fojas, sellado y rubricado por el Secretario General de la Universidad, forma parte de la presente Resolución.

3°.- APROBAR las BASES PARA EL CONCURSO PÚBLICO DE ADMISIÓN A LA CARRERA DOCENTE DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DEL SANTA Y ANEXOS, documento que consta de seis (06) fojas, sellado y rubricado por el Secretario General de la Universidad, forma parte de la presente Resolución.

4°.- APROBAR, el Cronograma del Concurso anteriormente señalado, según detalle:

1. Convocatoria : 30.10.2026

2. Inscripción : Del 30.10.2026 al 20.11.2026

3. Publicación de postulantes inscritos : 20.11.2026

4. Publicación de postulantes aptos : 20.11.2026

5. Evaluación de postulantes : Del 21.11.2026 al 25.11.2026

6. Publicación de Resultados por Decanatura : 26.11.2026

7. Presentación de Recursos Impugnatorios : 27.11.2026

8. Absolución de impugnaciones y/o Aprobación

por Consejo de Facultad : 01.12.2026

9. Aprobación de resultados por

Consejo Universitario : 02.12.2026

10. Publicación de resultados : 03.12.2026

5°.- ENCARGAR a los señores Vicerrectores Académico y de Investigación, a los señores Decanos de las Facultades de Ingeniería, de Ciencias, y de Educación y Humanidades, a la Dirección General de Administración y a la Jefatura de la Unidad de Recursos Humanos, el cumplimiento de la presente Resolución.

6°.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Portal del Diario Oficial El Peruano (www.elperuano.pe), el diario de mayor circulación local, así como la publicación de la presente resolución y sus anexos en el Portal Institucional de la Universidad Nacional del Santa (www.uns.edu.pe).

Regístrese, comuníquese y archívese.

AMÉRICA ODAR ROSARIO

Rectora de la Universidad Nacional del Santa

MARIO AUGUSTO MERCHÁN GORDILLO

Secretario General

2570492-1