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Fecha de publicación: 29/10/2026
Otorgan la Condecoración “Medalla al Defensor de la Democracia”

Disponen la publicación del proyecto de Ordenanza denominado “Ordenanza que regula el otorgamiento de licencias de funcionamiento y autorizaciones conexas en el distrito de Ate”, y su exposición de motivos

Resolución de Alcaldía

N° 0769

Ate, 26 de octubre de 2026

EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE;

VISTOS: El Memorando Múltiple N° 000028-2026-MDA/GM-GDE; los Informes N° 000129-2026-MDA/GM-GDE, N° 000139-2026-MDA/GM-GDE y N° 000144-2026-MDA/GM-GDE, de la Gerencia de Desarrollo Económico; el Informe N° 000190-2026-MDA/GDE-SGRD, de la Subgerencia de Gestión de Riesgo y Desastres; el Informe N° 000204-2026-MDA/GDE-SGCL, de la Subgerencia de Comercio y Licencias; el Informe N° 000527-2026-MDA/GAT-SGFEC, de la Subgerencia de Fiscalización y Ejecución Coactiva; el Informe N° 000062-2026-MDA/GM-GAT, de la Gerencia de Administración Tributaria; el Informe N° 000284-2026-MDA/GDE-SGDEP, de la Subgerencia de Desarrollo Económico y Productivo; el Informe N° 000833-2026-MDA/OGPE-OPMI, de la Oficina de Planeamiento, Modernización e Inversiones; el Memorando N° 001067-2026-MDA/GM-OGPE, de la Oficina General de Planificación Estratégica; el Informe N° 000236-2026-MDA/GM-OGAJ, de la Oficina General de Asesoría Jurídica, el Memorando N° 001593-2026-MDA/GM de la Gerencia Municipal, y;

CONSIDERANDO:

Que, , de conformidad con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley N° 30305, concordante con el artículo Il del Título Preliminar de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y sus modificatorias, se establece que: “Los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico”;

Que, mediante Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, publicado el 30 de agosto de 2024, se aprueba el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos;

Que, el numeral 4.10 del artículo 4° del referido Reglamento, define a la publicación de proyectos normativos, como aportes y la puesta en conocimiento de proyectos normativos a la ciudadanía, con el objeto de recabar sus comentarios, aportes u opiniones, garantizando el principio de transparencia y máxima divulgación, así como el principio de participación ciudadana y/o de los administrados, antes que, en ejercicio de la potestad normativa, se aprueben normas de carácter general que puedan afectar derechos, obligaciones e intereses;

Que, el literal c) del numeral 20.1 del artículo 20° del Reglamento en mención, sobre el contenido de la publicación de proyectos normativos, establece que: “El plazo para la recepción de los comentarios, aportes u opiniones, no debe ser menor a quince (15) días calendario, contados desde el día siguiente de su publicación, salvo disposición normativa de rango superior que establezca lo contrario”. Asimismo, el numeral 20.2 del artículo 20°, establece que: “Las entidades de la Administración Pública deben propiciar tanto canales virtuales, como físicos para la recepción de comentarios, aportes u opiniones y propiciar la adopción de mecanismos inclusivos para tal fin, en formatos accesibles, de conformidad con la normativa aplicable”;

Que, el numeral 21.1 del artículo 21° del citado cuerpo normativo, establece que: “La publicación de un proyecto normativo se aprueba mediante resolución ministerial o resolución del titular de la entidad de la Administración Pública, la cual se publica en el diario oficial. El proyecto normativo y la exposición de motivos se publican en la sede digital de la entidad de la Administración Pública (…)”;

Que, bajo dicho marco normativo, la Gerencia de Desarrollo Económico con Memorando Múltiple N° 000028-2026-MDA/GM-GDE, la Gerencia de Desarrollo Económico remitió el proyecto de Ordenanza denominado: “Ordenanza que Regula el Procedimiento de Otorgamiento de Licencias de Funcionamiento en el Distrito de Ate”, y su Exposición de Motivos, solicitando la evaluación final y la emisión de opinión técnica respectiva a la propuesta normativa;

Que, mediante Informe N° 000190-2026-MDA/GDE-SGRD, la Subgerencia de Gestión de Riesgo y Desastres emitió opinión técnica favorable respecto del proyecto de Ordenanza, en lo correspondiente a las materias de su competencia vinculadas con la evaluación del nivel de riesgo, condiciones de seguridad en edificaciones, aplicación de la matriz de riesgos y ejecución de las Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones (ITSE) y Visitas de Inspección de Seguridad en Edificaciones (VISE), para la continuidad del trámite correspondiente;

