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Fecha de publicación: 29/10/2026
Otorgan la Condecoración “Medalla al Defensor de la Democracia”

Autorizan viaje de funcionaria a Colombia, en comisión de servicios

Resolución de Gerencia General

N° 071-2026-PATPAL-FBB/GG/MML

San Miguel, 14 de setiembre de 2026

VISTOS:

El Informe N° 796-2026/GOS-SZO de fecha 16 de julio de 2026; emitido por la Gerencia Operaciones de Seguridad, el Proveido N° 730-2026/GG de fecha 17 de julio de 2026; emitido por la Gerencia General, el Memorando N° 1409-2026/OGPP de fecha 13 de agosto de 2026; emitido por la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 901-2026/GOS-SZO de fecha 14 de agosto de 2026; emitido por la Subgerencia de Zoología; el Memorando N° 1279-2026/GOS de fecha 14 de agosto de 2026; emitido por la Gerencia Operaciones de Seguridad, el Informe N° 2025-2026/OGAF-OLCP de fecha 19 de agosto de 2026; emitido por la Oficina de Logística de Control Patrimonial, el Memorando N° 944-2026/GOS-SZO de fecha 25 de agosto de 2026; emitido por la Subgerencia de Zoología, el Memorando N° 1499-2026/GOS-SZO de fecha 31 de agosto de 2026; emitido por la Subgerencia de Zoología, el Memorando N° 670-2026/OGAF de fecha 03 de setiembre de 2026; emitido por la Oficina General de Administración y Finanzas y el Informe N° 133-2026/OGAJ de fecha 14 de setiembre de 2026; emitido por la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 146 – Ley de Creación del Patronato Nacional del Parque de las Leyendas - Felipe Benavides Barreda, en adelante el PATPAL- FBB, se creó el PATPAL-FBB con la finalidad proporcionar bienestar, esparcimiento y recreación cultural en favor de la comunidad, promocionando las diferentes riquezas naturales de nuestras regiones.

Que, conforme al artículo 1° del Manual de Operaciones (MOP) del Patronato del Parque de las Leyendas Felipe Benavides Barreda – PATPAL FBB aprobado mediante Decreto de Alcaldía N° 003-2024-MML establece que, el Patronato del Parque de Las Leyendas Felipe Benavides Barreda “PATPAL FBB”, se creó mediante Decreto Legislativo N° 146, y es un Órgano Desconcentrado Especial de acuerdo a la calificación organizacional establecida en los Lineamientos de Organización del Estado vigentes, adscrito a la Municipalidad Metropolitana de Lima por Ley N° 28998, con personería jurídica de derecho público y autonomía técnica, económica, financiera y administrativa en el desempeño de sus funciones de acuerdo a su Ley de creación, sus modificatorias, ampliatorias y conexas, y a la Ley Orgánica de Municipalidades;

Que, mediante Ley N° 27619 se regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado que irrogue gastos al Tesoro Público, y que se encuentren comprendidos en las entidades públicas sujetas al ámbito de control de la Ley del Presupuesto del Sector Público; precisando en sus artículos 3 y 4 que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial “El Peruano”, con anterioridad al viaje; y que los gastos que por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior serán calculados conforme a la Escala de Viáticos por países, aprobada por Decreto Supremo;

Que, conforme lo dispone el artículo 2 del Reglamento de la Ley N° 27619, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y sus modificatorias: “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos, (...).”;

Que, el artículo 4° del Reglamento, señala que “Las Resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje” y el artículo 5° señala que “Los gastos que, por concepto de viáticos ocasionen los viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, serán calculados de acuerdo a la “Escala de Viáticos por Zonas Geográficas”.

ESCALA DE VIÁTICOS POR ZONAS GEOGRÁFICAS - (En US$)

África

US$ 200

América Central

US$ 200

América del Norte

US$ 220

América del Sur

US$ 200

Asia

US$ 260

Caribe

US$ 240

Europa

US$ 260

Oceanía

US$ 240

Que, de acuerdo con el artículo 8 del citado Reglamento: “Los viáticos que se otorguen conforme a la Escala citada en el Artículo 5 serán por cada día que dure la misión oficial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice a otro continente”;

Que, mediante Informe N° 796-2026/GOS-SZO de fecha 16 de julio de 2026; la Subgerencia de Zoología solicita a la Gerencia General del PATPAL-FBB, la autorización para participación en el Tercer congreso internacional de cuidadores de Latinoamérica, para la participación del funcionario – la Señora GRECIA ROMINA ALARCON RISCO – DNI N° 44484381 Profesional Sede San Miguel del PATPAL-FBB.

