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Fecha de publicación: 22/10/2026
Designan miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, en representación del Ministerio de Economía y Finanzas

Autorizan viaje de personal de la Marina de Guerra del Perú a la República de Corea, en comisión de servicios

Resolución Ministerial

Nº 01290-2026-DE

Lima, 20 de octubre del 2026

VISTOS:

El Oficio Nº 8632/51 de la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú; el Oficio Nº 02509-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN de la Dirección General de Relaciones Internacionales; y el Informe Legal Nº 01961-2026-MINDEF/SG-OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CONSIDERANDO:

Que, mediante el documento PROG/134, la Organización Marítima Internacional (OMI), hace de conocimiento a los miembros de la organización el Programa de Reuniones para el 2026, entre los cuales se encuentra el “Evento Paralelo del Día Marítimo Mundial”, a realizarse en la República de Corea, del 26 al 27 de octubre de 2026;

Que, con Oficio Nº 8632/51, complementado con el correo institucional del 14 de octubre de 2026, la Secretaría de la Comandancia General de la Marina de Guerra del Perú solicita al Ministerio de Defensa autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Contralmirante CESAR AUGUSTO MAURICIO JARAMILLO, identificado con CIP Nº 01816810 y DNI Nº 43442052, como titular, y del Contralmirante SGC. HARRY RAUL CHIARELLA HORNA, identificado con CIP Nº 01801855 y DNI Nº 43501023, como suplente, para participar en el “Evento Paralelo del Día Marítimo Mundial”, a realizarse en la ciudad de Busan, República de Corea, del 26 al 27 de octubre de 2026; así como autorizar su salida del país el 23 de octubre y su retorno el 29 de octubre de 2026, sin que estos días adicionales generen gasto alguno al Tesoro Público;

Que, a través de los citados documentos, la institución armada remite, entre otros, el Informe Técnico Nº 081-2026/ASUNIT; el documento de Gastos y Declaración de que ningún organismo internacional cubre los costos del viaje Nº 223-2026; así como las Certificaciones de Crédito Presupuestario Nº 0000006718 y Nº 0000007108 que garantizan el financiamiento correspondiente;

Que, mediante el Informe Técnico Nº 081-2026/ASUNIT, la institución armada señala que resulta conveniente para los intereses institucionales la participación del personal en la citada actividad, por cuanto permitirá fortalecer las relaciones bilaterales con la comunidad marítima internacional, así como adquirir conocimientos estratégicos aplicables a la seguridad y desarrollo marítimo nacional; asimismo, destaca que el evento se ha consolidado como una de las plataformas más importantes para el intercambio de conocimientos, la formulación de soluciones innovadoras y la garantía de que la comunidad internacional, en su conjunto, avance en la creación de un entorno marítimo más seguro, eficiente y sostenible;

Que, conforme al documento de Gastos y Declaración de que ningún organismo internacional cubre los costos del viaje Nº 223-2026, la institución armada señala que asumirá los gastos por pasajes aéreos (ida y vuelta) y viáticos por dos (2) días, con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2026 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto Supremo que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, concordante con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado con el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG;

Que, a través del Oficio Nº 02509-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN e Informe Técnico Nº 658-2026-MINDEF/VPD-DIGRIN-HMC, la Dirección General de Relaciones Internacionales emite opinión favorable para la autorización del citado viaje al exterior;

Que, mediante el Informe Legal Nº 01961-2026-MINDEF/SG-OGAJ, la Oficina General de Asesoría Jurídica señala que resulta legalmente viable emitir la resolución ministerial que autorice el presente viaje al exterior, en comisión de servicio, por encontrarse conforme al marco normativo sobre la materia;

Con el visado del Despacho Viceministerial de Políticas para la Defensa, de la Dirección General de Relaciones Internacionales y de la Oficina General de Asesoría Jurídica;

De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 32513, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2026; la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y, el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicio, del Contralmirante CESAR AUGUSTO MAURICIO JARAMILLO, como titular, y del Contralmirante SGC. HARRY RAUL CHIARELLA HORNA, como suplente, para participar en el “Evento Paralelo del Día Marítimo Mundial”, a realizarse en la ciudad de Busan, República de Corea, del 26 al 27 de octubre de 2026; así como autorizar su salida del país el 23 de octubre y su retorno el 29 de octubre de 2026.

Artículo 2.- La participación del personal suplente queda supeditada a la imposibilidad de participación del personal titular.

Artículo 3.- La Marina de Guerra del Perú efectúa los pagos que correspondan con cargo a su Presupuesto Institucional del año fiscal 2026, de acuerdo a los siguientes conceptos:

Pasajes aéreos (ida y vuelta): Lima - Busan (República de Corea) – Lima

Clase económica

US$ 6,791.31 x 1 persona US$ 6,791.31

Viáticos

US$ 500.00 x 1 persona x 2 día US$ 1,000.00

Total a pagar en dólares americanos: US$ 7,791.31

Artículo 4.- El Comandante General de la Marina de Guerra del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución, sin exceder el total de días autorizados, sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje ni el nombre del personal autorizado.

Artículo 5.- El personal autorizado en el artículo 1 de la presente resolución debe cumplir con presentar un informe detallado al titular de su entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos, dentro de los quince (15) días calendario, contados a partir de la fecha de retorno al país.

Artículo 6.- La presente autorización no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del personal cuyo viaje se autoriza.

Artículo 7.- Disponer la publicación de la presente resolución en la sede digital del Ministerio de Defensa (www.gob.pe/mindef), el mismo día de su publicación en el Diario Oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

RAFAEL JORGE BELAUNDE LLOSA

Ministro de Defensa

2567160-1