Que, mediante Informe N° 000204-2026-MDA/GDE-SGCL, la Subgerencia de Comercio y Licencias emitió opinión técnica favorable respecto del proyecto de Ordenanza, señalando que sus disposiciones se encuentran acordes con el marco normativo aplicable y que los procedimientos regulados se encuentran alineados con los procedimientos administrativos estandarizados aprobados por el Poder Ejecutivo, y por encontrarse conforme al marco normativo vigente y contribuir al fortalecimiento de la gestión municipal en materia de licencias de funcionamiento y autorizaciones conexas;

Que, mediante Informe N° 000527-2026-MDA/GAT-SGFEC, la Subgerencia de Fiscalización y Ejecución Coactiva emitió opinión técnica favorable respecto del proyecto de Ordenanza, en lo correspondiente a las materias de su competencia vinculadas con la clausura de establecimientos y el procedimiento administrativo sancionador, concluyendo que el proyecto de Ordenanza guarda concordancia con las competencias y funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Ate;

Que, mediante Informe N° 000062-2026-MDA/GM-GAT, la Gerencia de Administración Tributaria hizo suyo en todos sus extremos el análisis técnico contenido en el Informe N° 000527-2026-MDA/GAT-SGFEC y concluye señalando que el proyecto de ordenanza y su Exposición de Motivos se encuentran habilitados en sus aspectos técnicos y legales para continuar con su trámite administrativo;

Que, mediante Informe N° 000284-2026-MDA/GDE-SGDEP, la Subgerencia de Desarrollo Económico y Productivo emitió opinión técnica favorable respecto del proyecto de Ordenanza, señalando que la misma guarda objetividad respecto a la formalización de los entes económicos, conforme al marco normativo vigente y contribuir; al fortalecimiento de la gestión municipal en materia de otorgamiento de licencias de funcionamiento y autorizaciones conexas, que es competencia de la Subgerencia de Comercio y Licencias;

Que, mediante Informe N° 000129-2026-MDA/GM-GDE, complementado con el Informe N° 000139-2026-MDA/GM-GDE, la Gerencia de Desarrollo Económico previa subsanación de observaciones, remitió el proyecto de Ordenanza y la Exposición de Motivos, conjuntamente con el proyecto de resolución de alcaldía debidamente corregidos, para la continuación del trámite correspondiente, solicitando a la Oficina General de Planificación Estratégica el análisis y evaluación de la propuesta de ordenanza denominado “ORDENANZA QUE REGULA LOS PROCEDIMIENTOS DE LICENCIA DE FUNCIONAMIENTO PARA ESTABLECIMIENTOS Y AUTORIZACIONES CONEXAS EN EL DISTRITO DE ATE”, asimismo, solicita que este proyecto y su exposición de motivos, se publique para recibir comentarios, opiniones y/o aportes de la ciudadanía;

Que, mediante Informe N° 000833-2026-MDA/OGPE-OPMI, la Oficina de Planeamiento, Modernización e Inversiones emite opinión técnica viable respecto del proyecto de Resolución de Alcaldía que dispone la publicación (prepublicación) del proyecto de Ordenanza, antes mencionado, y su Exposición de Motivos;

Que, mediante Memorando N° 001067-2026-MDA/GM-OGPE, la Oficina General de Planificación Estratégica, encuentra conforme el informe precedente y deriva los actuados a la Oficina General de Asesoría Jurídica, solicitando la respectiva opinión legal;

