Nombran fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Este
Resolución de la Fiscalía de la Nación
Nº 3422-2026-MP-FN
Lima, 29 de octubre de 2026
VISTOS:
El oficio Nº 003528-2026-MP-FN-CN-FEVCMYGF, de fecha 26 de octubre de 2026, el proveído Nº 000372-2026-MP-FN-CN-FEVCMYGF, de fecha 28 de octubre de 2026, y el informe Nº 0216-2026-MP-FN-OREF-MGAS, de fecha 29 de octubre de 2026, y;
CONSIDERANDO:
Mediante el oficio y proveído de vistos, la Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, eleva propuesta para cubrir la plaza de fiscal provincial en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de La Molina.
A través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 1797-2023-MP-FN, de fecha 21 de julio de 2023, se resolvió nombrar al abogado Iván Argenis Morante Aponte, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur, designándolo en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Miraflores; laborando actualmente en mérito a lo dispuesto en la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 2956-2024-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2024.
Los numerales 3 y 4 del artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718, establecen que corresponde al Fiscal de la Nación el nombramiento de los fiscales provisionales de todos los niveles, así como la designación de los fiscales titulares y provisionales en el órgano fiscal respectivo.
El numeral 64.2 del artículo 64 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, modificada por la Ley Nº 31718, señala que los fiscales provisionales son aquellos fiscales titulares que en caso de vacancia, licencia o impedimento ocupan el nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que cumplen los requisitos para el nivel que se les designa.
Al respecto, el Tribunal Constitucional ha manifestado en reiterada jurisprudencia que la “(…) provisionalidad constituye una situación fáctica que no genera más derechos que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce quien no ostenta titularidad alguna (…)” (STC Nº 2770-2010-PA/TC); asimismo, la Corte Interamericana de Derechos Humanos, en la sentencia de fecha 24 de noviembre de 2020, caso Casa Nina vs. Perú, determinó que no debe extenderse indefinidamente en el tiempo y debe estar sujeta a una condición resolutoria.
En ese sentido, es necesario emitir el resolutivo correspondiente a fin de nombrar y designar al abogado Iván Argenis Morante Aponte, para que ocupe provisionalmente el cargo de fiscal provincial en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de La Molina, para lo cual previamente se deberá concluir su nombramiento y designación señalados en el segundo párrafo de la parte considerativa de la presente resolución; en atención al marco normativo, previa verificación del cumplimiento de los requisitos de ley y según el informe Nº 0216-2026-MP-FN-OREF-MGAS, de fecha 29 de octubre de 2026.
Es de precisar que la plaza señalada en el párrafo precedente -con carácter transitorio- corresponde a las creadas mediante Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 131-2019-MP-FN-JFS, de fecha 27 de diciembre de 2019, cuya vigencia se encuentra prorrogada, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 64-2025-MP-FN-JFS, de fecha 30 de diciembre de 2025.
De conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052 y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento del abogado Iván Argenis Morante Aponte, como fiscal adjunto provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Sur, y su designación en la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de San Juan de Miraflores, materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nºs. 1797-2023-MP-FN y 2956-2024-MP-FN, de fechas 21 de julio de 2023 y 30 de diciembre de 2024, respectivamente.
Artículo Segundo.- Nombrar al abogado Iván Argenis Morante Aponte, como fiscal provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Este, designándolo en la Fiscalía Provincial Corporativa Especializada en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar de La Molina.
Artículo Tercero.- Precisar que la plaza señalada en el artículo precedente, tiene la condición de transitoria en mérito a lo dispuesto con la Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 131-2019-MP-FN-JFS, de fecha 27 de diciembre de 2019, cuya vigencia se encuentra prorrogada, del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026, por Resolución de la Junta de Fiscales Supremos Nº 64-2025-MP-FN-JFS, de fecha 30 de diciembre de 2025.
Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento al abogado Iván Argenis Morante Aponte que debe efectuar la correspondiente entrega de cargo, conforme a las disposiciones señaladas en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Quinto.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencias de las Juntas de Fiscales Superiores de los Distritos Fiscales de Lima Sur y Lima Este, Coordinación Nacional de las Fiscalías Provinciales Transitorias Corporativas Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Fiscalías Provinciales Especializadas en Violencia contra las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar y de las Fiscalías Provinciales Corporativas en Lesiones y Agresiones en contra de las Mujeres y los Integrantes del Grupo Familiar, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional y al fiscal mencionado.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS
Fiscal de la Nación
2569901-8