Aprueban formularios electrónicos “Informe Estadístico del Matrimonio” e “Informe Estadístico del Divorcio” dirigido a los contrayentes o excónyuges
Resolución Jefatural
Nº 227-2026-INEI
Lima, 28 de octubre de 2026
VISTO, el Informe N° 023-2026-INEI/DTDIS de la Dirección Técnica de Demografía e Indicadores Sociales del Instituto Nacional de Estadística e Informática.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 8 del Decreto Legislativo N° 604, Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), establece que el INEI es el organismo central y rector del Sistema Nacional de Estadística, responsable de normar, planear, dirigir, coordinar y supervisar las actividades de estadísticas oficiales del país;
Que, el artículo 5 del Reglamento de Organización y Funciones del INEI, aprobado por Decreto Supremo N° 043-2001-PCM, dispone que es función del INEI coordinar, y/o producir estadísticas referidas a los sistemas de cuentas nacionales y departamentales, esquemas macro estadísticos: así como estadísticas demográficas e indicadores económicos y sociales;
Que, mediante Resolución Jefatural N° 384-94 INEI se aprobaron los Formularios Estadísticos de Nacimientos, Matrimonios y Divorcios para la recopilación de información de las estadísticas vitales en los establecimientos de salud públicos y privados, y en las municipalidades del país;
Que, el artículo 58 del Reglamento de la Ley de Organización y Funciones del INEI, establece que la Dirección Técnica de Demografía e Indicadores Sociales es responsable de la generación y desarrollo de las estimaciones y proyecciones de población, así como de la organización y mantenimiento del Sistema de Indicadores Sociales y Demográficos; señalando además, que una de sus funciones es normar y evaluar los métodos, procedimientos, y técnicas utilizadas en la producción de indicadores sociales y demográficos, la misma que está conformada por la Dirección Ejecutiva de Demografía y la Dirección Ejecutiva de Indicadores Sociales;
Que, el literal d) del artículo 59 del citado Reglamento dispone que la Dirección Ejecutiva de Demografía de la Dirección Técnica de Demografía e Indicadores Sociales, elabora normas técnico-metodológicas, orientadas a la producción de estadísticas vitales, asimismo, norma, organiza, conduce y supervisar la producción de estadísticas vitales en el ámbito departamental y local;
Que, mediante documento del visto la Dirección Técnica de Demografía e Indicadores Sociales sustenta y justifica la aprobación de los formularios electrónicos denominados “Informe Estadístico del Matrimonio” e “Informe Estadístico del Divorcio”, dirigidos a los contrayentes y excónyuges, respectivamente, con la finalidad de modernizar la recolección de información estadística sobre nupcialidad concluyendo lo siguiente:
- Los formularios electrónicos permitirán estandarizar la recopilación de información de matrimonios y divorcios en las municipalidades a nivel nacional, incorporando variables de identificación y características sociodemográficas relevantes, así como procedimientos de revisión, validación y subsanación orientados a fortalecer la integridad, consistencia y confiabilidad de los datos recopilados.
- La utilización de formularios electrónicos contribuirá a optimizar los procedimientos de recopilación y procesamiento de la información, reducir progresivamente las limitaciones asociadas al uso de formularios físicos y favorecer una mayor oportunidad en la disponibilidad de los datos. Asimismo, la estandarización de los instrumentos facilitará la aplicación de controles de calidad y las acciones de conciliación estadística que correspondan, cuando se disponga de fuentes de información pertinentes.
- La aprobación de los formularios electrónicos permitirá contar con instrumentos actualizados para fortalecer la producción de estadísticas oficiales de matrimonios y divorcios, en concordancia con las recomendaciones internacionales sobre estadísticas demográficas y vitales y con las disposiciones vigentes sobre protección de datos personales y secreto estadístico. La información obtenida contribuirá a la elaboración de indicadores y estudios demográficos que sirvan de base para el análisis de las tendencias de la nupcialidad y la toma de decisiones en materia de políticas públicas;
Que, el artículo 79 del reglamento establece que las Oficinas de Estadística e Informática de los Gobiernos Locales de cada departamento, conforman el Sistema Local de Estadística e Informática, mantienen dependencia funcional técnico normativa del INEI y tiene entre sus funciones apoyar las actividades estadísticas que ejecute el INEI, en su ámbito y atender los requerimientos de información estadística sobre los hechos vitales derivados de los Registros Civiles;
Que, conforme a sus atribuciones legales, el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) en su condición de ente rector del Sistema Nacional de Estadística, es responsable de normar, planear, dirigir, coordinar y supervisar las actividades de estadística oficial del país, lo cual comprende el establecimiento de métodos, procedimientos y técnicas de recolección de datos demográficos y estadísticas vitales, como matrimonios y divorcios a nivel nacional; en consecuencia la actualización de los instrumentos de recolección hacia entornos digitales se encuentra estrictamente dentro de su ámbito de competencia técnica, toda vez que la transición de formularios físicos a un registro digital representa una evolución tecnológica y de eficiencia;
Con las visaciones de la Sub Jefatura de Estadística, Dirección Técnica de Demografía e Indicadores Sociales, y de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica;
En el uso de las atribuciones conferidas en el artículo 6 del Decreto Legislativo N° 604, “Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática”.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar los formularios electrónicos “Informe Estadístico del Matrimonio” e “Informe Estadístico del Divorcio” dirigido a los contrayentes o excónyuges, que serán diligenciados en todas las municipalidades del país, a fin de recabar y recopilar información estadística de nupcialidad.
Artículo 2.- Disponer que la Dirección Técnica de Demografía e Indicadores Sociales establezca los procedimientos y plazos para su aplicación en las municipalidades provinciales y distritales del territorio nacional que tengan a su cargo el registro de matrimonios y divorcios, los cuales serán publicados en el portal institucional www.inei.gob.pe.
Artículo 3.- Encargar a las Oficinas Departamentales y Zonales de Estadística e Informática (ODEI/OZEI), en el ámbito de sus competencias, efectuar las coordinaciones necesarias con las autoridades y funcionarios de las municipalidades de su jurisdicción para la adecuada aplicación de los formularios estadísticos aprobados, así como brindar la asistencia técnica y realizar el seguimiento correspondiente.
Artículo 4.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural N° 384-94 INEI.
Artículo 5.- Encargar a la Dirección Técnica de Demografía e Indicadores Sociales el cumplimiento de la presente Resolución Jefatural.
Artículo 6.- Disponer la publicación de la presente Resolución Jefatural en el Diario Oficial “El Peruano” y en el portal institucional del Instituto Nacional de Estadística e Informática (www.inei.gob.pe).
Regístrese y comuníquese.
GASPAR HUMBERTO MORAN FLORES
Jefe
2569626-1