Autorizan viaje de especialista del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo a Colombia, en comisión de servicios
Resolución Ministerial
N° 335-2026-TR
Lima, 23 de octubre de 2026
VISTOS: La Carta de fecha 8 de octubre de 2026 de la Directora del Centro Interamericano para el Desarrollo del Conocimiento en la Formación Profesional de la Organización Internacional del Trabajo (OIT/Cinterfor); el Memorándum N° 001266-2026-MTPE/3 del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral; la Hoja de Elevación N° 000430-2026-MTPE/3/19 de la Dirección General de Normalización, Formación para el Empleo y Certificación de Competencias Laborales; el Informe N° 000622-2026-MTPE/3/19.2 de la Dirección de Normalización y Certificación de Competencias Laborales; la Hoja de Elevación N° 000408-2026-MTPE/4/10 y el Informe N° 000020-2026-MTPE/4/10-LTH de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales; el Memorándum N° 001748-2026-MTPE/4/11 de la Oficina General de Administración; y el Informe N° 000216-2026-MTPE/4/8 de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Carta de fecha 8 de octubre de 2026, la Directora del Centro Interamericano para el Desarrollo del Conocimiento en la Formación Profesional de la Organización Internacional del Trabajo (OIT/Cinterfor), en el marco de las acciones de cooperación que dicho Centro desarrolla para fortalecer la formación profesional, la certificación de competencias laborales y la profesionalización del trabajo de cuidados en América Latina y el Caribe, cursa invitación al Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) para participar en la IV Reunión Regional de la Red Saber Cuidar: Formación y certificación para los cuidados en América Latina y el Caribe, que se realizará del 28 al 30 de octubre de 2026, en la ciudad de Barranquilla, República de Colombia;
Que, el citado evento, organizado por OIT/Cinterfor, en cooperación con el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) de Colombia, tiene como objetivo compartir y analizar los avances recientes de los países en materia de formación, certificación y profesionalización de los cuidados; asimismo, permitirá avanzar en las acciones previstas en el proyecto “Hacia un marco regional de cualificaciones en el área de cuidados”, una iniciativa que busca promover el trabajo decente y la profesionalización de los servicios de cuidado mediante el desarrollo de un catálogo regional de perfiles ocupacionales, diseños curriculares compartidos, mecanismos de reconocimiento de aprendizajes previos y propuestas para la certificación regional de competencia;
Que, el MTPE, a través de la Dirección de Normalización y Certificación de Competencias Laborales de la Dirección General de Normalización, Formación para el Empleo y Certificación de Competencias Laborales, participa en las acciones de intercambio y cooperación técnica promovidas por la Red Saber Cuidar, espacio regional impulsado por OIT/Cinterfor para fortalecer la formación profesional, la certificación de competencias laborales y la profesionalización del trabajo de cuidados en América Latina y el Caribe, contribuyendo al intercambio de experiencias, al fortalecimiento de capacidades institucionales y a la construcción de referencias regionales en materia de perfiles ocupacionales, reconocimiento de aprendizajes previos, cualificaciones y certificación de competencias laborales;
Que, se ha designado al señor PABLO ADOLFO CRISÓSTOMO CAHUANA, Especialista Senior de Normalización y Certificación de Competencias Laborales de la Dirección de Normalización y Certificación de Competencias Laborales de la Dirección General de Normalización, Formación para el Empleo y Certificación de Competencias Laborales, para participar en la IV Reunión Regional de la Red Saber Cuidar en representación del MTPE;
Que, conforme a lo señalado en el Informe N° 000622-2026-MTPE/3/19.2 de la Dirección de Normalización y Certificación de Competencias Laborales de la Dirección General de Normalización, Formación para el Empleo y Certificación de Competencias Laborales, la participación del citado servidor en el evento en mención, en representación del MTPE, contribuirá al fortalecimiento de las capacidades institucionales en materia de formación profesional, sistemas de cualificaciones, normalización y certificación de competencias laborales; permitirá acceder a experiencias y buenas prácticas regionales; facilitará la participación del Perú en la construcción de referencias regionales sobre cualificaciones y perfiles ocupacionales para los cuidados; y proporcionará insumos técnicos para fortalecer las intervenciones que desarrolla el Sector en dichas materias;
