Aprueban “Lineamientos para la elaboración y modificación de la clasificación anticipada de proyectos de inversión con características comunes o similares en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental”
RESOLUCIóN MINISTERIAL
N° D000350-2026-MINAM
Magdalena del Mar, 28 de octubre del 2026
VISTOS:
El Informe N° D000564-2026-MINAM-VMGA-DGPIGA-DGEIA de la Dirección de Gestión de Evaluación de Impacto Ambiental; el Memorando N° D000907-2026-MINAM-VMGA-DGPIGA de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental; el Memorando N° D002210-2026-MINAM-VMGA del Viceministerio de Gestión Ambiental; el Informe N° D000495-2026-MINAM-SG-OGPP-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización; el Memorando N° D001235-2026-MINAM-SG-OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° D000796-2026-MINAM-SG-OGAJ; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, se crea el Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental (SEIA) como un sistema único y coordinado de identificación, prevención, supervisión, control y corrección anticipada de los impactos ambientales negativos significativos derivados de las acciones humanas expresadas por medio del proyecto de inversión;
Que, de acuerdo con el literal f) del artículo 7 del Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, esta entidad tiene la función específica de dirigir el SEIA;
Que, el numeral 4.1 del artículo 4 de la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, establece que los proyectos de inversión sujetos al SEIA, cuyos proponentes o titulares soliciten la respectiva Certificación Ambiental, deben ser clasificados, de acuerdo al riesgo ambiental, en una de las siguientes categorías: a) Categoría I - Declaración de Impacto Ambiental (DIA): aplicable a los proyectos de inversión que podrían generar impactos ambientales negativos leves; b) Categoría II - Estudio de Impacto Ambiental Semidetallado (EIA-sd): aplicable a los proyectos de inversión que podrían generar impactos ambientales negativos moderados; y, c) Categoría III - Estudio de Impacto Ambiental Detallado (EIA-d): aplicable a los proyectos de inversión que podrían generar impactos ambientales negativos altos;
Que, según el artículo 9 de la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental, la autoridad competente puede establecer, entre otros mecanismos, para la clasificación de los estudios de impacto ambiental de actividades comunes en el sector que le corresponda, procediendo el proponente o titular con la elaboración del estudio de impacto ambiental;
Que, conforme a lo dispuesto por el literal f) del artículo 7 del Reglamento de la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, aprobado por el Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, el Ministerio del Ambiente es responsable de aprobar normas, guías, directivas y otros dispositivos legales y técnicos para orientar el funcionamiento del SEIA;
Que, mediante la Resolución Ministerial N° 207-2016-MINAM, se aprobaron las disposiciones para la clasificación anticipada de proyectos de inversión en el marco del SEIA, con la finalidad de que las autoridades competentes puedan determinar de manera anticipada la categoría de los proyectos de inversión que presentan características comunes o similares y que están bajo su competencia;
Que, considerando los avances normativos y técnicos en el marco de la gestión ambiental, resulta necesario actualizar las precitadas disposiciones, a fin de mejorar la predictibilidad, consistencia y eficacia del proceso de clasificación ambiental de los proyectos de inversión con características comunes o similares;
Que, en ese contexto, mediante la Resolución Ministerial N° D000209-2026-MINAM, se dispuso la publicación del proyecto de “Lineamientos para la clasificación anticipada de proyectos de inversión en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental”, así como el proyecto de Resolución Ministerial que los aprueba, conforme a lo dispuesto en el artículo 39 del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Información Pública Ambiental y Participación y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por el Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM y el numeral 19.1 del artículo 19 y el literal c) del numeral 20.1 del artículo 20 del Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS; en virtud de la cual se recibieron comentarios, aportes y opiniones al mismo;
Que, de acuerdo con el literal e) del artículo 88 del Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, aprobado por la Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM, la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental tiene la función de proponer los instrumentos técnicos-normativos para el funcionamiento del SEIA;
Que, con el Informe N° D000564-2026-MINAM-VMGA-DGPIGA-DGEIA y el Memorando N° D000907-2026-MINAM-VMGA-DGPIGA, la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental, tomando en consideración los comentarios, aportes u opiniones recibidos durante la publicación del proyecto normativo, propone la aprobación de los “Lineamientos para la elaboración y modificación de la clasificación anticipada de proyectos de inversión con características comunes o similares en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental”, dejando sin efecto la Resolución Ministerial N° 207-2016-MINAM;
Que, con el Memorando N° D001235-2026-MINAM-SG-OGPP, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto remite el Informe N° D000495-2026-MINAM-SG-OGPP-OPM de la Oficina de Planeamiento y Modernización, mediante el cual se emite opinión favorable para continuar con el trámite de aprobación de los precitados Lineamientos;
Que, mediante el Informe N° D000796-2026-MINAM-SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para la emisión de la Resolución Ministerial que aprueba los referidos Lineamientos;
Con el visado del Viceministerio de Gestión Ambiental, de la Dirección General de Políticas e Instrumentos de Gestión Ambiental, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con el Decreto Legislativo N° 1013, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente; la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental; el Decreto Supremo N° 019-2009-MINAM, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental; y, la Resolución Ministerial N° 108-2023-MINAM, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar el Lineamiento N° 004-2026-MINAM-DM denominado “Lineamientos para la elaboración y modificación de la clasificación anticipada de proyectos de inversión con características comunes o similares en el marco del Sistema Nacional de Evaluación del Impacto Ambiental”, que forman parte integrante de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución Ministerial N° 207-2016-MINAM, que aprueba las Disposiciones para la clasificación anticipada de proyectos de inversión en el marco del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).
Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución Ministerial y los Lineamientos en la sede digital del Ministerio del Ambiente (www.gob.pe/minam), en la misma fecha de publicación de la Resolución Ministerial en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
VLADIMIRO HUAROC PORTOCARRERO
Ministro del Ambiente
2569110-1