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Fecha de publicación: 25/10/2026
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia declarado en Lima Metropolitana del departamento de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao

Autorizan el viaje de la Delegación de Avanzada del Despacho Presidencial que acompañará a la Presidenta de la República a la República de El Salvador

RESOLUCIÓN MINISTERIAL

Nº 361-2026-PCM

Lima, 24 de octubre de 2026

CONSIDERANDO:

Que, con Resolución Legislativa Nº 32742 se autoriza a la Presidenta de la República, señora KEIKO SOFÍA FUJIMORI HIGUCHI, para salir del territorio nacional del 28 al 31 de octubre de 2026, con el objeto de viajar a la ciudad de San Salvador y al municipio de Tecoluca, República de El Salvador, a fin de realizar una Visita Oficial a ese país, con una agenda presidencial prevista para el 29 y el 30 de octubre de 2026, que comprende un encuentro privado con el Presidente de la República de El Salvador, una reunión ampliada con Ministros de Estado, reuniones con los Ministros salvadoreños de las carteras de Justicia y Seguridad Pública; de Educación, Ciencia y Tecnología; y de Salud, así como visitas al Centro de Confinamiento del Terrorismo (CECOT), a una escuela emblemática y al Hospital Rosales;

Que, la participación de la señora Presidenta de la República en las actividades señaladas permitirá consolidar la relación bilateral con la República de El Salvador e impulsar mecanismos de cooperación internacional destinados a enfrentar desafíos comunes, tales como la criminalidad organizada transnacional, en el marco de la política exterior peruana. Asimismo, constituye una oportunidad para profundizar el dialogo político al más alto nivel y reforzar la relación bilateral mediante una agenda orientada al intercambio de experiencias en sectores de interés común como seguridad, justicia, educación y salud;

Que, mediante Resolución Ministerial Nº 658-2026-RE, modificada por la Resolución Ministerial Nº 662-2026-RE del Ministerio de Relaciones Exteriores, se acredita a la Delegación de Avanzada y a la Comitiva Oficial del Despacho Presidencial que acompañará a la señora Presidenta de la República durante su visita oficial a la ciudad de San Salvador y al municipio de Tecoluca, República de El Salvador;

Que, mediante los Informes Nº 000007-2026-DP/SAP, Nº 000008-2026-DP/SAP y Nº 000010-2026-DP/SAP, la Secretaría de Actividades Protocolares del Despacho Presidencial detalla la composición de la Delegación de Avanzada y Comitiva Oficial que acompañará a la señora Presidenta de la República;

Que, a través del Memorando Nº 001671-2026-DP/OGA la Oficina General de Administración del Despacho Presidencial remite los Informes Nº 000687-2026-DP/OGA-OCF y Nº 00206-2026-DP/OGA-OASG, complementado con el Informe Nº 000223-2026-DP/OGA-OASG, de la Oficina de Contabilidad y Finanzas y de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Generales, respectivamente, a través de los cuales se detalla el cálculo de los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos de los comisionados del Despacho Presidencial que acompañarán a la señora Presidenta de la República, de conformidad con lo previsto en los artículos 5 y 8 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias; además, se precisa que se cuenta con la Certificación de Crédito Presupuestario correspondiente;

Que, por lo expuesto, y siendo de interés nacional la participación en el citado evento, corresponde autorizar el viaje del personal de la Delegación de Avanzada y de la Comitiva Oficial del Despacho Presidencial que acompañará a la señora Presidenta de la República durante su viaje a la ciudad de San Salvador y al municipio de Tecoluca, República de El Salvador;

Que, los gastos por concepto de viáticos y pasajes aéreos que se deriven de la participación en la citada visita oficial serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del Despacho Presidencial, en el marco de las normas vigentes sobre la materia;

Que, el segundo párrafo del numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, dispone que la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado se aprueba conforme a lo establecido en la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus normas reglamentarias;

Que, el cuarto párrafo del artículo 1 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas, que viajan en representación del Poder Ejecutivo irrogando gastos al Tesoro Público, se otorgará mediante Resolución Ministerial del sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, conforme a la Ley Nº 27619 y su Reglamento;

De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje del personal la Delegación de Avanzada del Despacho Presidencial que acompañará a la señora Presidenta de la República a la ciudad de San Salvador y al municipio de Tecoluca, República de El Salvador, del 27 al 31 de octubre de 2026, para los fines a los que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial, conforme al siguiente detalle:

• Señor HECTOR EDUARDO FLORES LEON, Secretaría de Actividades Protocolares del Despacho Presidencial.

Artículo 2.- Autorizar el viaje de la Comitiva Oficial del Despacho Presidencial que acompañará a la señora Presidenta de la República a la ciudad de San Salvador y al municipio de Tecoluca, República de El Salvador, del 28 al 31 de octubre de 2026, para los fines a los que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial, conforme al siguiente detalle:

• Señora SHIRLEY MONTENEGRO FLORES, Asesora de Gabinete de la Secretaría General del Despacho Presidencial.

• Señora LIZBETH MACEDA MALDONADO, Asesora de Gabinete de la Secretaría General del Despacho Presidencial.

• Capitán de Corbeta JUAN PABLO OYARCE ARESCURENAGA, Edecán de la señora Presidenta de la República.

• Señora LARIZA SHEILA POCCO CAMILO, Asistente Administrativo de la Secretaría General del Despacho Presidencial.

• Sub Oficial Técnico de Segunda PNP. FLUGENCIO PEREZ PEREZ, personal de seguridad de la señora Presidenta de la República.

• Señora LUCIA CAROLINA PACHECO QUISPE, Comunicación Estratégica del Despacho Presidencial.

Artículo 3.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial son cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Despacho Presidencial, de acuerdo al siguiente detalle:

- HECTOR EDUARDO FLORES LEON

Pasaje aéreo US$ 1,470.01

Viáticos 4 (3+1) días x $315.00 US$ 1,260.00

- SHIRLEY MONTENEGRO FLORES

Pasaje aéreo US$ 1,794.61

Viáticos 3 (2+1) días x $315.00 US$ 945.00

- LIZBETH MACEDA MALDONADO

Pasaje aéreo US$ 1,794,61

Viáticos 3 (2+1) días x $315.00 US$ 945.00

- JUAN PABLO OYARCE ARESCURENAGA

Pasaje aéreo US$ 2,018.85

Viáticos 3 (2+1) días x $315.00 US$ 945.00

- LARIZA SHEILA POCCO CAMILO

Pasaje aéreo US$ 2,018.85

Viáticos 3 (2+1) días x $315.00 US$ 945.00

- FLUGENCIO PEREZ PEREZ

Pasaje aéreo US$ 1,794.61

Viáticos 3 (2+1) días x $315.00 US$ 945.00

- LUCIA CAROLINA PACHECO QUISPE

Pasaje aéreo US$ 1,794,61

Viáticos 3 (2+1) días x $315.00 US$ 945.00

Artículo 4.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes a su retorno al país, las personas cuyo viaje se autoriza en los artículos 1 y 2 de la presente Resolución Ministerial, deben presentar ante su entidad un informe detallado describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de gastos correspondiente.

Artículo 5.- El cumplimiento de la presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos aduaneros, de ninguna clase o denominación.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

LUIS FERNANDO GALARRETA VELARDE

Presidente del Consejo de Ministros

Presidencia del Consejo de Ministros

2568121-1