Que, mediante Hoja de Elevación N° 000408-2026-MTPE/4/10, la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales hace suyo el Informe N° 000020-2026-MTPE/4/10-LTH, en el cual se señala que la participación del mencionado servidor en el citado evento “(…) resulta de interés institucional, toda vez que las materias abordadas en el evento se relacionan con las competencias del MTPE en formación profesional, capacitación para el trabajo, normalización y certificación de competencias laborales. Asimismo, permitirá fortalecer las capacidades institucionales, recoger insumos técnicos para futuras intervenciones del Sector y aportar la experiencia peruana en la construcción de referencias regionales sobre perfiles ocupacionales, formación y certificación para los cuidados, promoviendo la cooperación técnica y el posicionamiento del país en las iniciativas impulsadas por la OIT/CINTERFOR para la profesionalización del trabajo de cuidados.”;
Que, asimismo, conforme a lo señalado en el precitado informe, el organizador del evento asumirá los gastos del representante del MTPE por concepto de pasajes aéreos y alojamiento, así como los almuerzos correspondientes a los días del evento; en tanto que los demás gastos que se deriven de su participación serán asumidos con cargo al presupuesto institucional del MTPE, en el marco de las normas vigentes sobre la materia;
Que, mediante el Memorándum N° 001748-2026-MTPE/4/11, la Oficina General de Administración adjunta la correspondiente Certificación de Crédito Presupuestario y el consolidado del costo de viáticos en forma parcial que el MTPE asumirá;
Que, la Ley N° 27619, Ley que regula las autorizaciones de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, establecen que las autorizaciones de viaje deben sustentarse en el interés nacional o institucional;
Que, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1 y 4 del citado Decreto Supremo, la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos de los Ministerios se efectúa por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la cual debe publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje;
Que, en atención a las consideraciones expuestas, resulta de interés institucional la participación del señor PABLO ADOLFO CRISÓSTOMO CAHUANA, Especialista Senior de Normalización y Certificación de Competencias Laborales de la Dirección de Normalización y Certificación de Competencias Laborales de la Dirección General de Normalización, Formación para el Empleo y Certificación de Competencias Laborales, para participar en la IV Reunión Regional de la Red Saber Cuidar, en representación del MTPE; por lo que corresponde emitir la respectiva resolución ministerial de autorización de viaje, de acuerdo con el itinerario de viaje propuesto;
Que, la Oficina General de Asesoría Jurídica, mediante el Informe N° 000216-2026-MTPE/4/8, señala que resulta legalmente viable la emisión de la resolución ministerial de autorización de viaje;
Con las visaciones de la Secretaría General, del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección General de Normalización, Formación para el Empleo y Certificación de Competencias Laborales, de la Oficina General de Cooperación y Asuntos Internacionales, de la Oficina General de Administración y de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, Aprueban normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, la Resolución Ministerial N° 194-2024-TR, que actualiza el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorización de viaje
Se autoriza el viaje, en comisión de servicios, del señor PABLO ADOLFO CRISÓSTOMO CAHUANA, Especialista Senior de Normalización y Certificación de Competencias Laborales de la Dirección de Normalización y Certificación de Competencias Laborales de la Dirección General de Normalización, Formación para el Empleo y Certificación de Competencias Laborales del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, a la ciudad de Barranquilla, República de Colombia, del 27 al 31 de octubre de 2026, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Financiamiento
Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial son cubiertos con cargo al presupuesto institucional del Pliego 012: M. de Trabajo y Promoción del Empleo, Unidad Ejecutora 001: Ministerio de Trabajo – Oficina General de Administración, de acuerdo al siguiente detalle:
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Nombre y apellidos |
Viáticos por día (US$) |
Total de viáticos (US$) |
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PABLO ADOLFO CRISÓSTOMO CAHUANA |
148.00 x 5 |
740.00 |
Artículo 3.- Presentación de informe
Dentro de los quince días calendario siguientes de efectuado el viaje, el citado servidor debe presentar al Despacho Ministerial un informe describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos durante el viaje autorizado y la rendición de cuentas por los viáticos entregados.
Artículo 4.- Derecho a exoneración, liberación de impuestos o derechos aduaneros
La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos o pago de derechos aduaneros de cualquier clase o denominación.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
Juan Sheput Moore
Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo
2568086-1