Disponen la publicación del proyecto de Resolución Directoral que aprueba la Norma DGE “Especificaciones Técnicas del Sistema Fotovoltaico y sus componentes para Electrificación Rural y otras aplicaciones”, así como de su Exposición de Motivos
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 465-2026-MINEM/DM
Lima, 28 de octubre de 2026
VISTOS: el Informe N° 0631-2026/MINEM-DGE de la Dirección General de Electricidad; el Informe N° 1420-2026-MINEM/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo previsto en el numeral 5.1 del artículo 5 de la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, el Ministerio de Energía y Minas tiene la competencia exclusiva de diseñar, establecer y supervisar las políticas nacionales y sectoriales en materia de energía, asumiendo su rectoría; asimismo, conforme a lo establecido en el numeral 7.2 del artículo 7 y en el numeral 9.1 del artículo 9 de la norma en mención, el Ministerio de Energía y Minas ejerce la función rectora de dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las citadas políticas y para la gestión de los recursos energéticos; así como, la función general de aprobar las disposiciones normativas que le correspondan, respectivamente;
Que, conforme al numeral 6.2 del artículo 6 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM, el Ministerio de Energía y Minas ejerce la función rectora de dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada ejecución y supervisión de las políticas, así como para la gestión de los recursos energéticos y mineros;
Que, el artículo 2 de la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural, declara de necesidad nacional y utilidad pública la electrificación de las zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del país; además, el artículo 11 de la precitada Ley, establece que los Sistemas Eléctricos Rurales (SER) deberán contar con normas específicas de diseño y construcción adecuadas a las zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del país; para lo cual la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas emitirá las normas de diseño y construcción correspondientes, las mismas que deberán ser actualizadas permanentemente;
Que, de acuerdo a la Primera Disposición Final de la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural, en el desarrollo de los proyectos de electrificación rural, se debe dar prioridad al aprovechamiento y desarrollo de los recursos energéticos renovables de origen solar, eólico, geotérmico, hidráulico y biomasa existentes en el territorio nacional, así como su empleo para el desarrollo sostenible en las zonas rurales, localidades aisladas y de frontera del país;
Que, mediante la Resolución Directoral N° 003-2007-EM-DGE, se aprobó el Reglamento Técnico “Especificaciones Técnicas y Procedimientos de Evaluación del Sistema Fotovoltaico y sus Componentes para Electrificación Rural”, el cual estableció las características mínimas que debían cumplir los sistemas fotovoltaicos (SFV) y sus componentes, así como los procedimientos de evaluación para verificar dicho cumplimiento; además, se reconoció a los SFV como una alternativa de energía renovable aplicable a proyectos de electrificación rural, siendo de cumplimiento obligatorio para los proyectos que se desarrollen en el marco de la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural;
Que, de conformidad con el artículo 2 del Reglamento para la Promoción de la Inversión Eléctrica en Áreas No Conectadas a Red, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2013-EM, este Reglamento tiene por objeto establecer las disposiciones reglamentarias necesarias para la adecuada aplicación del Decreto Legislativo N° 1002, Decreto Legislativo de promoción de la inversión para la generación de electricidad con el uso de energías renovables, a fin de promover el aprovechamiento de los Recursos Energéticos Renovables para mejorar la calidad de vida de la población ubicada en las Áreas No Conectadas a Red;
Que, mediante la Resolución Directoral N° 203-2015-MEM/DGE, se aprueba la Norma DGE “Especificación Técnica para Sistema Fotovoltaico y sus componentes para Electrificación Rural”, que sustituyó al Reglamento Técnico “Especificaciones Técnicas y Procedimientos de Evaluación del Sistema Fotovoltaico y sus Componentes para Electrificación Rural”, aprobado por Resolución Directoral N° 003-2007-EM-DGE, retirando los procedimientos de evaluación de SFV y sus componentes e incorporando aspectos relativos a la inspección y pruebas de aceptación, manipuleo, transporte, garantía técnica, embalaje e información técnica correspondiente;
