Autorizan viaje de Vicerrector Académico de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa para participar en evento a realizarse en Paraguay
Universidad Nacional
de San Agustín de Arequipa
RESOLUCIÓN DE CONSEJO UNIVERSITARIO
Nº 0573-2026
Arequipa, 22 de octubre de 2026
Vistos, la Carta de invitación de la Universidad Nacional del Este - UNE (República de Paraguay) dirigida a las Universidades miembros del Consejo de Rectores por la Integración de la Subregión Centro Oeste de Sudamérica - CRISCOS, para participar del “53º Encuentro de Coordinadores de Movilidad de la Red CRISCOS”, y de la “Asamblea General del Consejo de Rectores por la Integración de la Subregión Centro Oeste de Sudamérica”, que tendrán lugar en el Encuentro Internacional CRISCOS; y, el Oficio Nº 1212-2026-UNSA-VRAC del Vicerrectorado Académico de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa - UNSA, mediante el cual se solicita autorización de viaje internacional, asignación de pasajes aéreos, seguro de viaje y viáticos, a fin de que el Vicerrectorado Académico asista al Encuentro Internacional CRISCOS.
CONSIDERANDO:
Que, la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, está constituida conforme a la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, se rige por sus respectivos estatutos y reglamentos, y desarrolla sus actividades dentro de la autonomía de gobierno, académica, administrativa y económica, prevista en el artículo 18º de la Constitución Política del Estado.
Que, el artículo 6º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece lo siguiente: “La universidad tiene los siguientes fines: (…) 6.1 Preservar, acrecentar y transmitir de modo permanente la herencia científica, tecnológica, cultural y artística de la humanidad, (…) 6.5 Realizar y promover la investigación científica, tecnológica y humanística la creación intelectual y artística (…)”.
Que, el artículo 63º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece lo siguiente: “Todas las universidades cuentan obligatoriamente con un Vicerrector Académico y pueden contar con un Vicerrector de Investigación. Sus atribuciones y funciones se establecen en el Estatuto de la universidad. Los Vicerrectores apoyan al Rector en la gestión de las áreas de su competencia”.
Que, por su parte, el artículo 159º del Estatuto Universitario de la UNSA, establece dentro de las atribuciones del Vicerrector Académico: “(…) 159.4 Impulsar la movilidad docente y estudiantil y las relaciones interuniversitarias con instituciones nacionales y extranjeras (…)”.
Que, el Consejo de Rectores por la Integración de la Subregión Centro Oeste de Sudamérica (CRISCOS) es una red universitaria subregional integrada por instituciones de educación superior de los países de Argentina, Bolivia, Chile, Paraguay y Perú, orientada a promover la integración académica, científica, tecnológica y cultural, así como el fomento de la movilidad estudiantil y docente y el desarrollo de proyectos conjuntos de investigación entre sus miembros. Estando la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa integrada a la referida red internacional.
Que, en atención a ello, la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa fue invitada por la Universidad Nacional del Este - UNE (República del Paraguay), para participar del “53º Encuentro de Coordinadores de Movilidad de la Red CRISCOS”, y de la “Asamblea General del Consejo de Rectores por la Integración de la Subregión Centro Oeste de Sudamérica”, que tendrán lugar en el Encuentro Internacional CRISCOS, a realizarse del 27 al 30 de octubre del presente año, en el Campus Central de la UNE, ubicado en Ciudad del Este - Paraguay; por lo que, en virtud de la invitación alcanzada, el Vicerrector Académico de la Universidad mediante el Oficio Nº 1212-2026-UNSA-VRAC, solicitó al Consejo Universitario autorización de viaje internacional, así como la asignación de pasajes aéreos, seguro de viaje y viáticos, a fin de asistir al Encuentro Internacional CRISCOS.
Que, de esta manera, el viaje del Vicerrector Académico de la UNSA se encuentra enmarcado dentro del Principio de Internacionalización establecido en el artículo 5º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, concordante con el artículo 4º del Estatuto Universitario, y dentro de la función que tiene la Universidad de fomentar alianzas estratégicas con las Universidades Públicas y Privadas, dispuesto en el artículo 6º del referido Estatuto; así como, en su artículo 7º, que dispone: “(…) La universidad para el cumplimiento de sus fines y funciones formará parte de redes interinstitucionales nacionales y extranjeras de derecho público o de derecho privado, a fin de crear una amplia red de cooperación científico-técnica (…)”.
