Convocan a ciudadanas para que asuman, provisionalmente, los cargos de alcaldesa y regidora de la Municipalidad Distrital de Ponto
RESOLUCIóN N° 3835-2026-JNE
Expediente N° JNE.2026251379
PONTO - HUARI - ÁNCASH
LICENCIA DE AUTORIDAD
CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO
Lima, 14 de setiembre de 2026
VISTO: el Oficio N° 014-2026-ARMS-SG/MDP, presentado el 5 de agosto de 2026 por la Municipalidad Distrital de Ponto, provincia de Huari, departamento de Áncash (en adelante, entidad recurrente), por medio del cual comunicó la licencia concedida a don Percy Villanera Figueroa, alcalde de la referida comuna (en adelante, señor alcalde), con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2026 (ERM 2026).
ANTECEDENTE
1.1. A través del oficio citado en el visto, la entidad recurrente informó de la licencia sin goce de haber concedida al señor alcalde con motivo de su participación como candidato en las ERM 2026, a fin de que se convoque a su respectivo reemplazo. Para tal efecto, adjuntó el Acuerdo de Concejo N° 042-2026-MDP, del 18 de junio de 2026, así como la solicitud de licencia presentada el 27 de mayo de 2026 por el señor alcalde ante la entidad recurrente.
CONSIDERANDOS
PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN)
En la Constitución Política del Perú
1.1. El numeral 17 del artículo 2 establece, entre otros, que todo ciudadano tiene pleno derecho de participar en la vida política de la Nación.
En la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante, LOM)
1.2. El artículo 24 determina que, en caso de ausencia del alcalde, lo reemplaza el teniente alcalde, que es el primer regidor hábil que sigue en su propia lista electoral, y a los regidores los reemplazan los suplentes, respetando la precedencia establecida en su propia lista electoral.
En el Decreto Supremo N° 001-2026-PCM1
1.3. Se convoca a las ERM 2026 para el domingo 4 de octubre de 2026, con la finalidad de elegir a gobernadores, vicegobernadores y consejeros del consejo regional de los gobiernos regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a los alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales a nivel nacional.
En la Resolución N° 00746-2025-JNE2
1.4. El Pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) precisó, entre otros, el plazo para que los trabajadores y funcionarios de los poderes públicos, organismos, empresas del Estado y municipalidades soliciten su licencia sin goce de haber con el propósito de participar en las ERM 2026.
El acápite 6.1. del numeral 6 de la parte resolutiva dispone:
[…]
6.1. Las solicitudes de licencia sin goce de haber tiene que ser presentadas por escrito, ante la entidad pública correspondiente, hasta el 16 de junio de 2026. Es necesario que la solicitud mencione expresamente que la licencia sin goce de haber debe ser concedida a partir del 4 de septiembre de 2026 (30 días calendario antes de las elecciones).
[…]
En el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales del JNE3 (en adelante, Reglamento)
1.5. El artículo 14, sobre la notificación de los pronunciamientos, regula lo siguiente:
Artículo 14.- Sujetos obligados al uso de la casilla electrónica
Todas las partes de los procesos jurisdiccionales -electorales y no electorales- son notificadas con los pronunciamientos o actuaciones jurisdiccionales emitidos por el JNE y el JEE, según corresponda, únicamente a través de sus respectivas casillas electrónicas.
En caso de que la casilla electrónica de los sujetos antes mencionados se encuentre inhabilitada o desactivada, se entenderán por notificados con el pronunciamiento o actuación jurisdiccional a través de su publicación en el portal institucional del JNE, surtiendo efectos legales a partir del día hábil o calendario siguiente de su publicación […]
SEGUNDO. ANÁLISIS DEL CASO CONCRETO
2.1. De la revisión de los actuados, se verifica que, a través del Acuerdo de Concejo N° 042-2026-MDP, del 18 de junio de 2026, el Concejo Distrital de Ponto concedió la licencia al señor alcalde por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, de acuerdo con lo establecido en la Resolución N° 00746-2025-JNE (ver SN 1.4.).
2.2. En ese sentido, dado que la solicitud de licencia sin goce de haber cuenta con la aprobación del Concejo Distrital de Ponto y conforme a lo establecido en la LOM y en la Resolución N° 00746-2025-JNE (ver SN 1.2. y 1.4.), corresponde convocar a doña Judith Solís Saravia, identificada con DNI N° 46403793, primera regidora de su propia lista electoral, para que asuma, temporalmente, el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Ponto.
2.3. Así también, con la finalidad de completar el número legal de regidores, corresponde convocar a doña Maruja Yesenia Morales Sánchez, identificada con DNI N° 72442840, candidata no proclamada de la organización política Movimiento Regional El Maicito, para que asuma, temporalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Ponto.
2.4. Dichas convocatorias se realizan conforme al Acta de Proclamación de Resultados de Cómputo y de Autoridades Municipales Distritales Electas, del 25 de octubre de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Huari, con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2022.
2.5. Cabe precisar que no corresponde convocar a don Lucas Leónidas Aguirre Bueno, candidato no proclamado de la organización política Movimiento Regional El Maicito, debido a que, de la consulta efectuada en la Plataforma Electoral del JNE (en el detalle del Expediente N° ERM.2026011858), se advierte que dicho ciudadano participa como candidato en las ERM 2026.
2.6. Asimismo, de la consulta efectuada en la Plataforma Electoral del JNE, no se registra que doña Judith Solís Saravia, identificada con DNI N° 46403793 o doña Maruja Yesenia Morales Sánchez, identificada con DNI N° 72442840, participen como candidatos en las ERM 2026.
2.7. Del mismo modo, de la consulta de las fichas en línea del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) se verifica que, a la fecha de calificación del presente expediente, no se registra el fallecimiento ni se cuestiona la identidad de ninguna de las referidas ciudadanas.
2.8. La notificación del presente pronunciamiento debe diligenciarse según lo dispuesto en el artículo 14 del Reglamento (ver SN 1.5.).
Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones,
RESUELVE
1. DEJAR SIN EFECTO, de manera temporal, la credencial otorgada a don Percy Villanera Figueroa, alcalde de la Municipalidad Distrital de Ponto, provincia de Huari, departamento de Áncash, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, con motivo de su participación en las Elecciones Regionales y Municipales 2026.
2. CONVOCAR a doña Judith Solís Saravia, identificada con DNI N° 46403793, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcaldesa de la Municipalidad Distrital de Ponto, provincia de Huari, departamento de Áncash, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal.
3. CONVOCAR a doña Maruja Yesenia Morales Sánchez, identificada con DNI N° 72442840, para que asuma, provisionalmente, el cargo de regidora del Concejo Distrital de Ponto, provincia de Huari, departamento de Áncash, por el periodo comprendido desde el 4 de setiembre hasta el 4 de octubre de 2026, para lo cual se le otorgará la credencial que la faculte como tal.
4. PRECISAR que los pronunciamientos que emita el Jurado Nacional de Elecciones serán notificados conforme a lo dispuesto en el Reglamento de notificaciones de pronunciamientos y actuaciones jurisdiccionales, aprobado con la Resolución N° 0830-2025-JNE.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
SS.
BURNEO BERMEJO
MAISCH MOLINA
GONZALES BARRÓN
TORRES CORTEZ
OYARCE YUZZELLI
Clavijo Chipoco
Secretaria General
1 Publicado el 7 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.
2 Publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.
3 Aprobado por la Resolución N° 0830-2025-JNE, publicada el 4 de enero de 2026 en el diario oficial El Peruano.
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