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Fecha de publicación: 30/10/2026
Designan representante de la Presidencia del Consejo de Ministros ante el Directorio del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE)

Delegar en el/la Jefe/a de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del ITP la facultad de asegurar la implementación y cumplimiento de la Norma Técnica para la Gestión de la Calidad de Servicios del Sector Público

RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL

N° 000053-2026-ITP/GG

San Isidro, 28 de octubre del 2026

VISTOS:

El Memorando N° 000387-2026-ITP/GG, de fecha 14 de octubre de 2026, de la Gerencia General; el Memorando N° 007425-2026-ITP/OPPM, de fecha 20 de octubre de 2026, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización (en adelante, OPPM); el Informe N° 000528-2026-ITP/OAJ, de fecha 23 de octubre de 2026, de la Oficina de Asesoría Jurídica (en adelante, OAJ); y,

CONSIDERANDO:

Que, de acuerdo con el Decreto Legislativo N° 92, Ley del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP, modificado por el Decreto Legislativo N° 1451, el ITP es un organismo público adscrito al Ministerio de la Producción, con personería jurídica de derecho público interno, el cual tiene a su cargo la coordinación, orientación, concertación y calificación de los Centros de Innovación Productiva y Transferencia Tecnológica - CITE;

Que, el artículo 4 de la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, dispone que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene como finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos;

Que, el numeral 8.1 del artículo 8 del Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 123-2018-PCM, establece que la calidad de la prestación de los bienes y servicios comprende las acciones que abarcan desde el diseño y el proceso de producción del bien o servicio, el acceso y la atención en ventanilla, cuando corresponda, hasta el bien o servicio que presta la entidad, encontrándose dichas acciones orientadas a conocer las necesidades de las personas, establecer estándares de calidad y mejorar los servicios que brinda la administración pública;

Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 011-2022-PCM/SGP se aprobó la Norma Técnica N° 001-2022-PCM-SGP, Norma Técnica para la Gestión de la Calidad de Servicios del Sector Público, cuyo objetivo es establecer disposiciones técnicas que orienten a las entidades de la administración pública para la evaluación y mejora de los bienes y servicios que proveen y prestan a las personas, a fin de contribuir con la generación de valor público;

Que, el numeral 6.2 del acápite VI de la citada Norma Técnica dispone que la máxima autoridad administrativa de cada entidad, o a quien delegue, es responsable de asegurar la implementación y cumplimiento de la Norma Técnica, comprendiendo las atribuciones de priorizar los bienes o servicios materia de evaluación, designar al Equipo Evaluador y a su responsable, monitorear y evaluar la eficacia de las mejoras implementadas, garantizar la implementación de las acciones de mejora y actuar como nexo de coordinación técnica con la Secretaría de Gestión Pública;

Que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 006-2026-PCM/SGP se aprobó el Sistema de Seguimiento para la Gestión de Calidad (SIGCAL), como herramienta de soporte para la implementación de la Norma Técnica para la Gestión de la Calidad de Servicios del Sector Público, cuyo artículo 3 establece que la implementación y uso progresivo del referido sistema por parte de las entidades del Gobierno Nacional debe efectuarse hasta el 30 de noviembre de 2026; asimismo, su artículo 4 dispone que la responsabilidad de asegurar la implementación y cumplimiento de dicha resolución corresponde al Titular de cada entidad;

Que, el numeral 67.1 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2026-JUS, establece que las entidades pueden delegar el ejercicio de las competencias conferidas a sus órganos cuando existan circunstancias de índole técnica, económica, social o territorial que lo hagan conveniente, contemplando expresamente la procedencia de la delegación de competencias de un órgano a otro al interior de una misma entidad; asimismo, el numeral 67.2 del referido artículo establece las atribuciones que tienen carácter indelegable; y, el artículo 68 del citado TUO dispone que el delegante mantiene la obligación de vigilar la gestión del delegado;

Que, el artículo 11 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP), aprobado mediante Resolución Ejecutiva N° 000038-2026-ITP/DE, establece que la Gerencia General es la máxima autoridad administrativa del ITP, responsable de la conducción y gestión administrativa de la entidad, forma parte de la Alta Dirección y es responsable de la conducción de los órganos de apoyo y asesoramiento de la entidad; asimismo, establece que el/la Gerente/a General puede delegar aquellas funciones que no sean privativas de su cargo;

Que, mediante Memorando N° 000387-2026-ITP/GG, la Gerencia General, considerando lo establecido en el numeral 6.2 de la Norma Técnica N° 001-2022-PCM-SGP y con el propósito de dotar de mayor eficacia y eficiencia a la gestión administrativa de la entidad, propuso delegar en el/la Jefe/a de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización la facultad de asegurar la implementación y cumplimiento de la referida Norma Técnica;

Que, mediante Memorando N° 007425-2026-ITP/OPPM, sustentado en el Informe Técnico N° 000145-2026-ITP/OPPM-UFM, la OPPM emitió opinión técnica favorable sobre la propuesta de delegación de facultades, señalando que la implementación de la Norma Técnica comprende actividades especializadas y de carácter técnico, vinculadas con la gestión de la calidad de los servicios públicos, las cuales guardan concordancia con las funciones asignadas a la OPPM en el Reglamento de Organización y Funciones del ITP en materia de modernización de la gestión pública;