Que, considerando que el objeto del viaje de la citada autoridad es de interés institucional, el Consejo Universitario en su sesión ordinaria del 20 de octubre de 2026, acordó autorizar el viaje internacional del Dr. VLADIMIR ALFONSO ROSAS MENESES, Vicerrector Académico de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, para que, en atención a la invitación alcanzada por la Universidad Nacional del Este - UNE (República del Paraguay), participe del “53º Encuentro de Coordinadores de Movilidad de la Red CRISCOS”, y de la “Asamblea General del Consejo de Rectores por la Integración de la Subregión Centro Oeste de Sudamérica”, que tendrán lugar del 27 al 30 de octubre del presente año, en el Campus Central de la UNE, ubicado en Ciudad del Este - Paraguay; a quien se le otorgará los pasajes aéreos, seguro de viaje y viáticos internacionales correspondientes, que deberán hacer llegar la Unidad de Abastecimiento y la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, respectivamente, conforme a la Directiva Asignación de Viáticos y Pasajes por Comisión de Servicios en la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, aprobada mediante Resolución de Consejo Universitario Nº 436-2018 del 08 de mayo del 2018, con su respectivo Plan Operativo Institucional - POI, y conforme lo determinen las oficinas correspondientes, teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestal.
Que, no obstante, se tiene que con Resolución de Consejo Universitario Nº 0024-2026, de fecha 30 de enero de 2026, se resolvió: “1. APROBAR el Cronograma del Proceso de Admisión 2027 de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa (…)”, modificado con Resolución de Consejo Universitario Nº 0295-2026, de fecha 17 de junio de 2026. Estableciéndose el domingo 1 de noviembre de 2026 como fecha para la realización de la evaluación de conocimientos del Examen CEPRUNSA CICLO QUINTOS, evaluación en la cual debe estar presente el Dr. Vladimir Alfonso Rosas Meneses, en cumplimiento de sus funciones como Vicerrector Académico de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa. Motivo por el cual, únicamente podrá participar del “53º Encuentro de Coordinadores de Movilidad de la Red CRISCOS”, que tendrá lugar el 27 y 28 de octubre de 2026.
Que, atendiendo lo señalado en los párrafos precedentes, la Unidad de Abastecimiento, mediante Oficio Nº 2895-2026-UA-DIGA, de fecha 21 de octubre de 2026, remite el monto de pasajes aéreos, seguro de viaje, viáticos e itinerario respectivos, según el numeral 8.2 sobre Escala de Viáticos al Exterior de la Directiva Asignación de Viáticos y Pasajes por Comisión de Servicios en la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, aprobada por Resolución de Consejo Universitario Nº 436-2018.
Que, asimismo, la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización, con Oficio Nº 1174-2026-OPPM/UNSA, de fecha 22 de octubre de 2026, traslada el Informe Nº 0206-2026-UPRE-UNSA, a través del cual, detalla que se cuenta con Disponibilidad Presupuestal en la Fuente de Financiamiento, Recursos Directamente Recaudados, Genérica de Gasto 2.3 “Bienes y Servicios”, por el monto de S/ 10,213.51, para atender el requerimiento efectuado, según el siguiente detalle:
(i) Pasajes aéreos S/ 6,615.00
(ii) Seguro Viajero S/ 112.00
(iii) Viáticos S/ 3,486.51
Por estas consideraciones, estando a lo acordado por el referido Consejo Universitario, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Universitaria Nº 30220, al Consejo Universitario,
SE RESUELVE:
Primero.- Autorizar el viaje internacional del DR. VLADIMIR ALFONSO ROSAS MENESES, Vicerrector Académico de la Universidad Nacional de San Agustín de Arequipa, para que participe del “53º Encuentro de Coordinadores de Movilidad de la Red CRISCOS”, que tendrá lugar el 27 y 28 de octubre del presente año, en el Campus Central de la Universidad Nacional del Este - UNE, ubicado en Ciudad del Este - Paraguay; en atención a la invitación alcanzada por la UNE.
Segundo.- Autorizar a la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización y a la Unidad de Abastecimiento, para que otorguen a favor de la mencionada autoridad, la Certificación de Crédito Presupuestal - CCP, con la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, Genérica de Gasto 2.3 “Bienes y Servicios”, según siguiente detalle:
- Pasajes aéreos : S/ 6,615.00
Del 25 al 28 de octubre de 2026.
Arequipa - Iguazú (Brasil) - Arequipa (debiendo tomar movilidad hacia Ciudad del Este - Paraguay).
- Seguro Viajero : S/ 112.00
- Viáticos : S/ 3,486.51 (3 días según Directiva).
- Fecha del evento : Del 27 al 28 de octubre de 2026.
Tercero.- Dentro de los ocho días del retorno, la citada autoridad presentará un Informe sobre las acciones realizadas y los resultados obtenidos.
Cuarto.- Encargar a la Dirección General de Administración la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y archívese.
RICHAR ALBERTO PAREDES ORUE
Rector
RICHARD SANTOS HUAMAN FLORES
Secretario General
2567575-1