Que, mediante Informe N° 000236-2026-MDA/GM-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que, conforme al marco normativo expuesto y contándose con las opiniones favorables de la Subgerencia de Gestión de Riesgo y Desastres; Subgerencia de Comercio y Licencias; Subgerencia de Desarrollo Económico y Productivo; Gerencia de Desarrollo Económico; Subgerencia de Fiscalización y Ejecución Coactiva; Gerencia de Administración Tributaria; Oficina de Planeamiento, Modernización e Inversiones; y Oficina General de Planificación Estratégica; considera viable, que se prosiga con el trámite de publicación del proyecto de ordenanza denominado: “ORDENANZA QUE REGULA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO Y AUTORIZACIONES CONEXAS EN EL DISTRITO DE ATE”, conjuntamente con su exposición de motivos, por el lapso de 15 días calendario en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate y la Plataforma Digital Única del Estado Peruano, con el objeto de recabar los comentarios, aportes, opiniones y/o sugerencias por parte de la ciudadanía, mediante la emisión de la respectiva resolución de alcaldía a ser publicada en el Diario Oficial “El Peruano”, toda vez que se encuentra acorde con lo establecido en el Decreto Supremo N° 009-2024-JUS, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento que establece disposiciones sobre publicación y difusión de normas jurídicas de carácter general, resoluciones y proyectos normativos; y la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y sus modificatorias. Por lo que, recomienda continuar con dicho procedimiento de publicación;

Que, mediante Informe N° 000144-2026-MDA/GM-GDE, la Gerencia de Desarrollo Económico remite los actuados sobre el proyecto de Ordenanza denominado: “ORDENANZA QUE REGULA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO Y AUTORIZACIONES CONEXAS EN EL DISTRITO DE ATE”, su exposición de motivos y proyecto de resolución de alcaldía, atendiendo lo recomendado por la Oficina la General de Asesoría Jurídica, a la vez, buscando asegurar el cumplimiento de los principios de participación ciudadana, transparencia y máxima divulgación, conforme a la normativa aplicable; solicitando se continue con el trámite correspondiente;

Que, mediante Memorando N° 001593-2026-MDA/GM, la Gerencia Municipal deriva los actuados a la Oficina General de Atención al Concejo, Gestión Documentaria y Comunicaciones, para la prosecución del trámite correspondiente conforme a Ley;

ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN EL NUMERAL 6) DEL ARTÍCULO 20° DE LA LEY N° 27972, LEY ORGÁNICA DE MUNICIPALIDADES Y SUS MODIFICATORIAS;

SE RESUELVE:

Artículo Primero.- Publicación del proyecto normativo.

DISPONER la publicación del proyecto de Ordenanza denominado: “ORDENANZA QUE REGULA EL OTORGAMIENTO DE LICENCIAS DE FUNCIONAMIENTO Y AUTORIZACIONES CONEXAS EN EL DISTRITO DE ATE”, y su exposición de motivos, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate: www.muniate.gob.pe, así como en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano: www.gob.pe; el mismo día de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial “El Peruano”, a efectos de recibir comentarios, opiniones y/o aportes, dentro del plazo de quince (15) días calendario, contados a partir del día siguiente de la publicación; en mérito a las consideraciones antes expuestas.

Artículo Segundo.- Remisión de comentarios, opiniones y/o aportes.

ESTABLECER que los comentarios, opiniones y/o aportes sobre el proyecto de ordenanza y exposición de motivos, a que se refiere el artículo precedente, sean remitidos a través de la Mesa de partes Virtual: mpv.muniate.gob.pe o físico: Av. José Carlos Mariátegui 270, Ate, con atención a la Gerencia de Desarrollo Económico, y/o al correo electrónico: desarrolloeconomico@muniate.gob.pe

Artículo Tercero.- Sistematización de comentarios, opiniones y/o aportes.

ENCARGAR a la Gerencia de Desarrollo Económico para que, a través de la Oficina General de Atención al Concejo, Gestión Documentaria y Comunicaciones, en coordinación con la Oficina de Tecnologías de la Información, reciba, procese y sistematice los comentarios, opiniones y/o aportes de la ciudadanía sobre el proyecto de ordenanza y exposición de motivos, a que se refiere el artículo primero de la presente resolución.

Artículo Cuarto.- Publicación.

ENCARGAR a la Oficina General de Atención al Concejo, Gestión Documentaria y Comunicaciones, la publicación de la presente resolución de alcaldía en el Diario Oficial “El Peruano”; así como, a la Oficina de Tecnologías de la Información, la publicación de la resolución en el Portal de Transparencia Estándar: www.transparencia.gob.pe

Artículo Quinto.- Difusión.

ENCARGAR a la Oficina General de Atención al Concejo, Gestión Documentaria y Comunicaciones, la publicación de la resolución, el proyecto de ordenanza y su exposición de motivos, en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate: www.muniate.gob.pe y a la Oficina de Tecnologías de la Información, en la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe).

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.

FRANCO VIDAL MORALES

Alcalde

2569043-1