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Fecha de publicación: 31/10/2026
Decreto Supremo que modifica los Lineamientos para la implementación de la Ley N° 31188, Ley de Negociación Colectiva en el Sector Estatal, aprobados por Decreto Supremo N° 008-2022-PCM

Autorizan viaje de profesionales de PROMPERÚ para participar en evento a realizarse en Bolivia

Resolución Ministerial

N° 395-2026-MINCETUR

Lima, 26 de octubre de 2026

VISTOS, el Oficio N° 000842-2026-PROMPERÚ/PE de la Presidencia Ejecutiva de la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ y el Informe N° 0725-2026-MINCETUR/SG/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y,

CONSIDERANDO:

Que, la Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, es un organismo público técnico especializado adscrito al Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes y servicios exportables, así como de turismo interno y receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú en materia turística y de exportaciones;

Que, la Subdirección de Promoción Comercial de la Dirección de Promoción de las Exportaciones busca fortalecer la presencia de la oferta exportable peruana en mercados priorizados, fomentar la generación de oportunidades comerciales y contribuir al crecimiento sostenible de las exportaciones, mediante la implementación de actividades de promoción comercial orientadas a la vinculación efectiva entre empresas peruanas y compradores internacionales;

Que, en las ciudades de Cochabamba, Santa Cruz de la Sierra y La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, del 4 al 7 de noviembre de 2026, PROMPERÚ conjuntamente con la Oficina Comercial del Perú en el Exterior - OCEX con sede en La Paz, llevará a cabo el evento denominado “Misión Industria Perú a Bolivia”, con el objetivo de promover las exportaciones de empresas peruanas del sector Manufacturas Diversas, identificar compradores y distribuidores; para tal efecto, el evento cuenta con ruedas de negocios y visitas a operaciones mineras en Tupiza, Uyuni, Potosí, Oruro y Coro Coro;

Que, la participación de PROMPERÚ en el referido evento, tiene por finalidad promover el contacto comercial entre empresas exportadoras del sector manufacturas diversas y compradores profesionales del mercado boliviano, a través de la promoción de empresas que proveen a industrias de alimentos y bebidas, construcción, cosmética, salud y proveedores a la minería, con el fin de facilitar su acceso y posicionamiento en Bolivia;

Que, en ese sentido, resulta de interés institucional la participación de PROMPERÚ en el evento “Misión Industria Perú a Bolivia”, siendo necesario autorizar el viaje de los señores Edgar Juan Maguiña Muro y Elmer Alejandro Lava Quispe, profesionales de la Subdirección de Promoción Comercial de la Dirección de Promoción de las Exportaciones de la citada entidad, para que realicen acciones de promoción de las exportaciones;

Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;

Que, de acuerdo a lo previsto por el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos de los Ministerios y de los Organismos Públicos se otorgará por resolución ministerial del respectivo sector;

Con el visado de la Presidencia Ejecutiva y de la Gerencia General de PROMPERÚ, de la Secretaría General y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR; y,

De conformidad con la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley N° 27790, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 060-2019-PROMPERÚ/PE, que aprueba el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones de PROMPERÚ;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorización

Se autoriza el viaje de los señores Edgar Juan Maguiña Muro y Elmer Alejandro Lava Quispe, profesionales de la Subdirección de Promoción Comercial de la Dirección de Promoción de las Exportaciones, a las ciudades de Cochabamba, Santa Cruz de la Sierra y La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia, del 3 al 7 de noviembre de 2026, para que en representación de PROMPERÚ, participen en el evento que se señala en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Gastos

Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial se efectúan con cargo al Pliego 008: Comisión de Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo - PROMPERÚ, de acuerdo al siguiente detalle:

Nombre y apellidos

Pasajes Aéreos

Clase Económica US$

Zona Geográfica

Viáticos por día

US$

Total Viáticos US$

Edgar Juan

Maguiña Muro

1 577,30

América del Sur

370,00 x 4

1 480,00

Elmer Alejandro

Lava Quispe

1 577,30

370,00 x 4

1 480,00

Artículo 3.- Rendición de cuentas e informe

Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, el personal cuyo viaje se autoriza en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial presenta a la Titular de PROMPERÚ, un informe detallado sobre las acciones realizadas y los logros obtenidos, así como la rendición de cuentas respectiva, de acuerdo a Ley.

Artículo 4.- No liberación ni exoneración de impuestos

La presente Resolución Ministerial no libera ni exonera del pago de impuestos o de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROGERS VALENCIA ESPINOZA

Ministro de Comercio Exterior y Turismo

2568745-1