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Fecha de publicación: 31/10/2026
Decreto Supremo que modifica los Lineamientos para la implementación de la Ley N° 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal, aprobados por Decreto Supremo N° 008-2022-PCM

Autorizan transferencia del acervo documentario registral de la Oficina de Registros del Estado Civil de la Municipalidad Distrital de Pebas al RENIEC

RESOLUCIóN JEFATURAL

N° D000070-2026-RENIEC/JNAC

Lima, 29 de octubre de 2026

VISTOS:

La Hoja de Elevación N°000090-2026/OPPM/UP/RENIEC (29ENE2026) de la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; la Hoja de Elevación N°D000159-2026-RENIEC/DRC (27OCT2026) de la Dirección de Registros Civiles y el Informe N°D000296-2026-RENIEC/DRC-SDTN (26OCT2026) de la Sub Dirección Técnico Normativa de la Dirección de Registros Civiles; y,

CONSIDERANDO:

Que el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (RENIEC) es un organismo constitucionalmente autónomo, encargado de manera exclusiva y excluyente de las funciones de organizar y actualizar el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales y, entre otros, de inscribir los nacimientos, matrimonios, defunciones y demás actos que modifican la capacidad y estado civil;

Que la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 26497, establece que la Jefatura Nacional queda autorizada a establecer los mecanismos necesarios para la transferencia e integración de las Oficinas de Registros del Estado Civil (OREC), pudiendo, como consecuencia de ello, adoptar las disposiciones conducentes al cumplimiento de dicho mandato, conforme a la Octava Disposición Final del Reglamento de las Inscripciones del RENIEC aprobado por Decreto Supremo Nº 015-98-PCM;

Que mediante la Resolución Jefatural Nº 000023-96-JEF (03ABR1996), se delegó a las Oficinas de los Registros Civiles que funcionan en las Municipalidades Provinciales y Distritales, Municipios de Centro Poblado Menor (hoy Municipalidades de Centro Poblado), Agencias Municipales, Comunidades Nativas, guarniciones militares de frontera y misioneros religiosos autorizados a inscribir, las funciones previstas en los literales a), b), c), e), i), l), m), n), o), y q) del artículo 44° de la Ley N°26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil;

Que mediante la Resolución Jefatural Nº 000061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024) y sus modificatorias, se aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del RENIEC y de acuerdo a lo señalado en su artículo 41°, la Dirección de Registros Civiles es el órgano de línea técnico normativo del Sistema Registral Civil - SRC, encargado de dar lineamientos, evaluar, supervisar y gestionar las acciones relacionadas con las Oficinas del Sistema Registral Civil para su funcionamiento; así como conducir el proceso de delegación de funciones registrales emitiendo las resoluciones y proyectos de Resolución Jefatural en materia de su competencia;

Que asimismo, el artículo 102° del citado Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, establece que, la Sub Dirección Técnico Normativa es la unidad orgánica de la Dirección de Registros Civiles encargada de formular políticas, lineamientos e instrumentos procedimentales en materia de registros civiles, para orientar el desarrollo de la función de las unidades del Sistema Registral Civil, brindando asesoramiento a sus órganos conformantes; señala también que esta unidad controla, coordina y supervisa la integración a la institución, del acervo documentario registral de las Oficinas autorizadas que conforman el Sistema Registral Civil; en este sentido, el literal m) del artículo 103° establece entre sus funciones gestionar la incorporación o transferencia el acervo documentario de Registros Civiles – RRCC al RENIEC, proveniente de las Oficinas Autorizadas que conforman el Sistema Registral Civil, con la finalidad de que las actas registrales se encuentren integradas en la base de datos del RENIEC;

Que mediante la Resolución Secretarial N° 00042-2025/SGEN/RENIEC (19MAR2025), se aprobó la Guía de Procedimientos GP-040-DRC/SDTN/007 “Integración del Acervo Documentario Registral de las Oficinas Autorizadas” - primera versión, la cual establece los lineamientos y acciones a seguir para coordinar, supervisar y controlar los procedimientos de Revocatoria Parcial, Revocatoria Total (Incorporación de acervo documentario) de las Oficinas de Registros del Estado Civil (OREC) y la Transferencia de Acervo Documentario de las OREC y las Oficinas Registrales Consulares (ORC) con Actividades Registrales Automatizadas;