Que, resulta imperativo actualizar la Norma DGE “Especificación Técnica para Sistema Fotovoltaico y sus componentes para Electrificación Rural”, aprobada mediante la Resolución Directoral N° 203-2015-MEM/DGE, a fin de armonizar sus disposiciones con los estándares tecnológicos vigentes, lo cual permitirá optimizar el uso de los recursos públicos disponibles y garantizar la calidad, seguridad, eficiencia y durabilidad de los sistemas fotovoltaicos utilizados en proyectos de electrificación rural, contribuyendo a la integración energética y al desarrollo socio-económico de las zonas rurales del país;
Que, conforme al literal i) del artículo 64 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo N° 031-2007-EM, la Dirección General de Electricidad tiene la función y atribución de mantener actualizadas las normas y reglamentos técnicos de su competencia;
Que, de conformidad con el numeral 19.1 del artículo 19 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, los proyectos de normas jurídicas de carácter general deben ser publicados en las sedes digitales de las entidades de la Administración Pública a cargo de su elaboración o en otro medio, asegurando su debida difusión y fácil acceso; asimismo, el numeral 20.1 del artículo 20 del mencionado Reglamento señala que el plazo para la recepción de los comentarios, aportes u opiniones, no debe ser menor a quince (15) días calendario contados desde el día siguiente de su publicación, salvo disposición normativa de rango superior que establezca lo contrario;
Que, mediante el Informe N° 0631-2026-MINEM/DGE, la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas sustenta la necesidad de publicar el proyecto de Resolución Directoral que aprueba la Norma DGE “Especificaciones Técnicas del Sistema Fotovoltaico y sus componentes para Electrificación Rural y otras aplicaciones”, así como de su Exposición de Motivos, con el objeto de recabar comentarios, aportes u opiniones de la ciudadanía, garantizando el principio de transparencia y máxima divulgación, así como el principio de participación ciudadana y/o de los administrados, antes que, en ejercicio de la potestad normativa, se aprueben normas de carácter general que puedan afectar derechos, obligaciones e intereses;
Que, mediante el Informe N° 1420-2026-MINEM/OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Energía y Minas señala que resulta viable legalmente la emisión de la Resolución Ministerial que dispone la publicación del proyecto normativo de Norma DGE “Especificaciones Técnicas del Sistema Fotovoltaico y sus componentes para Electrificación Rural y otras aplicaciones”;
Con los vistos de la Dirección General de Electricidad, de la Oficina General de Asesoría Jurídica y del Despacho Viceministerial de Electricidad;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural; la Ley N° 30705, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Supremo N° 031-2007-EM, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas; el Decreto Supremo N° 020-2013-EM, que aprueba el Reglamento para la Promoción de la Inversión Eléctrica en Áreas No Conectadas a Red; el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, que aprueba el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Publicación del proyecto normativo
Se dispone la publicación del proyecto de Resolución Directoral que aprueba la Norma DGE “Especificaciones Técnicas del Sistema Fotovoltaico y sus componentes para Electrificación Rural y otras aplicaciones”, así como de su Exposición de Motivos, en la sede digital del Ministerio de Energía y Minas (www.gob.pe/minem), el mismo día de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario Oficial El Peruano.
Artículo 2.- Plazo
Se establece un plazo de treinta (30) días calendario, contado a partir del día siguiente de la publicación de la presente Resolución Ministerial, con la finalidad de recibir comentarios, aportes u opiniones de las entidades públicas o privadas y la ciudadanía en general.
Artículo 3.- De la presentación de comentarios, aportes u opiniones
Los comentarios, aportes u opiniones podrán ser presentados a través de la mesa de partes del Ministerio de Energía y Minas, ubicado en Av. De Las Artes Sur N° 260, distrito de San Borja, provincia y departamento de Lima, o al correo electrónico: Prepublicaciones_DGE@minem.gob.pe.
Artículo 4.- De la sistematización y análisis de comentarios, aportes u opiniones
Se encarga a la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas la sistematización y análisis de los comentarios, aportes u opiniones que se reciban acerca del proyecto normativo señalado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GUILLERMO SHINNO HUAMANÍ
Ministro de Energía y Minas
2569840-1