Que, mediante Proveido N° 730-2026/GG de fecha 17 de julio de 2026; la Gerencia General del PATPAL-FBB autoriza a la Subgerencia de Zoología, la participación en el Tercer congreso internacional de cuidadores de Latinoamérica en el país de Colombia.

Que, mediante Memorando N° 1409-2026/OGPP de fecha 13 de agosto de 2026; la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite a la Subgerencia de Zoologia del PATPAL-FBB, la modificación presupuestaria para el requerimiento de inscripción, pasajes aéreos internacionales y hospedaje para la participación del Tercer Congreso Internacional de cuidadores de Latinoamérica.

Que, mediante Informe N° 901-2026/GOS-SZO de fecha 14 de agosto de 2026; la Subgerencia de Zoología remite a la Gerencia Operaciones de Seguridad del PATPAL-FBB, el requerimiento de inscripción, pasajes aéreos internacionales y hospedaje para la participación del Tercer Congreso Internacional de cuidadores, de acuerdo al cuadro:

Concepto

Monto

$

(Pesos colombianos)

US$

S/.

Costo de inscripción*

670,000

630.00

Pasajes aéreos

(Lima – Bogotá – Lima)

600.00

2,220.00

Viáticos

1,000.00

3,700.00

TOTAL

670,000

1,600.00

6,550.00

Que, conforme lo dispone el artículo 2 del Reglamento de la Ley N° 27619, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y sus modificatorias: “La Resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, será debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la Institución, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos, (...).”;

Que, en el artículo 5 del Reglamento de la Ley N° 27619, modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, se establece la “Escala de Viáticos por Zonas Geográficas”;

Que, de acuerdo con el artículo 8 del citado Reglamento: “Los viáticos que se otorguen conforme a la Escala citada en el Artículo 5 serán por cada día que dure la misión oficial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos, por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice a otro continente”;

Que, mediante Memorando N° 1279-2026/GOS de fecha 14 de agosto de 2026; la Gerencia Operaciones de Seguridad, remite a la Oficina de Logistica y Control Patrimonial solicita el requerimiento de inscripción, pasajes aéreos internacionales y hospedaje para la participación del Tercer Congreso Internacional de cuidadores.

Que, mediante Informe N° 2025-2026/OGAF-OLCP de fecha 19 de agosto de 2026; la Oficina de Logística de Control Patrimonial solicita a la Oficina General de Administración y Finanzas del PATPAL-FBB, la Aprobación de Modificación al cuadro multianual de necesidades N° 000000314 – inscripción al congreso internacional de cuidadores de zoológicos.

Que, mediante Memorando N° 2283-2026/OGAF-OLCP de fecha 21 de agosto de 2026; la Oficina de Logística de Control Patrimonial remite a la Subgerencia de Zoología la Aprobación de Modificación al cuadro multianual de necesidades N° 000000314 – inscripción al congreso internacional de cuidadores de zoológicos.

Que, mediante Memorando N° 944-2026/GOS-SZO de fecha 25 de agosto de 2026; la Subgerencia de Zoología solicita a la Gerencia de Operaciones y Seguridad la Autorización para la comisión de servicio y pago de inscripción, pasajes aéreos internacionales y viáticos para participación en el Tercer Congreso Internacional de cuidadores, de acuerdo al cuadro:

Concepto

Monto

$

(Pesos colombianos)

US$

S/.

Costo de inscripción*

670,000

630.00

Pasajes aéreos

(Lima – Bogotá – Lima)

600.00

2,220.00

Viáticos

1,000.00

3,700.00

TOTAL

670,000

1,600.00

6,550.00

Que, mediante Memorando N° 2385-2026/OGAF-OLCP de fecha 31 de agosto de 2026; la Oficina de Logística de Control Patrimonial solicita a la Subgerencia de Zoología la Validación Técnica de la Propuesta y demás condiciones para la contratación del servicio de pasaje aéreo internacional para el Tercer Congreso Internacional de cuidadores de Latinoamérica.

Que, mediante Memorando N° 1499-2026/GOS-SZO de fecha 31 de agosto de 2026; la Subgerencia de Zoología remite a la Oficina de Logística de Control Patrimonial la Validación Técnica de la Propuesta y demás condiciones para la contratación del servicio de pasaje aéreo internacional para el Tercer Congreso Internacional de cuidadores de Latinoamérica.

Que, mediante Memorando N° 670-2026/OGAF de fecha 03 de setiembre de 2026; la Oficina General de Administración y Finanzas, remite a la Oficina General de Asesoría Jurídica la solicitud de Autorización para la comisión de servicio y pago de inscripción, pasajes aéreos internacionales y viáticos para participación en el Tercer Congreso Internacional de cuidadores de Latinoamérica.