Que el documento normativo citado en el considerando precedente, establece en el numeral 6.3, la transferencia de acervo documentario de OREC con actividades registrales automatizadas, precisando en el numeral 6.3.2. que mediante esta modalidad no se revocan las facultades registrales delegadas a la OREC; por tanto, la OREC automatizada continuará realizando, de acuerdo a su competencia y por delegación, inscripciones de actas registrales en línea a través del aplicativo del RENIEC SIRCM-GE; que permite se actualice en forma automática la base de datos de Registros Civiles, a través de la generación de actas registrales en línea; a efectos que los ciudadanos puedan solicitar copia certificada de sus actas registrales en cualquier oficina del RENIEC, a nivel nacional;

Que de acuerdo al marco legal citado y a través del informe de vistos, la Sub Dirección Técnico Normativa sustenta la propuesta de transferencia al RENIEC, del acervo documentario registral de la OREC de la Municipalidad Distrital de Pebas, provincia de Mariscal Ramón Castilla y departamento de Loreto, con la finalidad de continuar con la integración de los registros civiles a nivel nacional, en el marco del Objetivo Estratégico Institucional OEI.01, de la Acción Estratégica Institucional AEI.01.05 y del indicador Porcentaje de actas registrales transferidas al RENIEC a nivel nacional, conforme a la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 26497;

Que para ello, la citada Sub Dirección precisa que la propuesta cuenta con la disponibilidad presupuestal otorgada por la Unidad de Presupuesto de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización mediante la Hoja de Elevación N° 000090-2026/OPPM/UP/RENIEC (29ENE2026) y con la opinión favorable de la Dirección de Registros Civiles de acuerdo al siguiente detalle:

DEPARTAMENTO

PROVINCIA

DISTRITO

FECHA DE TRANSFERENCIA

LORETO

MARISCAL RAMÓN CASTILLA

PEBAS

27NOV2026

Que la Sub Dirección Técnico Normativa en ejercicio de sus funciones, estará encargada de realizar las coordinaciones y acciones pertinentes con los representantes de la citada OREC a efecto de suscribir el acta de transferencia correspondiente, para la inmediata entrega del acervo documentario registral; así como la información sistematizada en formato electrónico (datos e imágenes), si lo tuviera;

Que la presente Resolución Jefatural debe ser puesta a conocimiento de la ciudadanía, a través de la correspondiente publicación; y;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 26497, Ley Orgánica del RENIEC; el Reglamento de las Inscripciones del RENIEC, aprobado por el Decreto Supremo Nº015-98-PCM; el Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC, aprobado por la Resolución Jefatural Nº000061-2024/JNAC/RENIEC (08ABR2024) y sus modificatorias, así como, lo dispuesto por el literal a) del numeral 9.1 del artículo 9° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº009-2024-JUS (30AGO2024);

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- AUTORIZAR la transferencia del acervo documentario registral de las secciones de Nacimiento, Matrimonio y Defunción; así como de sus respectivos títulos archivados y la información sistematizada en formato electrónico, si la tuviera, de la Oficina de Registros del Estado Civil automatizada que se hará efectiva conforme al siguiente detalle:

DEPARTAMENTO

PROVINCIA

DISTRITO

FECHA DE TRANSFERENCIA

LORETO

MARISCAL RAMÓN CASTILLA

PEBAS

27NOV2026

Artículo Segundo.- DISPONER que la Oficina de Registros del Estado Civil automatizada detallada en el artículo precedente, mantenga la delegación de las funciones registrales conferidas mediante la Resolución Jefatural Nº 023-96-JEF y la automatización autorizada por el RENIEC.

Artículo Tercero.- La Sub Dirección Técnico Normativa, realizará todas las coordinaciones y acciones pertinentes con las autoridades de la Municipalidad Distrital detallada en el Artículo Primero; a efectos de suscribir el Acta de transferencia entre los funcionarios municipales y el RENIEC para la inmediata entrega del acervo documentario registral relativo a las secciones de Nacimiento, Matrimonio y Defunción y sus respectivos títulos archivados, así como la información sistematizada en formato electrónico, si la tuviera, de la Oficina de Registros del Estado Civil automatizada de la citada Municipalidad Distrital al RENIEC, en cumplimiento de lo establecido en la Primera Disposición Complementaria de la Ley Nº 26497 y el Artículo Primero de la presente Resolución Jefatural.

Artículo Cuarto.- ENCARGAR a la Dirección de Registros Civiles la implementación de lo dispuesto por la presente Resolución Jefatural y la difusión de su contenido a la Oficina de Comunicaciones y Prensa.

Artículo Quinto.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial El Peruano y en el portal institucional de la entidad (www.gob.pe/reniec).

Regístrese, publíquese y cúmplase.

CARMEN MILAGROS VELARDE KOECHLIN

Jefa Nacional

2570201-1