Autorizan viaje de personal de la Marina de Guerra del Perú a la República Francesa, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
Nº 01324-2026-DE
Lima, 28 de octubre del 2026
VISTOS:
El Oficio 8912/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio Nº 02601-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y, el Informe Legal Nº 01993-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Documento Nº 51/ARM/DGRIS/MDD/Lima/NP, la Agregaduría de Defensa ante la Embajada de Francia en el Perú hace extensiva la invitación del Comandante Superior de las Fuerzas Armadas en Nueva Caledonia al Comandante General de la Marina de Guerra del Perú, a fin que dos (2) oficiales de dicha institución armada participen en el Ejercicio EQUATEUR 2026 (CPX), a realizarse en la ciudad de Numea, Nueva Caledonia, República Francesa, del 17 al 27 de noviembre de 2026;
Que, con Oficio 8912/51, complementado con correo institucional de fecha 22 de octubre de 2026, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal de la Marina de Guerra del Perú, para participar en el Ejercicio EQUATEUR 2026 (CPX), a realizarse en la ciudad de Numea, Nueva Caledonia, República Francesa, del 17 al 27 de noviembre de 2026; asimismo, solicita autorizar su salida del país el 15 de noviembre y su retorno el 29 de noviembre de 2026, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;
Que, a través del citado documento, la institución armada remite, entre otros, el Informe Legal Nº 139-2026, la exposición de motivos, el documento “Gastos y declaración de que el organismo internacional cubre parcialmente los costos del viaje Nro. 189-2026”; así como, la Certificación de Crédito Presupuestario Nº 0000000003, que garantiza el financiamiento correspondiente;
Que, mediante la mencionada exposición de motivos, la institución armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio; por cuanto, permitirá al personal autorizado incrementar los conocimientos y procedimientos enfocados en asistencia humanitaria y alivio de desastres ante catástrofes naturales; asimismo, contribuirá a fortalecer y ampliar los vínculos de cooperación existentes entre las Marinas participantes;
Que, de acuerdo a lo indicado en el Documento Nº 51/ARM/DGRIS/MDD/Lima/NP, las Fuerzas Armadas Francesas cubrirán los gastos de transporte aéreo de ida y vuelta, hospedaje y alimentación durante los días que dure la actividad; en consecuencia, la Marina de Guerra del Perú señala que procede otorgar viáticos diarios hasta un veinte por ciento (20%) de lo que corresponde a la zona geográfica, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 696-2013-DE/SG, que aprueba porcentajes máximos de viáticos en función de la escala detallada en el artículo 5 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, modificado por el artículo 1 del Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, para el caso de invitaciones que incluyan financiamiento parcial de viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa;
Que, mediante el Oficio Nº 02601-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico Nº 212- 2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-LLLU, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización del viaje al exterior referido en los considerandos precedentes;
Que, a través del Informe Legal Nº 01993-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que resulta legalmente viable emitir la resolución que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;
Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del personal de la Marina de Guerra del Perú que se detalla en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución, para participar en el Ejercicio EQUATEUR 2026 (CPX), a realizarse en la ciudad de Numea, Nueva Caledonia, República Francesa, del 17 al 27 de noviembre de 2026; así como, autorizar su salida del país el 15 de noviembre y su retorno el 29 de noviembre de 2026.
Artículo 2.- La participación del personal suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal titular.
Artículo 3.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo a su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos:
Viáticos:
US$ 385.00 x 2 personas x 11 días x 20% US$ 1,694.00
Total a pagar: US$ 1,694.00
Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.
Artículo 5.- El personal autorizado para realizar la comisión de servicio que se detalla en el artículo 1 de la presente resolución, debe cumplir con presentar un informe al titular de su entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país.
Artículo 6.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal cuyo viaje se autoriza.
Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente resolución y su Anexo en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAFAEL JORGE BELAUNDE LLOSA
Ministro de Defensa
2569427-1