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Fecha de publicación: 30/10/2026
Designan representante de la Presidencia del Consejo de Ministros ante el Directorio del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE)

Aprueban actualización del Reglamento de Organización y Funciones 2020 (ROF) y la estructura orgánica de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión

UNIVERSIDAD NACIONAL

DANIEL ALCIDES CARRIÓN

rectorado

RESOLUCIÓN RECTORAL

N° 000275-2026-UNDAC/R

Yanacancha, 2 de julio del 2026

VISTO:

El Proveído N° 002718-2026-UNDAC/R de fecha 24 de junio de 2026 de la Oficina de Rectorado y el Informe N° 000170-2026-UNDAC/UFM de fecha 17 de junio de 2026 de la Unidad Funcional de Modernización, referente a la actualización del Reglamento de Organización de Funciones (ROF) 2020 de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión, contenido en el Expediente N° UFM00020260000116; y,

CONSIDERANDO:

Que, de conformidad con el Artículo 18° de la Constitución Política del Perú, cada Universidad es autónoma en su régimen normativo de gobierno, académico, administrativo y económico. Las Universidades se rigen por sus propios estatutos en el marco de la Constitución y de las Leyes.

Que, en concordancia a la Ley N° 30220 - Ley Universitaria en su Artículo 8° respecto a la autonomía universitaria, establece que: “El Estado reconoce la autonomía universitaria”. La autonomía inherente a las universidades se ejerce de conformidad a la Constitución, las leyes y demás normativa aplicable, esta normativa se manifiesta en los siguientes regímenes: Normativo, De gobierno, Académico, Administrativo y Económico;

Que, en aplicación a los Artículos 60° y 62° de la Ley N° 30220 - Ley Universitaria, es atribución del Rector dirigir la actividad académica de la Universidad y su gestión administrativa, económica y financiera; concordante con lo señalado en el Artículo 32° del Estatuto de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión;

Que, según el Artículo 30° del Estatuto vigente establece que el Rector es el personero y el representante legal de la Universidad. Tiene a su cargo y a dedicación exclusiva la dirección, conducción y gestión del gobierno universitario en todos sus ámbitos, dentro de los límites de la Ley Universitaria N° 30220 y del Estatuto de la Universidad;

Que, mediante Resolución Ministerial N° 588-2019-MINEDU se aprueban los Lineamientos para la Formulación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF de las universidades públicas, estableciendo criterios técnicos para su elaboración y aprobación. El Reglamento de Organización y Funciones es el documento técnico normativo que formaliza la estructura orgánica institucional, define competencias y funciones generales y específicas, y establece relaciones de dependencia, constituyendo instrumento esencial para garantizar una gestión eficiente, coherente y alineada a la finalidad pública universitaria;

Que, el Reglamento de Organizaciones y Funciones (ROF-2020) de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión, aprobado con Resolución Rectoral N° 102-2021-UNDAC-R de fecha 5 de mayo del 2021, el instrumento de gestión ha sido elaborado, bajo los lineamientos normativos de la Resolución Ministerial N° 588-2019- MINEDU; en el cual, en las Disposiciones Generales, numeral 6.4 Niveles Organizacionales en las universidades públicas, inciso 6.4.4. a la letra dice: La estructura Organizacional de las universidades públicas debe desarrollarse hasta el tercer (3) nivel organizacional; por lo que el mencionado documento de gestión se elaboró bajo estos lineamientos y parámetros;

Que, los Lineamientos de Organización del Estado aprobados por Decreto Supremo N° 054-2018-PCM establecen criterios de diseño organizacional bajo principios de especialidad, jerarquía, no duplicidad y racionalidad administrativa. Dentro de ese contexto, el Reglamento del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública aprobado por Decreto Supremo N° 123-2018-PCM dispone que la estructura organizacional constituye un medio para optimizar la gestión institucional y el logro de resultados;

Que, conforme lo establece el numeral 1.1 del Artículo 1° de la Ley N° 27658 - Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, declara al Estado en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;

Que, el Artículo 6º de la Ley N° 27658, señala que los criterios de diseño y estructura de la Administración Pública, sus dependencias, entidades y organismos; se deben regir por los siguientes criterios: (a) Las funciones y actividades que realice la Administración Pública a través de sus dependencias entidades y organismos deben estar plenamente justificada y en sus normas; (b) Las dependencias. Entidades e instancias de la Administración Pública no deben duplicar funciones o proveer servicios brindados por otras entidades ya existentes y; (c) En el diseño de la estructura orgánica pública prevalece el principio de especialidad, debiéndose integrar los funciones y competencias afines;

