Autorizan viaje de funcionario del Ministerio de Economía y Finanzas, a la República del Paraguay, en comisión de servicios
resolución ministerial
N° 484-2026-EF/43
Lima, 22 de octubre del 2026
CONSIDERANDO:
Que, mediante comunicaciones electrónicas de fechas 14 de agosto, 18 de setiembre y 1 de octubre de 2026, la Asociación Internacional de Presupuesto Público (ASIP) y la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) cursan invitación al Ministerio de Economía y Finanzas para participar en la “Reunión anual 2026 de la Red de Directores/as de Presupuesto de América Latina y el Caribe” y en el “53° Seminario Internacional de Presupuesto Público”, a llevarse a cabo del 17 al 19 de noviembre de 2026; en la Ciudad del Este, República del Paraguay;
Que, los mencionados eventos están dirigidos exclusivamente a los Directores de Presupuesto de América Latina y el Caribe, en los cuales se abordaran temas esenciales para mejorar la eficiencia y la sostenibilidad del gasto público en materia presupuestaria;
Que, los temas principales que se desarrollarán en la reunión y el referido seminario son los siguientes: i) Desafíos para la gestión presupuestaria en América Latina y el Caribe y la experiencia de los países de la OCDE; ii) Línea de base de la asignación presupuestaria en el marco de la programación multianual; iii) Sistema consolidado de programación presupuestaria y su experiencia en materia de presupuesto por programas y presupuesto por desempeño; iv) Programación presupuestaria cuatrienio 2027-2030, como experiencia actual de programación plurianual; v) Creación de espacio fiscal en el presupuesto: revisiones del gasto (spending reviews), reasignación y priorización; vi) La revisión del gasto como instrumento para generar espacio fiscal y financiar nuevas prioridades; vii) Sistema de evaluación de programas en el marco del Presupuesto por Resultados, con un Plan Anual de Evaluaciones 2026; viii) Evaluación del desempeño de larga data, concebida para retroalimentar las etapas posteriores de programación y presupuestación; ix) ¿Quién puede comprometer el gasto del mañana? Congreso, Poder Judicial y nuevas obligaciones de gasto; x) Mejora de la eficiencia y sostenibilidad del gasto público; xi) Presupuestos top-down y de mediano plazo; y, xii) Intercambio de experiencias entre los países participantes para atenuar los efectos presupuestarios derivados de la inestabilidad mundial;
Que, en ese sentido, resulta de interés nacional e institucional la participación del señor Loli Jhover Chávez Cabrera, Director de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, toda vez que la citada Dirección General es el órgano de línea rector del Sistema Nacional de Presupuesto Público, constituyéndose a nivel nacional como la más alta autoridad técnico-normativa en materia presupuestaria, encargada de conducir el proceso presupuestario del Sector Público; y tiene entre sus funciones promover el perfeccionamiento permanente de la técnica presupuestaria y la mejora de las capacidades y competencias en la gestión presupuestaria, así como programar, dirigir, coordinar, controlar y evaluar la gestión del proceso presupuestario;
Que, el numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026, dispone que los viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueban conforme a lo establecido en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias;
Que, la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, regulan la autorización de viajes al exterior del indicado personal, señalando que los mismos deben sustentarse en el interés nacional o institucional;
Que, en consecuencia, resulta pertinente autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Loli Jhover Chávez Cabrera, Director de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, a la Ciudad del Este, República del Paraguay, del 16 al 19 de noviembre de 2026; de conformidad con el itinerario de viaje propuesto, para los fines expuestos en los considerandos precedentes, cuyos gastos por los conceptos de pasajes aéreos, alimentación y traslados son cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Economía y Finanzas, y la Asociación Internacional de Presupuesto Público (ASIP) cubrirá los otros gastos en los que se incurra; y,
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; en la Ley N° 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, en la Resolución Ministerial N° 131-2024-EF/43, que aprueba la Directiva N° 002-2024-EF/43.06 ”Disposiciones y Procedimientos para la autorización de viajes en comisión de servicios al exterior del país del Ministerio de Economía y Finanzas”;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios, del señor Loli Jhover Chávez Cabrera, Director de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas, a la Ciudad del Este, República del Paraguay, del 16 al 19 de noviembre de 2026, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución Ministerial.
Artículo 2.- Los gastos por los conceptos de pasajes aéreos, alimentación y traslados que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución Ministerial son cubiertos con cargo al Presupuesto Institucional 2026 de la Unidad Ejecutora 001 - Administración General del Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo con el siguiente detalle:
Pasajes aéreos : US $ 2 006,23
Viáticos (3 + 1) : US $ 888,00
Artículo 3.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, el comisionado autorizado en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, debe presentar al Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas, los resultados obtenidos y la rendición de cuentas.
Artículo 4.- La presente Resolución Ministerial no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del comisionado cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ELMER CUBA BUSTINZA
Ministro de Economía y Finanzas
2567541-1