Convocan a ciudadanos para que asuman los cargos de alcalde y regidor de la Municipalidad Provincial de Pataz
Resolución N° 0875-2026-JNE
Expediente N° JNE.2026050189
PATAZ - LA LIBERTAD
RENUNCIA DE AUTORIDAD
CONVOCATORIA DE CANDIDATO
NO PROCLAMADO
Lima, 27 de abril de 2026
VISTO: el Oficio N° 0357-2026-MPP/A, presentado el 10 de abril de 2026, mediante el cual don Rolfe Manuel Barrios Castillo, regidor del Concejo Provincial de Pataz, departamento de La Libertad (en adelante, señor regidor), remitió la documentación relacionada con la renuncia de don Aldo Carlos Mariños, alcalde de la citada entidad edil (en adelante, señor alcalde).
ANTECEDENTE
1.1. Por medio del oficio citado en el visto, el señor regidor elevó los actuados relacionados con la renuncia al cargo presentada por el señor alcalde, a fin de que se convoque al reemplazo correspondiente, de conformidad con lo establecido en el artículo 24 de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM). Para tal efecto, se anexó la siguiente documentación:
a) Acuerdo de Concejo Municipal de Sesión Extraordinaria N° 002-2026-MPP/ALC, del 6 de abril de 2026.
b) Carta de renuncia, recibida el 24 de marzo de 2026, suscrita por el señor alcalde, a través de la cual presentó su renuncia al cargo, con miras a participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026).
Así también, solicitó la emisión de la credencial correspondiente como alcalde de la referida comuna.
CONSIDERANDOS
PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN)
En el Decreto Supremo N° 001-2026-PCM1
1.1. Se convoca a Elecciones Regionales 2026 para el domingo 4 de octubre de 2026, para elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao.
En la Resolución N° 0746-2025-JNE
1.2. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones precisó, entre otros, el plazo para que los alcaldes presenten su renuncia con el propósito de participar en las Elecciones Regionales 2026. Así, en los incisos 1.1 y 1.2 del numeral 1 de la parte resolutiva, se dispuso que:
1.1. Las renuncias deben ser presentadas por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el martes 7 de abril de 2026 (180 días calendario antes de las elecciones).
1.2. El cargo del documento de renuncia debe ser presentado por el renunciante ante el Jurado Nacional de Elecciones, a través de la Mesa de Partes Virtual (MPV) hasta el 14 de abril de 2026.
En la LOM
1.3. El artículo 24, respecto a los reemplazos de autoridades, dispone:
En caso de vacancia o ausencia del alcalde lo reemplaza el teniente alcalde que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral.
En caso de vacancia del regidor, lo reemplaza:
1. Al teniente alcalde, el regidor hábil que sigue en su propia lista electoral.
2. A los regidores, los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral.
En el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales2 (en adelante, Reglamento)
1.4. El artículo 14 regula lo siguiente:
Todas las partes de los procesos jurisdiccionales –electorales y no electorales– son notificadas con los pronunciamientos o actuaciones jurisdiccionales emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas.
En caso de que la casilla electrónica de los sujetos antes mencionados se encuentre inhabilitada o desactivada, se entenderán por notificados con el pronunciamiento o actuación jurisdiccional a través de su publicación en el portal institucional del JNE, surtiendo efectos legales a partir del día hábil o calendario siguiente de su publicación, en los vínculos que se indican a continuación:
<https://plataformaelectoral.jne.gob.pe/bandeja/filtros>, para expedientes jurisdiccionales de procesos electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla del respectivo proceso electoral (ejemplos: ERM, EG, EMC, CPR, entre otros).
<https://consultaexpediente.jne.gob.pe/>, para expedientes jurisdiccionales de procesos no electorales, cuya nomenclatura inicia con la sigla JNE.
SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO
2.1. El 24 de marzo de 2026, el señor alcalde presentó su renuncia al cargo, con el propósito de participar como candidato en las ERM 2026. Asimismo, con el Acuerdo de Concejo Municipal de Sesión Extraordinaria N° 002-2026-MPP/ALC, del 6 de abril de 2026, se aprobó la renuncia formal, voluntaria e irrevocable del citado burgomaestre, y se dispuso encargar a la Secretaría General del Concejo Municipal la notificación del acuerdo de concejo a las áreas competentes, a fin de dar estricto cumplimiento a las disposiciones legales vigentes en materia de rendición de cuentas del titular y de transferencia de gestión.
2.2. Corresponde precisar que, si bien el señor alcalde presentó su carta de renuncia el 24 de marzo de 2026, precisa en dicho documento que esta tendrá efecto a partir del 6 de abril del año en curso.
2.3. En esa medida, dado que el señor alcalde presentó su renuncia dentro del plazo legal –24 de marzo de 2026– (ver SN 1.1. y 1.2.), y en aplicación del artículo 24 de la LOM (ver SN 1.3.), corresponde dejar sin efecto la credencial que le fue otorgada y convocar, en su lugar, a don Rolfe Manuel Barrios Castillo, identificado con DNI N° 19428886, para que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de Pataz, departamento de La Libertad, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026.
2.4. Además, con la finalidad de completar el número de regidores, corresponde convocar a don Wilder Benigno Rosas Medina, identificado con DNI N° 47992411, candidato no proclamado de la organización política Trabajo Más Trabajo, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de Pataz, departamento de La Libertad, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026, conforme al orden de los resultados electorales remitidos por el Jurado Electoral Especial de Pataz, con ocasión de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (ver SN 1.3.).
2.5. La notificación del presente pronunciamiento debe diligenciarse según lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento (ver SN 1.4.).
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
1. DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a don Aldo Carlos Mariños, como alcalde de la Municipalidad Provincial de Pataz, departamento de La Libertad, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022.
2. CONVOCAR a don Rolfe Manuel Barrios Castillo, identificado con DNI N° 19428886 para que asuma el cargo de alcalde de la Municipalidad Provincial de Pataz, departamento de La Libertad, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal.
3. CONVOCAR a don Wilder Benigno Rosas Medina, identificado con DNI N° 47992411, para que asuma el cargo de regidor del Concejo Provincial de Pataz, departamento de La Libertad, a fin de completar el periodo de gobierno municipal 2023-2026, para lo cual se le otorgará la credencial que lo faculte como tal.
4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales, aprobado con la Resolución N° 0830-2025-JNE.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
BURNEO BERMEJO
MAISCH MOLINA
GONZALES BARRÓN
TORRES CORTEZ
OYARCE YUZZELLI
Clavijo Chipoco
Secretaria General
1 Publicado el 7 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.
2 Aprobado por la Resolución N° 0830-2025-JNE, publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.
2568818-1