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Fecha de publicación: 25/10/2026
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia declarado en Lima Metropolitana del departamento de Lima y en la Provincia Constitucional del Callao

Aprueban la actualización del “Protocolo de presentación y revisión del expediente técnico de Zonificación Forestal”

RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA

Nº D000217-2026-MIDAGRI-SERFOR-DE

Magdalena del Mar, 23 de octubre del 2026

VISTOS:

El Informe Técnico Nº D001382-2026-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO, emitido por la Dirección de Catastro, Zonificación y Ordenamiento, el Memorando Nº D001228-2026-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre, el Informe Técnico Nº D000228-2026-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR, emitido por la Dirección de Política y Regulación, el Memorando Nº D000765-2026-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre; el Informe Legal Nº D000501-2026-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 13 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, crea el Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR, como organismo público técnico especializado, con personería jurídica de derecho público interno, como pliego presupuestal adscrito al Ministerio de Agricultura (ahora, Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego - MIDAGRI);

Que, de conformidad con el literal c) del artículo 14 de la citada Ley, el SERFOR tiene entre sus funciones emitir y proponer normas y lineamientos de alcance nacional relacionados con la gestión, administración y uso sostenible de los recursos forestales y de fauna silvestre;

Que, el artículo 25 de la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre, establece que la zonificación forestal tiene por finalidad delimitar, de manera obligatoria, técnica y participativa, las tierras forestales, definiendo las alternativas de uso del recurso forestal y de fauna silvestre. Asimismo, señala que el reglamento de la norma establece la metodología, plazos, condiciones y criterios sociales, económicos, culturales y ambientales aplicables, garantizando el respeto a los derechos de las poblaciones locales;

Que, conforme al artículo 26 del mismo cuerpo normativo, la zonificación forestal constituye un proceso técnico, participativo y obligatorio, que se realiza con enfoque ecosistémico, en concordancia con la zonificación ecológico-económica y con los instrumentos de planificación y gestión territorial a nivel regional. Además, establece que el reglamento define la metodología y el procedimiento aplicables, los cuales son de carácter vinculante para la gestión forestal;

Que, por su parte, el artículo 27 del Reglamento de Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, señala que, a fin de determinar las categorías de la Zonificación Forestal, el SERFOR aprueba una Guía Metodológica como un documento técnico que contiene, entre otros, los criterios y lineamientos para asignar las diferentes categorías de zonificación y unidades de ordenamiento forestal; la metodología para el desarrollo de los procesos participativos; los criterios para el establecimiento del sistema de monitoreo y evaluación de la Zonificación Forestal; y el procedimiento de actualización e incorporación de información sobre la Zonificación Forestal en tierras de comunidades campesinas y comunidades nativas;

Que, en dicho contexto, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 168-2016-SERFOR-DE, el SERFOR aprueba la Guía Metodológica para la Zonificación Forestal, la cual orienta el desarrollo de ZF a nivel nacional, estableciendo el marco metodológico para la delimitación de las tierras forestales y asignación de las categorías de la zonificación forestal;

Que, con fecha 01 de diciembre de 2018, se publicó en el Diario Oficial El Peruano, la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 268-2018-MINAGRI-SERFOR/DE, que aprueba el “Protocolo de presentación y revisión del expediente técnico de Zonificación Forestal”.

Que, mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº D000179-2025-MIDAGRI-SERFOR-DE, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 18 de setiembre de 2025, el SERFOR aprueba la “Guía Metodológica para la Zonificación Forestal”, dejándose sin efecto la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 168-2016-SERFOR-DE;

Que, bajo ese marco normativo, la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre, a través del Memorando Nº D001228-2026-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS, remite el Informe Técnico Nº D001382-2026-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO, mediante el cual la Dirección de Catastro, Zonificación y Ordenamiento identifica la necesidad de actualizar el protocolo vigente, a fin de adecuarlo a la “Guía Metodológica para la Zonificación Forestal” aprobada en el año 2025, sustentando la aprobación, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva, de la actualización del “Protocolo de presentación y revisión del expediente técnico de zonificación forestal”, la cual tiene por objetivo, definir y estandarizar la estructura y contenido del expediente técnico de Zonificación Forestal, así como los medios de verificación que se utilizarán para comprobar que el desarrollo de la zonificación forestal cumpla con lo establecido en la “Guía Metodológica para la Zonificación Forestal”. Que, asimismo, la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre, a través del Memorando Nº D000765-2026-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS, manifiesta su conformidad al Informe Técnico Nº D000228-2026-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR de la Dirección de Política y Regulación, en el cual opina que el proyecto de actualización del “Protocolo de presentación y revisión del expediente técnico de zonificación forestal” se ajusta a lo establecido en la “Guía Metodológica para la Zonificación Forestal”;

Que, por su parte, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante el Informe Legal Nº D000501-2026-MIDAGRI-SERFOR-GG-OGAJ, bajo el sustento técnico contenido en el Informe Técnico Nº D001382-2026-MIDAGRI-SERFOR-DGIOFFS-DCZO y en el Informe Técnico Nº D000228-2026-MIDAGRI-SERFOR-DGPCFFS-DPR, concluye que resulta legalmente viable que el Director Ejecutivo, en el marco de la función establecida en el literal m) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, emita el acto resolutivo que apruebe la actualización del “Protocolo de presentación y revisión del expediente técnico de zonificación forestal”;

Que, conforme a lo previsto en el artículo 14 del Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI, la Dirección Ejecutiva del SERFOR es la máxima autoridad ejecutiva institucional; asimismo, las normas expedidas por el SERFOR son aprobadas por dicha instancia mediante Resolución de Dirección Ejecutiva, conforme a lo establecido en el literal m) del artículo 10 del Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI, y su modificatoria;

Con el visado de la Directora General de la Dirección General de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre, del Director General de la Dirección General de Política y Competitividad Forestal y de Fauna Silvestre y del Jefe de Oficina General de Asesoría Jurídica; y

De conformidad con la Ley Nº 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; el Reglamento para la Gestión Forestal, aprobado por Decreto Supremo Nº 018-2015-MINAGRI; y el Reglamento de Organización y Funciones del SERFOR, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2013-MINAGRI, modificado por Decreto Supremo Nº 016-2014-MINAGRI;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la actualización del “Protocolo de presentación y revisión del expediente técnico de Zonificación Forestal”, que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.

Artículo 2.- Dejar sin efecto la Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 268-2018-MINAGRI-SERFOR/DE que aprueba el “Protocolo de presentación y revisión del expediente técnico de Zonificación Forestal”.

Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como la publicación de dicho acto resolutivo y su Anexo en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre – SERFOR. (https://www.gob.pe/serfor).

Regístrese, comuníquese y publíquese.

DESIDERIO ERASMO OTAROLA ACEVEDO

Director Ejecutivo

Servicio Nacional Forestal y de

Fauna Silvestre - SERFOR

2568113-1