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Fecha de publicación: 25/10/2026
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia declarado en Lima Metropolitana del departamento de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao

Autorizan viaje de personal militar a la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, para participar en evento

Resolución Ministerial

Nº 01309-2026-DE

Lima, 23 de octubre del 2026

VISTOS:

El Oficio Nº 5893 CCFFAA/OGA/OAI/UAI de la Secretaría General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas; el Oficio Nº 02594-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal Nº 01992-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, la Coalición contra los Cárteles de las Américas (A3C) es una iniciativa multilateral de carácter militar y político orientada a combatir las organizaciones criminales transnacionales mediante un marco de cooperación multinacional; en ese contexto, la Junta de Decisiones de Campaña constituye una instancia destinada a implementar las directrices estratégicas y operativas acordadas por los países participantes, a fin de articular una campaña militar multinacional coordinada;

Que, mediante el Oficio Múltiple Nº 00962-2026-
MINDEF/VPD y el Oficio Nº 04074-2026-MlNDEF/VPD, el Viceministro de Políticas para la Defensa comunica al Secretario General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, entre otros, que a través del Oficio Nº 0443/MILGP, el Grupo Militar de los Estados Unidos de América en el Perú hace extensiva la invitación al Ministro de Defensa para participar en la Junta de Decisiones de Campaña para la Coalición contra los Cárteles de las Américas (A3C), que se llevará a cabo el 27 de octubre de 2026, en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana;

Que, con Oficio Nº 5893 CCFFAA/OGA/OAI/UAI, la Secretaría General del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Teniente General FAP VICTOR OCTAVIO DIAZ PACHECO, identificado con DNI Nº 43334745, y del General de Brigada RICARDO ANIBAL BENAVIDES FEBRES, identificado con DNI Nº 43309854, para participar en la Junta de Decisiones de Campaña para la Coalición contra los Cárteles de las Américas (A3C), a realizarse en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, el 27 de octubre de 2026; asimismo, solicita autorizar su salida del país el 26 de octubre y su retorno el 28 de octubre de 2026, sin que el día de retorno genere gasto alguno al Tesoro Público;

Que, a través del citado documento y del correo institucional del 23 de octubre de 2026, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas remite entre otros, la exposición de motivos, el Dictamen Nº 508-2026/CCFFAA/OAJ, el documento “Declaración de gastos que no son cubiertos por ningún organismo internacional”; así como las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 0000000704 y Nº 0000000705 que garantizan el financiamiento correspondiente;

Que, mediante la exposición de motivos, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas señala que resulta conveniente para los intereses institucionales la participación del personal en la citada actividad, por cuanto fortalecerá la integración del Perú en los mecanismos multilaterales de cooperación en seguridad hemisférica, particularmente en la lucha contra el narcotráfico y el crimen organizado transnacional; asimismo, permitirá fortalecer la interoperabilidad, el intercambio de inteligencia y la coordinación de estrategias operacionales con países aliados, especialmente con el Comando Sur de los Estados Unidos (SOUTHCOM), lo que contribuirá a posicionar la experiencia de las Fuerzas Armadas peruanas y a fortalecer las capacidades nacionales frente a las amenazas a la seguridad;

Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 8 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, los viáticos que se otorguen serán por cada día que dure la misión oficial o el evento, a los que se podrá adicionar por una sola vez el equivalente a un día de viáticos por concepto de gastos de instalación y traslado, cuando el viaje es a cualquier país de América y de dos días cuando el viaje se realice a otro continente;

Que, de acuerdo con el documento “Declaración de gastos que no son cubiertos por ningún organismo internacional”, el Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas señala que los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos por dos (2) días se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026 de la Unidad Ejecutora 002: Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, conforme a lo establecido en el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, concordante con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;

Que, a través del Oficio Nº 02594-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico Nº 686-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización del citado viaje al exterior;

Que, mediante el Informe Legal Nº 01992-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, Decreto Supremo que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Teniente General FAP VICTOR OCTAVIO DIAZ PACHECO y del General de Brigada RICARDO ANIBAL BENAVIDES FEBRES, para participar en la Junta de Decisiones de Campaña para la Coalición contra los Cárteles de las Américas (A3C), a realizarse en la ciudad de Santo Domingo, República Dominicana, el 27 de octubre de 2026; así como autorizar su salida del país el 26 de octubre y su retorno el 28 de octubre de 2026.

Artículo 2.- El Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas efectúa los pagos que correspondan con cargo a su Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Pasajes:

US$ 1,495.68 x 2 personas (incluye TUUA) US$ 2,991.36

Viáticos:

US$ 430.00 x 2 personas x 2 días US$ 1,720.00

Total a pagar: US$ 4,711.36

Artículo 3.- El Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas queda autorizado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 4.- El personal autorizado en el artículo 1 de la presente resolución debe cumplir con presentar un informe detallado al titular de su entidad, según corresponda, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 5.- Disponer que copia de la presente resolución sea remitida a la Institución Armada a la que pertenece el personal designado en comisión de servicio.

Artículo 6.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal cuyo viaje se autoriza.

Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de su publicación en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAFAEL JORGE BELAUNDE LLOSA

Ministro de Defensa

2568115-1