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Fecha de publicación: 31/10/2026
Decreto Supremo que modifica los Lineamientos para la implementación de la Ley N° 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal, aprobados por Decreto Supremo N° 008-2022-PCM

Disponen el inicio del procedimiento de actualización de información catastral del bien inmueble prehispánico denominado Complejo Arqueológico Monumental Huacas del Sol y de la Luna - Cerro Blanco y Cerro Chico, ubicado en los distritos de Moche y Laredo, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

Nº 000039-2026-DSFL-DGPA-VMPCIC/MC

San Borja, 27 de octubre del 2026

Vistos, el Informe Nº 000117-2026-DSFL-DGPA-VMPCIC-MVE/MC; el Informe Nº 000006-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-MYM/MC; el Informe Nº 000141-2023- DSFL-NGC/MC; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el artículo 21 de la Constitución Política del Perú, los yacimientos y restos arqueológicos, así como los demás bienes que constituyen Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública, se encuentran protegidos por el Estado;

Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 883/INC, de fecha 5 de diciembre de 2003, se declaró Patrimonio Cultural de la Nación y se aprobó el expediente técnico del Complejo Arqueológico Cerro Blanco y Cerro Chico, ubicado en el distrito de Moche, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad;

Que, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 1826/INC, de fecha 30 de noviembre de 2009, se declaró Patrimonio Cultural de la Nación la Zona Arqueológica Monumental Huaca del Sol y de la Luna; y, mediante Resolución Directoral Nacional Nº 1843/INC, de fecha 25 de agosto de 2010, se aprobó su expediente técnico, con un área de 1 034 802,7882 m² y un perímetro de 4 651,7140 m;

Que, mediante Informe Nº 000141-2023-DSFL-NGC/MC, la arqueóloga Nadia Vanessa Gamarra Carranza formuló la propuesta de actualización de información catastral del bien inmueble prehispánico Huacas del Sol y de la Luna - Cerro Blanco y Cerro Chico, recomendando aprobar el expediente técnico conforme al Plano Perimétrico PP-060-MC_DGPA-DSFL2023 WGS84, con un área de 4 344 930,09 m² y un perímetro de 10 165,19 m;

Que, mediante Informe Nº 000006-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-MYM/MC, de fecha 24 de enero de 2024, la ingeniera María Jackeline Ygreda Melgarejo elaboró el diagnóstico técnico-legal de la propuesta de actualización de información catastral, contrastando el polígono propuesto con la Base Gráfica Registral de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (SUNARP), e identificando superposiciones con predios inscritos en las Partidas Registrales Nº 11518809, Nº 11518815, Nº 11518807, Nº 11518805, Nº 11518806, Nº 11518812 y Nº 11518814, cuya titularidad corresponde al Estado, representado por el Ministerio de Cultura; con las Partidas Registrales Nº 11024291 y Nº 04028031, correspondientes al Proyecto Especial Chavimochic; y con la Partida Registral Nº 04026896, correspondiente a la Unidad Catastral Nº 11511, bajo titularidad de particulares;

Que, respecto de la Partida Registral Nº 04026896, el diagnóstico técnico-legal determinó una superposición de 3 922,04 m², equivalente al 0,09 % del área total del polígono propuesto para la actualización de información catastral, por lo que corresponde considerar a los titulares privados con derechos inscritos que pudieran verse involucrados en las actuaciones administrativas, a fin de garantizar su derecho a tomar conocimiento del procedimiento y ejercer los derechos que les correspondan;

Que, de la revisión de la Partida Registral Nº 04026896 se identificaron transferencias de propiedad mediante acciones y derechos, así como donaciones, por lo que corresponde considerar a la totalidad de los titulares que figuran en los asientos registrales vigentes para las actuaciones de notificación;

Que, conforme al análisis desarrollado en el Informe Nº 000117-2026-DSFL-DGPA-VMPCIC-MVE/MC, se efectuaron consultas de información domiciliaria a través de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado (PIDE) y de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, cuyos resultados permitieron identificar domicilios con distintos niveles de precisión y evaluar la modalidad de notificación correspondiente a cada titular;

Que, el artículo 20 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2026-JUS, establece las modalidades de notificación y su orden de prelación, contemplando la notificación personal al administrado interesado o afectado por el acto en su domicilio; asimismo, el artículo 21 regula el régimen de notificación personal y las reglas para determinar el domicilio en el que debe practicarse;

Que, el numeral 23.1.2 del artículo 23 del citado Texto Único Ordenado contempla la notificación mediante publicación en los supuestos legalmente previstos, cuando corresponda notificar actos administrativos de carácter particular que interesan a una pluralidad indeterminada de administrados no apersonados al procedimiento y sin domicilio conocido, conforme a las condiciones establecidas en la citada norma;

