Aceptan renuncia de fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro
Resolución de la Fiscalía de la Nación
Nº 3298-2026-MP-FN
Lima, 21 de octubre de 2026
VISTOS:
El oficio Nº 003562-2026-MP-FN-CN-FEMA, de fecha 5 de octubre de 2026, e informe Nº 0153-2026-MP-FN-OREF-EJVP, de fecha 19 de octubre de 2026, y;
CONSIDERANDO:
Mediante el oficio de vistos, cursado por la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, se remite y expresa conformidad a la carta presentada en fecha 2 de octubre de 2026, suscrita por la abogada Lisseth Lorena Sevillano Valer, fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designada en la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, quien presenta su renuncia al cargo por motivos estrictamente personales.
En su carta de renuncia, la citada abogada solicita la exoneración del plazo de anticipación previsto en la ley, para que su renuncia se haga efectiva a partir del 7 de octubre de 2026, ante lo cual su jefe inmediato otorga su visto bueno, por lo que cumple con los lineamientos establecidos en el oficio circular Nº 001-2022-MP-FN-PJFS, de fecha 20 de abril de 2022.
Por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3671-2025-MP-FN, de fecha 4 de diciembre de 2025, se resolvió nombrar a la abogada Lisseth Lorena Sevillano Valer, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designándola en la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental.
El numeral 3 del artículo 106 de la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera Fiscal, prevé que el cargo de fiscal termina, entre otros, por motivo de renuncia desde que es aceptada. El artículo 183 del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público, aprobado por el Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, establece que “el término de la carrera administrativa se expresa por resolución del titular de la Entidad o de quien esté facultado para ello, con clara mención de la causal que se invoca y los documentos que acrediten la misma” (aplicación supletoria al régimen especial de carrera de los señores fiscales).
El numeral 17.1 del artículo 17 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado por el Decreto Supremo Nº 006-2026-JUS, establece que “la autoridad podrá disponer en el mismo acto administrativo que tenga eficacia anticipada a su emisión, sólo si fuera más favorable a los administrados, y siempre que no lesione derechos fundamentales o intereses de buena fe legalmente protegidos a terceros y que existiera en la fecha a la que pretenda retrotraerse la eficacia del acto el supuesto de hecho justificativo para su adopción”.
En virtud de la facultad concedida al Fiscal de la Nación, conforme al marco normativo antes citado y en mérito a lo señalado en el informe Nº 0153-2026-MP-FN-OREF-EJVP, de fecha 19 de octubre de 2026, resulta necesario emitir el resolutivo que acepte la renuncia de la abogada Lisseth Lorena Sevillano Valer, con eficacia anticipada, a partir del 7 de octubre de 2026.
De conformidad con lo establecido en el artículo 65 de la Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por el Decreto Legislativo Nº 052, y modificada por el artículo único de la Ley Nº 31718;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por la abogada Lisseth Lorena Sevillano Valer, como fiscal adjunta provincial provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, y a su designación en la Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, materia de la Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 3671-2025-MP-FN, de fecha 4 de diciembre de 2025; con eficacia anticipada, a partir del 7 de octubre de 2026.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento a la abogada Lisseth Lorena Sevillano Valer que debe efectuar la entrega de cargo, conforme a lo dispuesto en la Directiva General Nº 007-2002-MP-FN “Normas para la Entrega de Cargo”, aprobada por Resolución de la Fiscalía de la Nación Nº 972-2002-MP-FN, de fecha 13 de junio de 2002.
Artículo Tercero.- Disponer la notificación de la presente resolución a la Junta Nacional de Justicia, Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Lima Centro, Coordinación Nacional de las Fiscalías Especializadas en Materia Ambiental, Gerencia General, Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales, Oficina General de Potencial Humano, Oficina de Integridad Institucional, Oficina de Imagen Institucional, Oficina de Control de la Productividad Fiscal, Registro Nacional de Detenidos y Sentenciados a Pena Privativa de Libertad Efectiva y a la abogada mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
TOMÁS ALADINO GÁLVEZ VILLEGAS
Fiscal de la Nación
2567026-6