Decreto Supremo que autoriza Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026 a favor del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico
DECRETO SUPREMO
Nº 229-2026-EF
LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 32514, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, establece que cuando, luego de la evaluación periódica de los recursos previstos en la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, resulte necesario realizar modificaciones presupuestarias en el nivel institucional, incluyendo, de ser el caso, las contrapartidas asociadas a las operaciones de endeudamiento contratadas y no ejecutadas, el Poder Ejecutivo queda autorizado para que, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas, realice las mencionadas modificaciones presupuestarias, únicamente, respecto de aquellos Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito en proceso de desembolso o con contratos de préstamo suscritos. Asimismo, el numeral 3.2 del citado artículo precisa que dicha acción debe ser informada a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República durante los primeros cinco (5) días hábiles de haber sido realizada;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 306-2025-EF, se aprueba la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), hasta por la suma de US$ 46 706 060,00 (CUARENTA Y SEIS MILLONES SETECIENTOS SEIS MIL SESENTA Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente el proyecto de inversión “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios Operativos o Misionales Institucionales en Centro Nacional de Planeamiento Estratégico Distrito de San Isidro de la Provincia de Lima del Departamento de Lima”, con Código Único de Inversiones (CUI) Nº 2690555; cuyo Contrato de Préstamo Nº 6028/OC-PE ha sido suscrito el 21 de enero de 2026;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 104-2024-EF, se aprueba la operación de endeudamiento externo entre la República del Perú y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), hasta por la suma de US$ 50 000 000,00 (CINCUENTA MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS), destinada a financiar parcialmente el proyecto de inversión “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios Operativos o Misionales Institucionales en la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital - Transformación Digital con Equidad; Distrito de Miraflores de la Provincia de Lima del Departamento de Lima”, con Código Único de Inversiones (CUI) Nº 2566964; cuyo Contrato de Préstamo Nº 5834/OC-PE ha sido suscrito el 19 de junio de 2024;
Que, mediante el Oficio Nº D002525-2026-PCM-SG, la Presidencia del Consejo de Ministros solicita una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, hasta por la suma de S/ 1 295 188,00 (UN MILLÓN DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito (ROOC), con cargo a sus saldos de libre disponibilidad, a favor del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, para financiar la ejecución del proyecto de inversión “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios Operativos o Misionales Institucionales en Centro Nacional de Planeamiento Estratégico Distrito de San Isidro de la Provincia de Lima del Departamento de Lima”, con Código Único de Inversiones (CUI) Nº 2690555, vinculado a la operación de endeudamiento externo aprobada por el Decreto Supremo Nº 306-2025-EF, en el marco de lo dispuesto por el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 32514; adjuntando, para dicho efecto el Informe Nº D000221-2026-PCM-OP de la Oficina de Presupuesto de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto de la Presidencia de Consejo de Ministros, con el respectivo sustento, así como el Oficio Nº 0212-2026-EF/63.04, que adjunta el Informe Nº 0221-2026-EF/63.04, de la Dirección General de Programación Multianual de Inversiones del Ministerio de Economía y Finanzas con la opinión técnica favorable respecto al citado proyecto de inversión;
Que, mediante el Memorando Nº 0535-2026-EF/52.04, la Dirección General del Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas, en el marco de sus competencias, emite opinión favorable respecto a la Transferencia de Partidas de la Presidencia del Consejo de Ministros a favor del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, para financiar el proyecto de inversión “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios Operativos o Misionales Institucionales en Centro Nacional de Planeamiento Estratégico Distrito de San Isidro de la Provincia de Lima del Departamento de Lima”, con Código Único de Inversiones (CUI) Nº 2690555, vinculado a la operación de endeudamiento externo aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 306-2025-EF;
Que, en consecuencia, corresponde autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, hasta por la suma de S/ 1 295 188,00 (UN MILLÓN DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, de la Presidencia del Consejo de Ministros a favor del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, para financiar lo señalado en los considerandos precedentes;
De conformidad con lo establecido en el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 32514, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
Se autoriza una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, hasta por la suma de S/ 1 295 188,00 (UN MILLÓN DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MIL CIENTO OCHENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), por la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, a favor del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico, para financiar la ejecución del proyecto de inversión “Mejoramiento y Ampliación de los Servicios Operativos o Misionales Institucionales en Centro Nacional de Planeamiento Estratégico Distrito de San Isidro de la Provincia de Lima del Departamento de Lima”, con Código Único de Inversiones (CUI) Nº 2690555, vinculado a la operación de endeudamiento externo aprobada mediante el Decreto Supremo Nº 306-2025-EF, con cargo a los recursos del presupuesto institucional de la Presidencia del Consejo de Ministros, en el marco de lo dispuesto por el numeral 3.1 del artículo 3 de la Ley Nº 32514, Ley de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, de acuerdo con el siguiente detalle:
DE LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 001 : Presidencia del Consejo de Ministros
UNIDAD EJECUTORA 022 : Proyecto de Transformación Digital con Equidad – PROTDE
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos
PROYECTO 2566964 : Mejoramiento y Ampliación de los Servicios Operativos o Misionales Institucionales en la Presidencia del Consejo de Ministros, a través de la Secretaría de Gobierno y Transformación Digital – Transformación Digital con Equidad; Distrito de Miraflores de la Provincia de Lima del Departamento de Lima
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1 295 188,00
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TOTAL EGRESOS 1 295 188,00
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A LA: En Soles
SECCIÓN PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 016 : Centro Nacional de Planeamiento Estratégico – CEPLAN
UNIDAD EJECUTORA 002 : Proyecto de Mejoramiento de los Servicios de Planeamiento Estratégico – PMSPE
CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones Presupuestarias que no resultan en Productos
PROYECTO 2690555 : Mejoramiento y Ampliación de los Servicios Operativos o Misionales Institucionales en el Centro Nacional de Planeamiento Estratégico Distrito de San Isidro de la Provincia de Lima del Departamento de Lima
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 3 : Recursos por operaciones Oficiales de Crédito
GASTO DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 1 295 188,00
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TOTAL EGRESOS 1 295 188,00
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Artículo 2.- Procedimiento para la aprobación institucional
2.1 El Titular del pliego habilitador y del pliego habilitado en la presente Transferencia de Partidas aprueban, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, a nivel programático, dentro de los cinco (5) días calendario contados desde la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (5) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público.
2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados solicita a la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida.
2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las unidades ejecutoras para que elaboren las correspondientes “Notas de Modificación Presupuestaria” que se requieran como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma.
Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos
Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos.
Artículo 4.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de octubre del año dos mil veintiséis.
LUIS FERNANDO GALARRETA VELARDE
Primer Vicepresidente de la República
Encargado del Despacho de la
Presidencia de la República
ELMER RAFAEL CUBA BUSTINZA
Ministro de Economía y Finanzas
2569932-3