Que, en atención a los resultados del diagnóstico técnico-legal y de la evaluación domiciliaria, corresponde disponer el inicio del procedimiento de actualización de información catastral del Complejo Arqueológico Monumental Huacas del Sol y de la Luna – Cerro Blanco y Cerro Chico, así como establecer las actuaciones de notificación dirigidas a los titulares de derechos inscritos en las partidas registrales involucradas, de acuerdo con las modalidades previstas en el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444;

Que, en consecuencia, corresponde emitir la presente Resolución Directoral, mediante la cual se dispone el inicio del procedimiento de actualización de información catastral y se establecen las actuaciones de notificación necesarias para poner en conocimiento de los titulares involucrados el objeto y alcance del procedimiento, garantizando el ejercicio de los derechos que les correspondan;

De conformidad con la Constitución Política del Perú; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2013-MC; y el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2026-JUS;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- DISPONER el inicio del procedimiento de actualización de información catastral del bien inmueble prehispánico denominado Complejo Arqueológico Monumental Huacas del Sol y de la Luna - Cerro Blanco y Cerro Chico, ubicado en los distritos de Moche y Laredo, provincia de Trujillo, departamento de La Libertad, sobre la base de la propuesta técnica formulada mediante Informe Nº 000141-2023-DSFL-NGC/MC y del diagnóstico técnico-legal desarrollado mediante Informe Nº 000006-2024-DSFL-DGPA-VMPCIC-MYM/MC.

Artículo 2.- PRECISAR que la propuesta técnica de actualización de información catastral comprende un área de 4 344 930,09 m² y un perímetro de 10 165,19 m, conforme al Plano Perimétrico PP-060-MC_DGPA-DSFL2023 WGS84, formulado mediante Informe Nº 000141-2023-DSFL-NGC/MC, cuya aprobación será evaluada conforme al procedimiento correspondiente.

Artículo 3.- DISPONER la notificación de la presente Resolución Directoral a los titulares de derechos inscritos en la Partida Registral Nº 04026896, correspondiente a la Unidad Catastral Nº 11511, así como al Proyecto Especial Chavimochic, respecto de los predios inscritos en las Partidas Registrales Nº 11024291 y Nº 04028031, identificados en el diagnóstico técnico-legal, a fin de que tomen conocimiento del procedimiento de actualización de información catastral y ejerzan los derechos que les correspondan.

Para tal efecto, se considera a los siguientes titulares de derechos inscritos en la Partida Registral Nº 04026896: José Daniel Huanca Gonzales, Eugenio Eleuterio Huamanchumo Arteaga, Olinda Gala Lizárraga de Huamanchumo, Víctor Carlos Olivera Kodama, Kovin Garlyn Aguirre Pérez, Juan Ángel Velásquez Quispe, Susana Rocío Rodríguez Vásquez, Víctor Velásquez Quispe, Leodoro Andrés Rodríguez Cruz, Lucía Leonila Rodríguez Alfaro, Flor María Esquivel Rodríguez, José Sarael Plasencia Angulo, Pedro Andrés Velásquez Quispe, Lilyan Elvira Zamudio Ulloa viuda de Ogura, Irene Mercedes Olivera Kodama, Asterio Mariano Yupanqui Siccha, Florencia Ricardina Miñano Pérez, Alicia Azucena Olivera Kodama, Esmilda Felipa Quispe Rodríguez, Wilson Reyes Sánchez, y Erick Ricardo Elcorobarrutia Zamudio.

Artículo 4.- DISPONER que la presente Resolución Directoral sea notificada personalmente a los titulares de derechos inscritos en la Partida Registral Nº 04026896 cuyos domicilios hayan podido determinarse, así como al Proyecto Especial Chavimochic, respecto de los predios inscritos en las Partidas Registrales Nº 11024291 y Nº 04028031, conforme a las reglas previstas en los artículos 20 y 21 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2026-JUS.

Artículo 5.- DISPONER la publicación de la presente Resolución Directoral, por una sola vez, en el Diario Oficial El Peruano y en el portal web institucional del Ministerio de Cultura (www.gob.pe/cultura), como mecanismo de notificación a los titulares cuyos domicilios sean desconocidos o no hayan podido establecerse, en el marco del supuesto previsto en el numeral 23.1.2 del artículo 23 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 006-2026-JUS; así como para conocimiento general del procedimiento de actualización de información catastral del Complejo Arqueológico Monumental Huacas del Sol y de la Luna - Cerro Blanco y Cerro Chico.

Artículo 6.- PRECISAR que la presente Resolución Directoral dispone el inicio del procedimiento de actualización de información catastral del Complejo Arqueológico Monumental Huacas del Sol y de la Luna - Cerro Blanco y Cerro Chico y las actuaciones de notificación correspondientes, sin que ello implique la aprobación de la propuesta de actualización catastral, cuya evaluación continuará conforme al procedimiento aplicable.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

GILBERTO MARTIN CORDOVA HERRERA

Director de la Dirección de Catastro

y Saneamiento Físico Legal

2569768-1