Logo El Peruano
Fecha de publicación: 30/10/2026
Designan representante de la Presidencia del Consejo de Ministros ante el Directorio del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE)

Otorgan a favor de Solartia Distribución Perú S.A.C. la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en el proyecto “Sistema Eléctrico Rural Líneas y Redes Primarias en 22,9 kV y Redes Secundarias en 0,38-0,22 kV para la localidad de Sepahua - distrito de Sepahua, provincia de Atalaya, departamento de Ucayali”

RESOLUCIÓN DIRECTORAL

N° 0177-2026-MINEM-DGE

Lima, 14 de octubre de 2026

VISTOS: El Expediente N° 65431326 sobre la solicitud de concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en el proyecto “Sistema Eléctrico Rural Líneas y Redes Primarias en 22,9 kV y Redes Secundarias en 0,38-0,22 kV para la localidad de Sepahua - distrito de Sepahua, provincia de Atalaya, departamento de Ucayali” (en adelante, PROYECTO), presentada por la Solartia Distribución Perú S.A.C. (en adelante, SOLARTIA); y, el Informe N° 693-2026-MINEM/DGE-DCE;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Carta N° 001-2026-SDP/GG con Registro N° 4242289 (MPD), de fecha 19 de febrero de 2026, SOLARTIA solicita la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en el PROYECTO, ubicado en el distrito de Sepahua, provincia de Atalaya, departamento de Ucayali;

Que, SOLARTIA ha presentado copia de la Resolución Directoral N° 0148-2025-MINEM-DGE, la cual otorga la Calificación como Sistema Eléctrico Rural a las instalaciones eléctricas de las localidades de Sepahua, conformantes del PROYECTO, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2020-EM;

Que, el PROYECTO no se encuentra dentro de un área natural protegida de administración nacional, una zona de amortiguamiento, un área de conservación regional, un sitio Ramsar o un ecosistema frágil o hábitat crítico reconocido por el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre, configurándose así uno de los supuestos de exclusión previstos en el numeral 15.1 del artículo 15 del Decreto Legislativo N° 1652, por lo que no se requiere de la obtención de la certificación ambiental;

Que, según el Informe de Vistos, la Dirección General de Electricidad, en el marco de sus competencias, ha verificado que SOLARTIA ha cumplido con los requisitos establecidos en el artículo 20 de la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural, y los artículos 48 al 52 de su Reglamento, por lo que recomienda otorgar la Concesión Eléctrica Rural para el PROYECTO, a favor de SOLARTIA;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28749, Ley General de Electrificación Rural, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2020-EM;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Otorgar a favor de Solartia Distribución Perú S.A.C. la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en el proyecto “Sistema Eléctrico Rural Líneas y Redes Primarias en 22,9 kV y Redes Secundarias en 0,38-0,22 kV para la localidad de Sepahua - distrito de Sepahua, provincia de Atalaya, departamento de Ucayali”, en los términos y condiciones establecidos en la presente Resolución Directoral y los que se detallan en el Contrato de Concesión Eléctrica Rural que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución.

Artículo 2.- La concesión otorgada comprende las coordenadas UTM WGS84, zona 18L, conforme a las especificaciones obrantes en el Expediente.

Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 207-2026 a suscribirse con Solartia Distribución Perú S.A.C., el cual consta de 17 Cláusulas y 04 Anexos.

Artículo 4.- Suscribir como Director General de Electricidad, o quien haga sus veces, en representación del Estado, la minuta del Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 207-2026 y la Escritura Pública correspondiente, según lo dispuesto en el artículo 53 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-93-EM, en aplicación de la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo N° 018-2020-EM.

Artículo 5.- Insertar el texto de la presente Resolución Directoral en la Escritura Pública a que dé origen el Contrato de Concesión Eléctrica Rural N° 207-2026 referido en el artículo 3 de la presente Resolución, en cumplimiento del artículo 56 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, en aplicación de la Primera Disposición Complementaria Final del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural.

Artículo 6.- Notificar la presente Resolución Directoral a Solartía Distribución Perú S.A.C. dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a su expedición, la cual deberá ser publicada para su vigencia en el diario oficial El Peruano por una sola vez, conforme al artículo 52 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

ROBERTO TAMAYO PEREYRA

Director General de Electricidad

Dirección General de Electricidad

2568681-1