Que, mediante el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, modificado por los Decretos Supremos N° 131-2018- PCM, N° 064-2021-PCM y N° 097-2021-PCM se aprobó la normativa denominada “Lineamientos de Organización del Estado”; la cual tiene por finalidad que las entidades del Estado se organicen de la mejor manera a fin de responder a las necesidades públicas, en beneficio de la ciudadanía; considerando para ello, su tipo, competencias y funciones, así como estableciendo los principios, criterios y reglas que se deberán considerar para dicho fin;

Que, según el Artículo 43º del Decreto Supremo N° 054-2018-PCM - Lineamientos de Organización del Estado, señala que el Reglamento de Organización y Funciones - ROF es el documento técnico normativo de gestión organizacional que formaliza la estructura de la entidad, contiene las competencias y funciones generales de la entidad, las funciones específicas de sus unidades de organización, así como sus relaciones de dependencia;

Que, el numeral 46.1 del Artículo 46º de los citados Lineamientos, establece que se requiere la aprobación o modificación de un Reglamento de Organización y Funciones - ROF, entre otros; b) Por modificación parcial. Este supuesto se da por la reasignación o modificación de funciones c) entre unidades de organización sin que se afecte la estructura orgánica o cuando la afectación de la estructura orgánica se debe a una disminución del número de unidades de organización por nivel organizacional; y, el Artículo 48° Contenido del Informe Técnico por modificación parcial, establece que cuando la modificación parcial reasigna o modifica funciones entre unidades de organización sin que afecte la estructura orgánica, el Informe Técnico que sustenta la propuesta de ROF contiene los literales b) y c) de la segunda sección a los que se refiere el artículo 47. Asimismo, el Artículo 50° establece que el Expediente del proyecto de ROF debe estar conformado por: a) Proyecto de dispositivo legal aprobatorio del ROF, b) Proyecto de ROF, c) Exposición de motivos, d) Informe técnico y sus anexos y e) Informe legal elaborado por la Oficina de Asesoría Jurídica que valide la legalidad de las funciones sustantivas asignadas a las unidades de organización de la entidad y la no duplicidad de funciones;

Que, según Informe N° 000170-2026-UNDAC/UFM de fecha 27 de junio de 2026 de la Unidad Funcional de Modernización, solicita Resolución de actualización del Reglamento de Organización de Funciones (ROF) 2020, habiéndose modificado la denominación de Unidad Orgánica, según Resolución Rectoral N° 000107-2026-UNDAC/R de fecha 24 de febrero del 2026, y publicado en el diario Oficial El Peruano el 17 de junio de 2026.

Que, mediante Resolución Rectoral N° 000107-2026-UNDAC/R de fecha 24 de febrero del 2026, se resuelve:

“Artículo Primero.- APROBAR, la modificación de la denominación de la Unidad Orgánica consignada en el Reglamento de Organización y Funciones de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión, debiendo reemplazarse la expresión “Oficina de Control Institucional” por “Órgano de Control Institucional”, por tratarse de una adecuación formal conforme a la normativa vigente.

Artículo Segundo.- DISPONER, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial el peruano, así como en la página web institucional y el Portal de Transparencia de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión.

Artículo Tercero.- NOTIFICAR, la presente Resolución a la Alta Dirección, a la Dirección General de Administración y a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y demás instancias para su conocimiento, cumplimiento y fines correspondientes conforme a ley.”

Que, con Proveído N° 002718-2026-UNDAC/R de fecha 24 de junio de 2026, el señor Rector, dispone la emisión de resolución rectoral a fin de actualizar el Reglamento de Organización de Funciones (ROF) 2020 de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión;

El señor Rector en uso de las facultades y atribuciones conferidas en los Artículos 60º y 62º de la Ley N° 30220 - Ley Universitaria y el Estatuto vigente de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- APROBAR la actualización del Reglamento de Organización y Funciones 2020 (ROF) de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión, de acuerdo a los lineamientos establecidos en la Resolución Ministerial N° 588-2019-MINEDU, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo Segundo.- APROBAR la estructura orgánica de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión, que como anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaría General, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.