Que, mediante Informe N° 133-2026/OGAJ de fecha 14 de setiembre de 2026, la Oficina General de Asesoría Jurídica recomienda la autorización de licencia con goce de haber por comisión de servicios del servidor público - la Señora GRECIA ROMINA ALARCON RISCO, con la finalidad de asistir al TERCER CONGRESO INTERNACIONAL DE CUIDADORES EN LATINOAMÉRICA, la cual se desarrollara los días 02 al 07 de noviembre de 2026; en PISCILAGO PARQUE ACUATICO Y DE AREA DE CONSERVACION, MUNICIPIO DE NILO, DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA - COLOMBIA, de acuerdo a los anexos N° 01 y 02 de conformidad en la Directiva N° 002-2013/MML-PATPAL-FBB “Procedimiento para el otorgamiento de viáticos y pasajes por comisión de servicios y rendiciones de cuentas en el Patronato del Parque de las Leyendas – Felipe Benavides Barreda”y de esta manera obtener herramientas que nos permitan garantizar estándares de excelencia tanto en el cuidado animal como en mejorar estrategias de comunicación, implementar y diseñar actividades educativas, generar información y compartir experiencias para el bienestar y salud animal, recomendando que se publique en el Diario Oficial El Peruano;

Que, conforme lo dispone el inciso v) del artículo 11 del Manual de Operaciones (MOP) del PATPAL-FBB, aprobado por Decreto de Alcaldía N° 003-2024 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, es atribución de la Gerencia General: “Autorizar los viajes de funcionarios y trabajadores del PATPAL-FBB, por razones de servicio de conformidad con la normativa vigente”;

Que, siendo ello así y en concordancia con el artículo 10° del MOP establece que, “La Gerencia General es el órgano de la Alta Dirección de mayor jerarquía administrativa y ejerce como titular del PATPAL FBB (…)”; y,

Que, en uso de las facultades conferidas por el Decreto Legislativo N° 146 Ley del Patronato del Parque de las Leyendas y sus modificaciones, el Manual de Operaciones (MOP) aprobado por Decreto de Alcaldía N° 003-2024 de la Municipalidad Metropolitana de lima y estando a lo dispuesto en el Reglamento de la Ley N° 27619, modificado por el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM, y la Ley N° 27619 se regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos o representantes del Estado y sus modificatorias;

Contando con el Visto Bueno de la Oficina General de Administración y Finanzas, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, Oficina de Logística y Control Patrimonial, Gerencia de Operaciones y Seguridad, Subgerencia de Zoología y de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Autorizar el viaje en comisión de servicios al país de Colombia, a la Señora GRECIA ROMINA ALARCON RISCO colaborador de la Subgerencia de Zoología del Patronato del Parque de las Leyendas – Felipe Benavides Barreda (PATPAL-FBB), con la finalidad que participe en el TERCER CONGRESO INTERNACIONAL DE CUIDADORES EN LATINOAMÉRICA, la cual se desarrollara los días 02 al 07 de noviembre de 2026; en PISCILAGO PARQUE ACUATICO Y DE AREA DE CONSERVACION, MUNICIPIO DE NILO, DEPARTAMENTO DE CUNDINAMARCA – COLOMBIA.

Artículo Segundo.- Autorizar los gastos que irrogue el viaje aprobado en la presente Resolución, de acuerdo al siguiente detalle:

Nombres y Apellidos

DNI N°

Inscripción

Pasajes Aéreos

Viáticos

($ 200.00 x 5 días)

Monto total (S/.)

GRECIA ROMINA ALARCON RISCO

44484381

S/.630.00

US $ 600.00

S/. 2,220.00

US $ 1,000.00

S/. 3,700.00

S/. 6,550.00

TOTAL

S/.6,550.00

Artículo Tercero.- El funcionario, al que se refiere el artículo primero de la presente Resolución, deberán presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como el sustento de los viáticos asignados, conforme a ley dentro de los 15 días calendario siguientes de efectuado el viaje.

Artículo Cuarto.- REMITIR a la Oficina General de Administración y Finanzas en coordinación con la Oficina de Gestión de Recursos Humanos, para que en el marco de sus competencias adopten las acciones que correspondan conforme a Ley.

Artículo Quinto.- Encargar a la Oficina General de Administración y Finanzas, la publicación del presente Acuerdo en el Diario Oficial “El Peruano”.

Regístrese, comuníquese y cúmplase.

JULIA AZUCENA COLCAS VARGAS

Gerente General

2569447-1