Que, mediante Informe N° 000528-2026-ITP/OAJ, la OAJ concluye que resulta legalmente viable que la Gerencia General, en su condición de máxima autoridad administrativa del ITP, delegue en el/la Jefe/a de la OPPM las facultades previstas en el numeral 6.2 del acápite VI de la Norma Técnica N° 001-2022-PCM-SGP, al tratarse de atribuciones expresamente delegables que guardan concordancia con las competencias y funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones del ITP;

Que, en atención a lo señalado, resulta pertinente delegar en el/la Jefe/a de la OPPM las facultades previstas en el numeral 6.2 del acápite VI de la Norma Técnica N° 001-2022-PCM-SGP, con la finalidad de fortalecer la conducción, coordinación y seguimiento de las acciones necesarias para su implementación y cumplimiento en el ITP, sin perjuicio de las responsabilidades atribuidas al Titular de la entidad y a las demás unidades de organización por la normativa aplicable;

Con los vistos de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y de la Oficina de Asesoría Jurídica, en lo que corresponde a sus funciones;

De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 92, modificado por el Decreto Legislativo N° 1451, que crea el Instituto Tecnológico de la Producción (ITP); la Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; el Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2026-JUS; el Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, aprobado por Decreto Supremo N° 123-2018-PCM; la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 011-2022-PCM/SGP, que aprueba la Norma Técnica N° 001-2022-PCM-SGP; la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 006-2026-PCM/SGP, que aprueba el Sistema de Seguimiento para la Gestión de Calidad (SIGCAL); y, la Resolución Ejecutiva N° 000038-2026-ITP/DE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Tecnológico de la Producción - ITP;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Delegación de facultades en el/la Jefe/a de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización

Delegar en el/la Jefe/a de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Instituto Tecnológico de la Producción (ITP) la facultad de asegurar la implementación y cumplimiento de la Norma Técnica N° 001-2022-PCM-SGP, Norma Técnica para la Gestión de la Calidad de Servicios del Sector Público, aprobada mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 011-2022-PCM/SGP, conforme a lo establecido en el numeral 6.2 del acápite VI de la citada Norma Técnica, comprendiendo las siguientes atribuciones:

a) Priorizar el bien o servicio sobre el cual se realiza la evaluación.

b) Designar al equipo a cargo de la evaluación de los bienes y servicios (Equipo Evaluador), así como al responsable de dicho equipo.

c) Realizar el monitoreo y evaluar la eficacia de las mejoras implementadas en los procesos relacionados con los bienes y servicios.

d) Garantizar la implementación de las acciones de mejora de los bienes y servicios establecidas en los respectivos cronogramas.

e) Actuar como nexo de coordinación técnica con la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros.

Artículo 2.- Alcances de la delegación de facultades

La delegación de facultades a que se refiere el artículo precedente comprende las atribuciones necesarias para su ejercicio en el marco de la Norma Técnica N° 001-2022-PCM-SGP, sin eximir al órgano delegado del cumplimiento de los requisitos legales y procedimientos establecidos en la normativa vigente, ni sustituir las competencias y responsabilidades atribuidas al Titular de la entidad y a las demás unidades de organización del ITP.

Asimismo, los actos que se emitan en ejercicio de las facultades delegadas deberán indicar expresamente dicha condición, conforme a lo previsto en el numeral 67.4 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2026-JUS.

Artículo 3.- Deber de vigilancia y presentación de informes

El/la Jefe/a de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización debe informar semestralmente a la Gerencia General, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes al vencimiento de cada semestre, sobre el ejercicio de las facultades delegadas mediante la presente Resolución, sin perjuicio de los informes que esta última solicite cuando lo considere necesario.

La delegación de facultades no exime a la Gerencia General del deber de vigilancia previsto en el artículo 68 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444, aprobado mediante Decreto Supremo N° 006-2026-JUS.

Artículo 4.- Implementación de la Norma Técnica y del SIGCAL

Disponer que la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, en el ámbito de sus competencias y de las facultades delegadas, efectúe las coordinaciones necesarias con las unidades de organización del ITP para la implementación y cumplimiento de la Norma Técnica N° 001-2022-PCM-SGP, así como para la implementación y uso progresivo del Sistema de Seguimiento para la Gestión de Calidad (SIGCAL), de acuerdo con el cronograma establecido en el artículo 3 de la Resolución de Secretaría de Gestión Pública N° 006-2026-PCM/SGP. Para tal efecto, las unidades de organización del ITP brindan a la OPPM la información y el apoyo que esta les requiera.

Artículo 5.- Notificación

Notificar la presente Resolución al/la Jefe/a de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y comunicarla a la Dirección Ejecutiva y a las demás unidades de organización del Instituto Tecnológico de la Producción, para su conocimiento y fines correspondientes.

Artículo 6.- Publicación

Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, encargar a la Oficina de Tecnologías de la Información su publicación en la sede digital del Instituto Tecnológico de la Producción (https://www.gob.pe/itp), en la misma fecha de su publicación en el diario oficial.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

GUSTAVO EDUARDO MOSTAJO OCOLA

Gerente General

Instituto Tecnológico de la Producción

2569649-1