Artículo Cuarto.- DISPONER a la Oficina de Tecnologías de la Información la publicación de la presente resolución y sus anexos en el Portal de Transparencia, y a la Oficina de Comunicación e Imagen Institucional la publicación y difusión a través de la página web de la Universidad Nacional Daniel Alcides Carrión.

Artículo Quinto.- REMITIR copia de la presente Resolución y su anexo al Ministerio de Educación (MINEDU).

Artículo Sexto.- NOTIFICAR la presente Resolución a la Dirección General de Administración, a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y a las instancias competentes para los fines pertinentes conforme a Ley.

Regístrese, comuníquese y archívese.

ANGEL CLAUDIO NUÑEZ MEZA

Rector

NOE RUBEN GOMEZ RICALDI

Secretario General

ANEXO

ESTRUCTURA ORGÁNICA

TERCER NIVEL ORGANIZACIONAL

01 ÓRGANOS DE LA ALTA DIRECCIÓN

01.1 ASAMBLEA UNIVERSITARIA

01.2 CONSEJO UNIVERSITARIO

01.3 RECTORADO

01.4 VICERRECTORADO ACADÉMICO

01.5 VICERRECTORADO DE INVESTIGACIÓN

02 ÓRGANOS ESPECIALES

02.1 DEFENSORÍA UNIVERSITARIA

02.2 TRIBUNAL DE HONOR

02.3 COMISIÓN PERMANENTE DE FISCALIZACIÓN

03 ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL

03.1 ÓRGANO DE CONTROL INSTITUCIONAL

04 ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO

04.1 OFICINA DE ASESORÍA JURÍDICA

04.2 OFICINA DE PLANEAMIENTO Y PRESUPUESTO

04.2.1 Unidad Formuladora de Inversiones

04.2.2 Unidad de Planeamiento, Presupuesto y Modernización

04.3 OFICINA DE COOPERACIÓN Y RELACIONES INTERNACIONALES

04.4 OFICINA DE GESTIÓN DE LA CALIDAD

04.5 OFICINA DE COMUNICACIÓN E IMAGEN INSTITUCIONAL

05 ÓRGANOS DE APOYO

05.1 DIRECCIÓN GENERAL DE ADMINISTRACIÓN

05.1.1 Unidad de Recursos Humanos

05.1.2 Unidad de Abastecimientos

05.1.3 Unidad de Tesorería y Contabilidad

05.1.4 Unidad Ejecutora de Inversiones

05.2 OFICINA DE TECNOLOGÍA DE LA INFORMACIÓN

05.3 SECRETARIA GENERAL

05.3.1 Unidad de Gestión Documentaria, Atención al ciudadano y Archivo

06 ÓRGANOS DE LÍNEA

06.1 CONSEJO DE FACULTAD

06.2 DECANATOS

06.2.1 Departamento Académico

06.2.2 Escuela Profesional

06.2.3 Unidad de Investigación

06.2.4 Unidad de Posgrado

07 ÓRGANO DEPENDIENTE DEL RECTORADO

07.1 Escuela de Posgrado

08 ÓRGANOS DEPENDIENTES DEL VICERRECTORADO ACADÉMICO

08.1 DIRECCIÓN DE PROYECCIÓN SOCIAL Y EXTENSIÓN CULTURAL

08.2 DIRECCIÓN DE BIENESTAR UNIVERSITARIO

08.2.1 Unidad de Servicio de Salud y Servicio Social

08.2.2 Unidad de Comedor Universitario

08.2.3 Unidad de Cultura, Deporte y Recreación

08.2.4. Unidad de Biblioteca

08.2.5 Unidad de Transporte Universitario

08.3 DIRECCIÓN DE ASUNTOS ACADÉMICOS

08.3.1. Unidad de Pedagogía y Currículo

08.3.2. Unidad de Tutoría y Seguimiento y Apoyo al Graduado

08.3.3 Unidad de Registros Académicos

08.4 DIRECCIÓN DE ADMISIÓN

08.5 DIRECCIÓN DE LABORATORIOS PEDAGÓGICOS

09 ÓRGANOS DEPENDIENTES AL VICE RECTORADO DE INVESTIGACIÓN

09.1 DIRECCIÓN DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y SERVICIOS

09.2 DIRECCIÓN DE INCUBADORA DE EMPRESAS

09.3 DIRECCIÓN DE INNOVACIÓN Y TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA

09.4 INSTITUTO DE INVESTIGACIÓN

10 ÓRGANOS DESCONCENTRADOS

10.1 FILIALES

2569545-1